ANEXO V PROGRAMA DE PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y CONTROL DEL ABSENTISMO ESCOLAR EN EL MUNICIPIO DE BILBAO-PAE-
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- Victoria Figueroa Olivera
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1 ANEXO V PROGRAMA DE PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y CONTROL DEL ABSENTISMO ESCOLAR EN EL MUNICIPIO DE BILBAO-PAE-
2 ÍNDICE 1 PRESENTACION 2 DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS 3 OBJETIVOS GENERALES 4 POBLACIÓN DESTINATARIA 5 MODALIDADES Y TIPOS DE INTERVENCIÓN 6 GESTIÓN DEL PROGRAMA 7 FUNCIONES DE LOS PROFESIONALES DEL PROGRAMA. 8 INCORPORACIÓN DEL PAE AL SISTEMA MUNICIPAL DE PROTECCIÓN A LA INFANCIA. 1
3 1.-PRESENTACION El derecho a la educación y a la escolaridad normalizada de todos los niños y las niñas en las etapas obligatorias de la enseñanza es un factor esencial de progreso y desarrollo de la ciudadanía y de la sociedad en general. El absentismo escolar genera graves consecuencias en los y las menores: la persistencia de la conducta absentista da lugar a un retraso académico que conduce en la mayoría de los casos al fracaso escolar y al abandono prematuro del sistema educativo, sin haber adquirido la formación necesaria para su incorporación a la vida laboral; además, privar a los/as menores de su derecho a la educación supone condicionar su desarrollo evolutivo y personal y su capacidad de adaptación social, con riesgo de exclusión social y marginación. El fenómeno del absentismo escolar se presenta especialmente grave en aquel alumnado que procede de grupos sociales en situación socioeconómica desfavorecida, siendo el absentismo escolar la punta del iceberg de una situación familiar y social problemática y colocando a el/la menor en una clara situación de vulnerabilidad y desprotección. En este contexto, se hace necesario un recurso socioeducativo para, incidiendo en las múltiples causas que provocan el absentismo escolar (causas centradas en el entorno, en la escuela, en la familia, en el menor, etc.), tratar de minimizar las consecuencias negativas que conlleva tanto individuales como sociales. Se trata de establecer un recurso y un modelo de intervención ante el fenómeno del absentismo escolar, con el objetivo de concienciar tanto a las familias como a los propios escolares de la importancia del cumplimiento del deber de la escolaridad obligatoria para proteger, en última instancia, el derecho básico a la educación de todos los menores de 6 a 16 años. En nuestro sistema de protección el absentismo escolar está tipificado como un indicador de una posible negligencia de los padres, madres y tutores hacia las necesidades formativas de sus hijos e hijas, pudiendo colocar al menor en una situación de riesgo y/o desprotección. 2.-DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS El Programa de prevención, detección y control del Absentismo Escolar (PAE), constituye un recurso humano y técnico de los Servicios Sociales de Base del Ayuntamiento de Bilbao para el desarrollo de las competencias municipales en materia de protección infantil. CARACTERÍSTICAS LA PREVENCIÓN. El PAE tiene un carácter fundamentalmente preventivo. Desde esta concepción se incorporan a la intervención municipal como dispositivos específicos para la detección precoz de la conducta absentista y la prevención de situaciones de desprotección o riesgo de exclusión social. LA INCIDENCIA DEL ENTORNO ESCOLAR: La intervención socioeducativa que se pretende desarrollar a través del PAE se concreta en dos ámbitos de intervención, el 2
4 entorno familiar y el escolar, siendo claves en la prevención y atención a las conductas absentistas. LA TERRITORIALIDAD. El PAE tiene un ámbito territorial específico de actuación que se adecua a la actual organización territorial de los Servicios Sociales Municipales. 3.-OBJETIVOS GENERALES Detectar de forma precoz y prevenir las situaciones de absentismo escolar que afectan a las personas menores y sus familias, y que pueden desencadenar en situaciones de exclusión social o en situaciones de desprotección. Atender de forma directa a la población infantil y juvenil con conductas absentistas, evitando el agravamiento de la situación y la aparición de otros factores de riesgo y/o desprotección infantil. Potenciar los recursos personales, familiares y ambientales, apoyando a las familias la resolución de aquellos déficits que dificultan el acceso y la permanencia en el entorno escolar. Desarrollar medidas educativas de apoyo, orientación y asesoramiento con los padres-madres y tutores para que éstos puedan desarrollar sus capacidades parentales, se impliquen en la educación y cuidado de los menores y garanticen su escolarización. Prevenir y paliar el déficit social que afectan especialmente a los menores y sus familias con conductas absentistas, trabajando en colaboración con los servicios y los agentes sociales de cada entorno comunitario y en especial con el entorno escolar. Estimular la conducta de las familias que provienen de medios sociales desfavorecidos para la escolarización de las y los menores de tres a seis años. 4.-POBLACIÓN DESTINATARIA La población destinataria del Programa de prevención, detección y control del Absentismo Escolar, es cualquier alumno/a que presente una conducta absentista, que tenga entre 3 y 16 años, que esté cursando o debiera estar cursando estudios en la etapas de infantil, primaria o secundaria obligatoria y que resida en el municipio de Bilbao. El programa se prestará desde los Servicios Sociales de Base y en estrecha coordinación y colaboración con todos los centros escolares que pertenecen a ese ámbito territorial. El Área de Acción Social podrá modificar o añadir otros perfiles de población destinataria en función de necesidades detectadas. El PAE, en el marco de las competencias municipales y de los objetivos previstos por el Área de Acción Social, podrá desarrollar actividades y proyectos específicos, especialmente diseñados, destinados a menores y sus familias que comparten perfiles similares en cuanto a sus conductas absentistas. 5.-MODALIDADES Y TIPOS DE INTERVENCIÓN 3
