Sociedades Laborales
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- Nicolás Quintana Castro
- hace 5 años
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1 Sociedades Laborales Son aquellas Sociedades Anónimas o Sociedades de Responsabilidad Limitada en las que la mayoría del capital pertenece a socios trabajadores, cuya relación laboral es por tiempo indefinido. CAPITAL MINIMO: Sociedades anónimas Laborales, el capital social mínimo será de ,21, desembolsado al menos un 25% en el momento de la constitución. Sociedad Limitadas Laborales, el capital social mínimo será de 3.005,06, desembolsado en el momento de la constitución. El capital social estará dividido en acciones nominativas o en participaciones sociales. Las acciones y participaciones de las sociedades laborales se dividen en: Clase Laboral: las que son propiedad de los trabajadores, cuya relación laboral es por tiempo indefinido. Clase General: las restantes. DENOMINACION: Deberá figurar la indicación`` Sociedad Anónima Laboral o ``Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral o sus abreviaturas S.A.L o S.R.L.L. Ningún socio podrá poseer acciones o participaciones sociales que representen mas de la tercera parte del capital social. En la Sociedad Laboral existen tres tipos de miembros: SOCIOS TRABAJADORES SOCIOS NO TRABAJADORES TRABAJADORES ASALARIADOS Trabajan en la empresa por tiempo indefinido y a jornada completa. Son Son propietarios de acciones o participaciones, pero no tiene relación laboral con la Trabajan en la sociedad por tiempo indefinido, pero no son poseedores de acciones. propietarios de al menos el sociedad. El número de horas/año 51% del capital social. trabajas no podrá ser superior al 15% de las ejercidas por los socios trabajadores, excepto en las Sociedades Laborales de menos de 25 trabajadores, en las que el porcentaje máximo será del 25%. No se incluyen en este porcentaje los trabajadores de duración temporal.
2 Además de las reservas legales o estatutarias que procedan, las Sociedades Laborales están obligadas a constituir un Fondo Especial de Reserva, que se dotara con el 10% del beneficio líquido de cada ejercicio. Este fondo solo podrá destinarse a la compensación de pérdidas en el caso de que no existan otras reservas disponibles suficientes para este fin. NORMATIVA: Ley de Sociedades Laborales (Ley 4/1997, de 24 de Marzo).En lo no contemplado se regirá por la Ley de Sociedades de Capitales, respecto a las sociedades limitadas o sociedades anónimas, según se trate de una u otra. OTORGAMIENTO DE CALIFICACION ``SOCIEDAD LABORAL Previo a la inscripción en el Registro Mercantil habrá que inscribirse en el Registro de cooperativas y Sociedades Laborales de la Dirección Gral. De Trabajo de la Comunidad correspondiente. REGISTRO DE COOPERATIVAS y SOCIEDADES LABORALES DE MADRID CONSEJERíA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIóN Dirección General de Trabajo - Sº de Registro de Entidades de Economía Social C/ Princesa, 5-2º planta Madrid REGISTRO NACIONAL DE COOPERATIVAS C/ Pio Baroja Madrid Teléfono Fax Y después de este trámite se inscribirá en el Registro Mercantil: REGISTRO MERCANTIL CENTRAL Príncipe de Vergara 94 - Madrid - C.P Teléfono La Sociedad Anónima debe presentarse a inscripción en el plazo de 1 mes desde el otorgamiento de la escritura de constitución por el notario. La Sociedad Limitada en el plazo de 2 meses. PERDIDA DE CALIFICACION El número de horas/año trabajadas no socios excede del 15% de las trabajadas por los socios trabajadores ( del 25% si son menos de 25 socios) Algún socio excede su participación en más de la tercera parte del capital social. Falta de dotación insuficiente o aplicación indebida del Fondo Especial de Reserva.
3 ORGANOS DE ADMINISTRACION Si la sociedad estuviera administrada por un Consejo de Administración, el nombramiento de los miembros del mismo se efectuara por el sistema proporcional (art.243 de la Ley de Sociedades de Capital). Si no existen más que acciones o participaciones de clase laboral, los miembros del Consejo de Administración podrán ser nombrados por el sistema de mayorías. TRANSMISION DE ACCIONES Y PARTICIPACIONES La transmisión ``inter vivos de acciones o participaciones, de la ``clase laboral a persona que no sea trabajador de la sociedad por tiempo indefinido está sujeta a un especial y minucioso régimen de tanteo o adquisición preferente, siguiendo unos requisitos y límites establecidos en la LSC, que pretende el aumento del número de socios trabajadores en beneficio de los trabajadores no socios. El derecho de adquisición preferente se ejercita en el siguiente orden: 1. Trabajadores no socios con contrato indefinido 2. Trabajadores socios. 3. Titulares de acciones o participaciones de la ``clase general y en su caso resto de trabajadores sin contrato por tiempo indefinido. 4. La propia sociedad. Una vez transcurridos 6 meses a contar desde la comunicación del propósito de transmisión por el socio sin que nadie hubiera ejercitado sus derechos de adquisición preferente, quedara libre aquel para transmitir las acciones o participaciones de su titularidad. Si el socio no procediera a la transmisión de las mismas en el plazo de 4 meses, deberá iniciar de nuevo los trámites que se han expuesto anteriormente. EL mismo procedimiento se seguirá para la transmisión de acciones o participaciones ``inter vivos de la clase general a quien no ostente la condición de socio trabajador, salvo que la notificación del órgano de administración comenzara por los socios trabajadores. La transmisión ``mortis causa estará sujeta a las siguientes normas: El heredero o legatario del fallecido adquiere la condición de socio. Puede establecerse, no obstante, en los Estatutos sociales un derecho de adquisición preferente sobre las acciones o participaciones de la ``Clase Laboral por el procedimiento previsto para las transmisiones ``inter vivos. No podrá ejercitarse el derecho estatutario de adquisición preferente si el heredero o legatario fuera trabajador de la sociedad con contrato por tiempo indefinido.
