FASES DEL RECURSO. 0 Interposición 0 Admisión 0 Sustanciación 0 Decisión. 11/08/2016 M.Sc. Viviana Vega 2

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2 FASES DEL RECURSO 0 Interposición 0 Admisión 0 Sustanciación 0 Decisión. 11/08/2016 M.Sc. Viviana Vega 2

3 FASE DE INTERPOSICIÓN 11/08/2016 M.Sc. Viviana Vega 3

4 Qué aspectos debe tener en cuenta para interponer el recurso de casación? Explique brevemente cada uno de ellos 11/08/2016 M.Sc. Viviana Vega 4

5 1. RESOLUCIÓN Sentencias o autos definitivos de segunda instancia, no consentidos expresamente por las partes, que terminen los juicios ordinarios de mayor cuantía, juicio sumario civil o juicio sumario mercantil; (Art. 231 y 620 CPCYM; 1039 C.C.G.) aunque hayan sido objeto de aclaración o ampliación. 11/08/2016 M.Sc. Viviana Vega 5

6 2. PERJUICIO PARA EL RECURRENTE Solo puede interponerlo la parte a quien ha perjudicado la resolución. Debe haber un agravio o perjuicio para el recurrente. Sin embargo, en la norma que regula la legitimación y en ninguna otra que regula la casación civil se exige expresamente el agravio, como sí se hace en otros medios de impugnación como la apelación, la revocatoria o nulidad. 11/08/2016 M.Sc. Viviana Vega 6

7 3. LEGITIMACIÓN LOS DIRECTA Y PRINCIPALMENTE INTERESADOS: Entre ellos debe comprenderse tanto al demandante, al demandado como a quienes hayan sido llamados como terceros (emplazamiento de terceros, arts, 57, 553, 549 cpcym) o hayan intervenido como terceros en el proceso (tercerías, art. 56, 549 cpcym). El tercero excluyente ejercita una acción propia. 11/08/2016 M.Sc. Viviana Vega 7

8 HEREDEROS DE LA PARTE En caso de fallecimiento de la parte o del tercero, son sus herederos (si ya han sido declarados), el administrador de la mortual o el albacea, según el caso, quienes deben seguir el proceso y por tanto tienen legitimación activa para interponer el recurso. Art. 59 cpcym. 11/08/2016 M.Sc. Viviana Vega 8

9 TRANSMISIÓN DEL DERECHO CONTROVERTIVO, art. 60 cpcym 0 POR ACTO ENTRE VIVOS A TÍTULO PARTICULAR: El proceso sigue entre partes originarias. Se mantiene la personalidad en el proceso por la perpetuatio legitimationis, por lo que es a ellas a quienes asiste el derecho de interponer el recurso. 0 No obstante el sucesor a título particular o adquirente, puede intervenir o ser llamado como parte y el enajenante puede salir, si las demás partes lo consienten. 11/08/2016 M.Sc. Viviana Vega 9

10 LITISCONSORCIOS En caso de relaciones indivisibles u obligaciones solidarias, el recurso interpuesto por un litisconsorte perjudica o aprovecha a los demás. 11/08/2016 M.Sc. Viviana Vega 10

11 4. PLAZO El plazo es de quince días, contados desde la última notificación de la resolución respectiva. Comentario, la Ley del Organismo Judicial ya no hace diferencia entre términos o plazos dada la confusión que se producía, dicha ley opta por el de PLAZO y así debe interpretarse el artículo 626 cpcym. Resolución respectiva se entiende el auto o la sentencia de segunda instancia si no fueron objeto de aclaración o ampliación; en cuyo caso el plazo para interponer la casación se computa a partir de la última notificación del auto que rechace de plano la aclaración o ampliación o que los resuelva. Art. 597 cpcym. 11/08/2016 M.Sc. Viviana Vega 11

12 5. COMPETENCIA El tribunal competente para conocer la casación es la Corte Suprema de Justicia, por medio de la Cámara Civil. Art. 619 cpcym. La norma da la opción de que el escrito de interposición pueda entregarse al tribunal que dictó la resolución o a la Corte Suprema, como el caso de que ese tribunal sea una Sala de algún departamento. No es lo mismo la entrega del escrito, que tribunal al que se dirige el memorial; este debe ser dirigido a la Corte Suprema de Justicia, Cámara Civil aunque se entregue al tribunal que dictó la resolución. 11/08/2016 M.Sc. Viviana Vega 12

13 6. ALEGACIÓN CONJUNTA DE MOTIVOS Previo a elaborar el escrito del recurso, se debe estudiar cuidadosamente la sentencia o auto y determinar las falencias en las que ha incurrido el tribunal de segunda instancia, establecer su naturaleza, si se trata de errores de forma o de fondo y precisar los submotivos. Hecho el examen, si la sentencia adolece de errores tanto de forma como de fondo por imperativo del artículo 624 cpcym el recurrente debe invocar de una vez todos los motivos que tenga para impugnar la resolución. 11/08/2016 M.Sc. Viviana Vega 13