5 La intervención que se desarrollará a través del PAE podrá adoptar distintas modalidades y tipos conforme a los siguientes aspectos. A.-Los niveles de prevención. Dependiendo de las características de la población objeto de la intervención y de los objetivos que se pretendan, la intervención se ubicará en tres posibles niveles. Primer nivel o de Prevención Primaria. Se trata de actuaciones referidas a situaciones que afectan a la población en general, y que permiten anticiparse a la aparición de situaciones de riesgo-dificultades en los menores y sus familias (campañas de sensibilización sobre la importancia de la escolarización, campañas informativas sobre los derechos de los menores a la educación, servicios sociales de base y sus competencias con el absentismo escolar, programas ). Segundo nivel o de Prevención Secundaria. Se trata de actuaciones destinadas a menores y familias que presentan conductas absentistas que se identifican con situaciones de riesgo de desprotección/ vulnerabilidad, con el fin de llevar a cabo una detección temprana y una intervención precoz. Tercer nivel o de Prevención Terciaria. Se trata de actuaciones destinadas a menores y familias, que presentan una situación de desprotección, pero en las que no obstante se reúnen las condiciones necesarias para desarrollar una intervención socio-educativa con el menor o con la familia, desde los Servicios Sociales de base municipales. B.-Los Niveles de intervención. -Intervención Individual. Se trata de actuaciones destinadas a un único menor o a una única familia. Intervención Grupal. Se trata de actuaciones destinadas a un grupo de menores o a un grupo de familias que viven problemáticas similares y concurre alguna de las siguientes circunstancias: Cuando se está desarrollando una intervención individual con el menor o con la familia pero el trabajo en grupo aporta un refuerzo importante. Cuando no es viable una intervención individual con el menor o con la familia por diversas circunstancias. Cuando se trata de menores y/o familias cuya problemática sea paliable o resoluble desde una intervención grupal, esto es, sin la intensidad de una intervención individual. 6.-GESTIÓN DEL PROGRAMA. La gestión y desarrollo del PAE se llevará a cabo a través del conjunto de profesionales con distintos perfiles, con experiencia en el trabajo de intervención en situaciones de absentismo escolar. Cada uno de estos profesionales atenderá a las necesidades de la 4
6 población residente en su territorio y respondiendo a los objetivos específicos que el Área de Acción Social determine conforme a sus prioridades y a la planificación anual. El Área de Acción Social desarrollará los procedimientos e instrucciones de la intervención municipal así como las funciones, tareas y responsabilidades que corresponden a los equipos de profesionales implicados (SSB-PISECO-PIP-PAE) y los mecanismos o instrucciones internas a través de los cuales estos equipos establecerán contacto para trabajar de forma coordinada. Los profesionales adscritos al PAE actuarán a instancia de los Servicios Sociales de Base Municipales y en estrecha coordinación con éstos, a fin de garantizar una intervención municipal eficaz y coherente. Los Servicios Sociales de Base serán los responsables, en última instancia, de las situaciones de riesgo y/o desprotección que afecten a menores residentes en sus respectivas zonas y sobre las que proceda una intervención municipal, sea cual sea la naturaleza y el alcance de dicha intervención. La información obtenida en la gestión directa del PAE por los profesionales en el ejercicio de sus funciones, tendrá carácter confidencial y será de propiedad municipal. La Entidad adjudicataria asumirán responsabilidades por el uso no autorizado de dicha información, esto es, sin la autorización expresa de los Servicios Sociales municipales. El Área de Acción Social podrá requerir a las entidades adjudicatarias en la forma y momentos que estime conveniente, cuantas informaciones precise respecto al desarrollo de los Programas: memorias, proyectos educativos, informes relativos a menores y familias, actividades, etc. Las intervenciones desarrolladas con menores y familias que se deriven de la gestión del Programa de prevención, detección y control del Absentismo Escolar, tendrán carácter municipal, por tanto corresponderá exclusivamente a los Servicios Sociales municipalesla supervisión de casos, proyectos y programas haciendo para ello uso de los mecanismos y servicios que estime oportunos. 7.-FUNCIONES DE LOS PROFESIONALES DEL PROGRAMA. Los profesionales del PAE, serán los responsables de la elaboración, implementación y evaluación de proyectos educativos individuales, grupales y comunitarios sobre las conductas absentistas detectadas en el municipio de Bilbao, siendo la Coordinadora del Servicio Social de Base la referente técnica para los profesionales del PAE. En la gestión del programa de prevención, detección y control de absentismo escolar, los profesionales desarrollarán las siguientes funciones. Proponer, elaborar e implementar programas específicos de prevención primaria, secundaria y terciaria para la atención de las necesidades y problemáticas específicas relacionadas con el abordaje de conductas absentistas, de los menores y familias de su ámbito territorial. Colaboración y/o apoyo técnico a los Servicios Sociales de Base, en los procesos de diagnóstico y pronóstico de situaciones de riesgo y/o desprotección y en la elaboración de planes atención personalizados, a 5