4 BENEFICIOS FISCALES La sociedad laboral tributa a través del Impuesto de Sociedades ( IS) con el mismo tipo que la sociedad anónima o que la sociedad de responsabilidad limitada, no pudiendo acogerse al Régimen Simplificado ni al de Recargo de Equivalencia del Impuesto sobre el Valor Añadido. En su constitución y aumento de capital, la sociedad laboral se encuentra exenta del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Asimismo, se aplicará una bonificación del 99 por ciento de las cuotas que se devenguen por modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas,(por la adquisición, por cualquier medio admitido en derecho, de bienes y derechos provenientes de la empresa de la que procedan la mayoría de los socios trabajadores de la sociedad laboral). También se aplicará esta bonificación en la cuota que se devengue por la modalidad gradual de actos jurídicos documentados, por la escritura que documente la transformación bien de otra sociedad en sociedad anónima laboral o sociedad limitada laboral, o entre éstas. Para la obtención de los beneficios fiscales anteriores, la sociedad deberá tener la calificación de "sociedad laboral", destinar al fondo especial de reserva, en el ejercicio en el que se produzca el hecho imponible, el 25 por 100 de los beneficios líquidos y presentar la correspondiente solicitud en el Ministerio de Economía y Hacienda. Las sociedades laborales podrán amortizar libremente los elementos del inmovilizado material e inmaterial afectos a la realización de sus actividades, adquiridos durante los cinco primeros años a partir de su calificación como tales.
5 TRAMITES DE CONSTUTICION DE UNA SOCIEDAD LABORAL (ANONIMA O LIMITADA) TRAMITE UTILIDAD DONDE DOCUMENTACION Y PLAZO Certificado negativo de Denominación Depósito Bancario Del 25% del capital social. Redacción de estatutos Obtención del NIF provisional Solicitud y obtención de un nombre. Es recomendable comprobar con carácter previo a cumplimentar la solicitud que la denominación solicitada no figurase registrada a través de la solicitud de nota simple informativa. Desembolso del capital social exigido. No es necesario en aportaciones no dineradas. Los estatutos regularan el funcionamiento de la sociedad.(1*) Obtención del número de identificación fiscal (NIF) Nota :si se solicita el NIF provisional con carácter previo al depósito bancario y notario se deberá cumplimentar un ``Acuerdo de Voluntades REGISTRO MERCANTIL CENTRAL C/ PRÍNCIPE DE VERGARA, 94 MADRID Entidad Bancaria elegida por los promotores. Notario elegido por los promotores. Cabe acudir previamente a un abogado que redacte los Estatutos de la sociedad. DELEGACION DE HACIENDA Fuenlabrada Cód. Admón.: C/ Luis Sauquillo, Fuenlabrada Tel: Fax: Nota simple -Certificación negativa -La reserva de denominación tiene una vigencia de 15 meses, pero si transcurre el plazo de 2 meses habrá que solicitarse la renovación de la certificación. La certificación bancaria del depósito caduca a los 2 meses. - Certificación negativa de la denominación. -Estatutos. -Certificado bancario de ingreso (solo en caso de aportaciones dinerarias). -Modelo 036 (firmado por todos socios). Fotocopia del DNI del administrador o apoderado y de todos los socios. -Escritura de constitución de la sociedad y fotocopia. -Si con carácter previo se ha solicitado el NIF se debe aportar el ``Acuerdo de Voluntades, fotocopias del DNI, original y copia del CNN. Liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos documentados. Autoliquidación del ITP y ADJ modalidad Operaciones Societarias que grava la constitución de la empresa DIRECCIÓN GRAL. DE TRIBUTOS. CONSEJERÍA DE HACIENDA DE LA COMUNIDAD DE MADRID C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 30 -Modelo 600 Liquidación del Impuesto: 1% del capital social. -Copia simple de la escritura de constitución. -Primera copia de la misma. Esta se devuelve tras la autoliquidación con el sello que acredita el pago del impuesto. -NIF provisional y copia. PLAZO 30 DIAS HABILES DESDE LA FECHA DE ESCRITURA.