14 0 Al respecto, la Corte sigue el criterio de que si se va a impugnar por quebrantamiento sustancial del procedimiento y por motivo de fondo, el orden en que deben exponerse los motivos en el escrito de interposición es primeramente el motivo de forma por quebrantamiento sustancial de procedimiento seguido del motivo de fondo, porque si el recurso se interpone por el motivo de forma y es desestimado ya no puede interponerse por ningún otro motivo. 0 Al decir la norma conjuntamente se entiende que se deben alegar en el mismo escrito de interposición. 11/08/2016 M.Sc. Viviana Vega 14

15 7. REQUISITOS FORMALES ESCRITO DE INTERPOSICIÓN: Además de los requisitos de primera solicitud contenidos en el art. 61 cpcym, el recurrente debe adecuar su escrito a los requisitos establecidos en el artículo 619 y 627 del Código Procesal Civil y Mercantil. 11/08/2016 M.Sc. Viviana Vega 15

16 Interpuesto el recurso de casación, puede ampliarse o modificarse? En su caso, qué circunstancias del recurso pueden ampliarse? CITA LEGAL, DOCTRINA LEGAL. 11/08/2016 M.Sc. Viviana Vega 16

17 Aunque algunos autores (Murcia Ballén) afirman que el escrito de interposición es una demanda, en Guatemala no tiene ese carácter y por lo tanto no cabe modificar o ampliar el recurso como se hace con la demanda. La única circunstancia que la ley permite agregar es cuando se citan otras leyes y doctrinas legales siempre y cuando se haga antes de señalar día para la vista. Art. 627 últ. Párrafo 11/08/2016 M.Sc. Viviana Vega 17

18 En base a los artículos 619, 61 y 627 del Código Procesal Civil y Mercantil, elabore el esquema (no memorial) del escrito de interposición del recurso de casación con breve explicación de la razón por la cual ha incluido o desechado cada uno de los requisitos que regulan dichos artículos o agregado otros no contemplados en los mismos. Buscar criterios jurisprudenciales de la Corte Suprema de Justicia respecto a la forma cómo deben ser cumplidos tales requisitos, citando la sentencia y expediente dentro del cual se haya dictado. 11/08/2016 M.Sc. Viviana Vega 18

19 REQUISITOS FORMALES 11/08/2016 M.Sc. Viviana Vega 19

20 PARTE INTRODUCTORIA 1. Designación del juez o Tribunal a quien se dirija. El memorial se dirige a la Corte Suprema de Justicia, Cámara Civil aunque se entregue al tribunal que dictó la resolución impugnada. 2. Nombres y apellidos completos del solicitante o de la persona que lo represente, su edad, estado civil, nacionalidad, profesión u oficio, domicilio e indicación del lugar para recibir notificaciones. El nombre debe consignarse como lo establece el art. 4 del Código Civil, como aparece en el DPI y como se identificó durante el proceso. El lugar para recibir notificaciones debe ser dentro del perímetro de la ciudad donde tiene su sede la Corte, Art. 79 cpcym. 3. Nombres, apellidos y residencia de las personas de quienes se reclama un derecho; si se ignorare la residencia se hará constar. 11/08/2016 M.Sc. Viviana Vega 20

21 RELACIÓN DE HECHOS A QUE SE REFIERE LA PETICIÓN Este apartado puede subdividirse en: I. Designación del juicio y de las otras partes que en él intervienen. II. Fecha y naturaleza de la resolución recurrida. III. Fecha de la notificación al recurrente y de la ultima, si fueren varias las partes en el juicio. IV. Caso de procedencia, indicando el articulo e inciso que lo contenga. 11/08/2016 M.Sc. Viviana Vega 21

22 Fundamento de derecho, citando las leyes respectivas Artículos e incisos de la Ley que se estimen infringidos y doctrinas legales en su caso exponiéndose las razones (tesis) por las cuales se estiman infringidos. Si el recurso se funda en error de derecho o de hecho en la apreciación de las pruebas, debe indicarse en qué consiste el error alegado, a juicio del recurrente; e identificar, en el caso de error de hecho, sin lugar a dudas, el documento o acto auténtico que demuestre la equivocación del juzgador. En este último caso, no será necesaria la cita de leyes. 11/08/2016 M.Sc. Viviana Vega 22

23 CIERRE 1. La petición, en términos precisos. Se debe tener especial cuidado en que las peticiones incluyan todos los motivos y submotivos alegados. 1. Lugar y fecha. 2. Firmas del solicitante y del abogado colegiado que lo patrocina, así como el sello de éste. Si el solicitante no sabe o no puede firmar, lo hará por él otra persona o el abogado que lo auxilie. 11/08/2016 M.Sc. Viviana Vega 23

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