7 petición de la trabajadora social responsable de caso, en los casos en los que existan conductas absentistas. Diseño, desarrollo y evaluación de proyectos educativos individuales, grupales y comunitarios, para abordar las situaciones de menores y familias con conductas absentistas. Intervención coordinada con los recursos educativos y comunitarios de su sector para la detección precoz y la atención de conductas absentistas. Las entidades adjudicatarias deberán utilizar, en todo caso, para la introducción, gestión y explotación de datos relativos a los programas/servicio contratado, la aplicación informática que al efecto tiene implantada el Área de Acción Social. Los datos deberán estar permanentemente actualizados y a disposición del Área de Acción Social. Elaboración de memorias anuales justificativas de la actividad. 8.-INCORPORACIÓN DEL PAE AL SISTEMA MUNICIPAL DE PROTECCIÓN A LA INFANCIA. El PAE se incorporará al sistema municipal de protección a la Infancia como dispositivos de los Servicios Sociales de Base para abordar las situaciones/conductas de absentismo escolar. Esta incorporación se hará efectiva: En lo profesional, con la inclusión de mediadores/as como figuras profesionales de apoyo y de refuerzo de los Servicios Sociales de Base. En lo metodológico, con la gestión directa de proyectos socioeducativos de abordaje para el abordaje individual de casos absentismo escolar y con la colaboración en las distintas fases del proceso municipal de intervención. Los Servicios Sociales de Base adscritos al Área de Acción Social, como servicios de atención primaria, se constituyen en el eje en torno al cual se articula la intervención para el desarrollo de las competencias municipales en materia de protección a la Infancia, incluyendo las conductas absentistas. Serán por tanto los Servicios Sociales de Base, los centros receptores de la demanda, de la apertura y cierre de casos, centralizando todas las actuaciones que se deriven de la intervención en las distintas fases del proceso. Los Servicios Sociales de Base serán, así mismo, responsables de las situaciones de riesgo y/o desprotección de su ámbito territorial y los referentes directos de dichas situaciones ante otros servicios y administraciones y especialmente ante los Servicios Sociales Especializados, cuando se haga necesaria la derivación o la intervención coordinada entre ambos servicios. El proceso municipal de intervención con menores y familias se basa en la complementariedad de los programas y equipos municipales, en el trabajo en equipo. Los Equipos de trabajo, estarán conformados por el/la Trabajador/a Social responsable del caso, el/la Educador del Programa de intervención socioeducativo comunitario (PISECO), 6
8 el/la Psicólogo/a del Programa de intervención psicosocial (PIP) y del profesional del Programa de Absentismo Escolar (PAE). El punto de partida del proceso de intervención será la recepción de la demanda en el Servicio Social de Base y la asignación del/la Trabajador/a Social responsable de caso. Por una cuestión de reparto de cargas de trabajo, y por la eficacia/eficiencia en la gestión municipal de intervención con menores y familias, la trabajadora social podrá delegar y encomendar a los dispositivos colaboradores, aquellas tareas concretas de la intervención municipal en las que su figura no es indispensable como: Recogida de la información / investigación sobre el caso. Intervención inmediata con pautas predefinidas de intervención, en aquellas situaciones en las que, previa valoración profesional de la trabajadora social, así lo estime oportuno. Diseño de proyectos educativos/ Intervención especifica socioeducativa/ seguimiento de los mismos. En ningún caso podrá delegar las siguientes funciones: Diagnostico de la situación del menor y su familia. Definición del plan de trabajo, objetivos a trabajar. Selección de los dispositivos intervinientes. Seguimiento de la evolución del caso. Cierre/derivación del mismo. Respuesta a requerimientos de información de otras instituciones competentes en materia de protección infantil. En los casos en los que el/la trabajador/a decida que debe convocar un equipo de trabajo, través de los mismos se crearán espacios de contraste multidisciplinares en los que se procederá al presentar las conclusiones diagnosticas del caso y al posterior diseño de la intervención propiamente dicho o Plan de Atención Personalizado, siendo la trabajadora que coordina el caso la responsable de las decisiones a tomar en el mismo, sobre todo en el diagnostico de la situación y propuestas de intervención del caso. En el Plan de Caso se recogerán las pautas iniciales a desarrollar por cada uno de los servicios (Servicio Social de Base, PISECO, PIP Y PAE) aunque dichas pautas podrán matizarse o modificarse conforme a la evolución del caso, y siempre bajo las directrices de la trabajadora social responsable del caso. 7
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