6 TRAMITE UTILIDAD DONDE DOCUMENTACION Y PLAZO Inscripción de la Seguridad Social en el Registro Mercantil. Con la inscripción la sociedad adquiere personalidad jurídica Registro Mercantil Príncipe de Vergara Madrid Teléfonos Primera copia de la escritura de constitución. -Modelo 600 ya autoliquidado. -NIF provisional. PLAZO 2 MESES DESDE EL OTORGAMIENTO DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CONSTITUCION. Declaración censal de inicio de actividad Declaración censal de comienzo de actividad o actividades. Delegación de Hacienda Fuenlabrada Cód. Admón.: C/ Luis Sauquillo, Fuenlabrada Tel: Fax: Modelo 036 ( firmado por el administrador) -NIF de la empresa -DNI del administrador o apoderado habilitado para realizar este trámite. -Original y fotocopia de la escritura de constitución. PLAZO ANTES DE INICIO DE ACTIVIDAD. Alta en el régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social. Inscripción de la empresa en la Seguridad Social. Dependiendo de su participación en el capital social, los administradores de la sociedad y los socios trabajadores deberán darse de alta en este régimen. Solo estará obligado a realizar este trámite la empresa que vaya a realizar contrataciones laborales. Empresarial TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL C/ Portugal, FUENLABRADA (MADRID ) Teléfono(s): Nº de Fax: empresarial. TESORERIA GEN. DE LA SEGURIDAD SOCIAL C/ Portugal, FUENLABRADA (MADRID). empresarial. -Modelo oficial de Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos TA521. -Tarjeta de la Seguridad Social. -Original y fotocopia de la declaración censal de inicio de actividad. -Original y fotocopia del DNI del solicitante. -Original y fotocopia de la escritura de constitución. PLAZO EN LOS 30 DIAS NATURALES SIGUIENTES AL INICIO DE ACTIVIDAD. Modelo oficial de Inscripción de la empresa en la Seguridad Social TA6.
7 TRAMITE UTILIDAD DONDE DOCUMENTACION Y PLAZO Alta de los trabajadores en el Régimen General de la Seguridad Social. Cuando se contrate a trabajadores, en el caso de que no estén afiliados a la Seguridad Social habrá que afiliarlos previamente. TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL C/ Portugal, FUENLABRADA (MADRID ) Teléfono(s): Nº de Fax: Modelos oficiales de Afiliación y Alta en el Régimen General de la Seguridad TA1 y/o TA2. Afiliación: fotocopia del DNI del trabajador. Alta: fotocopia del documento de afiliación del trabajador junto con su DNI. PLAZO CON ANTERIORIDAD AL INICIO DE LA PRESTACION DE SERVICIOS DEL TRABAJADOR. empresarial. Comunicación de apertura de centro de trabajo. El empresario tiene la obligación de comunicar la apertura del centro de trabajo cualquiera que sea la actividad que realice. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y S.S. C/ PRINCESA, 5 MADRID empresarial Modelo de comunicación de Apertura de Centro de Trabajo. PLAZO DENTRO DE LOS 30 DIAS SIGUIENTES AL INICIO DE ACTIVIDAD Y/O APERTURA DEL CENTRO DE TRABAJO. Licencias municipales y Trámites Autonómicos. Determinadas actividades empresariales o profesionales, requieren la obtención de las correspondientes licencias de apertura o actividad. Dependiendo de la licencia o autorización que se requiera. Ventanilla única empresarial. -Licencia de Actividad (apertura, cierre), en el Ayuntamiento del lugar donde se instale el negocio (en el caso de Madrid en la Junta municipal), Tramites autonómicos, en la Consejería que corresponda. -Otra documentación dependiendo de la licencia que se requiera y l actividad que se ejerza. Adquisición y sellado de libro de visitas. Libro que debe obrar en la empresa a los efectos de la Inspección de Trabajo. Se adquiere en librerías especializadas y se sella en la Inspección de Trabajo. INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y S.S. MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES C/ JOSÉ ABASCAL, 39 MADRID Libro de visitas
8 TRAMITE UTILIDAD DONDE DOCUMENTACION Y PLAZO Obtención del NIF definitivo Obtención de hojas de reclamaciones. Una vez inscrita la sociedad se procederá a la obtención del NIF definitivo. Cuando la actividad tenga como destinatario final a los consumidores con el fin de darles una protección jurídica administrativa en relación a sus derechos. Delegación de Hacienda Fuenlabrada Cód. Admón.: C/ Luis Sauquillo, Fuenlabrada Tel: Fax: Sea adquiere en los ayuntamientos donde radique la actividad, excepto en sectores con normativa propia. SI el municipio no dispone se solicitan en la Dirección General de Consumo. DIRECCION GENERAL DE CONSUMO C/ Ventura Rodríguez, 7, Madrid -Modelo036( firmado por todos los socios y el administrador) -Fotocopia del DNI del firmante del modelo Primera copia de la escritura de constitución inscrita en el registro mercantil. -NIF provisional -Fotocopia de la primera copia PLAZO ANTES DE LA CADUCIADAD DEL NIF EN CONSTITUCION. (6 MESES) Impreso 036 de Inicio de Actividad. 1*) Ejemplo de Estatutos para las Sociedades Laborales: Sociedad Limitada Laboral Sociedad Anónima Laboral
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