REPÚBLICA DE COLOMBIA CONCEJO MUNICIPAL CAICEDONIA VALLE

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1 ACUERDO Nº Del 25 de Noviembre de 2015 POR EL CUAL SE CREA UNA POLÍTICA PÚBLICA DE PRIMERA INFANCIA, INFANCIA, ADOLESCENCIA, JUVENTUD Y FAMILIA EN EL MUNICIPIO DE DEL CAUCA. EL HONORABLE DE DEL CAUCA en uso de sus atribuciones Constitucionales contenidas en el artículo 313 y la Ley 136 de 1994, Ley 1098 de 2006, Ley 1622 del 29 de abril de 2013, Ley 82 DE 1993 y demás normas concordantes. ARTÍCULO PRIMERO. Crear la Política Pública de primera infancia, infancia, adolescencia, juventud y familia para el Municipio de Caicedonia Valle, acorde con la Ley de Infancia y Adolescencia, juventud y familia, la cual trabajará dentro del marco que le proporcionan los tratados internacionales para la protección de la infancia, en especial la Convención Internacional sobre los Derechos de los Niños, ratificada mediante la ley 12 de 1991,los protocolos facultativos de dicha Convención y demás directrices internacionales y nacionales. Son lineamientos de la Política Pública de primera infancia, infancia, adolescencia, juventud y familia para el Municipio de Caicedonia Valle 1. La promoción y divulgación de los derechos de los niños, niñas y adolescentes para su reconocimiento como sujetos de derechos. 2. La garantía y cumplimiento de los derechos reconocidos para todos los niños, niñas y adolescentes del municipio de Caicedonia, en especial para los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en situaciones de mayor vulnerabilidad. 1

2 3. La prevención de la amenaza o vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. 4. El impulso y gestión para que los derechos de los niños, niñas y adolescentes sean restablecidos cuando han sido vulnerados por parte de las autoridades municipales y de las autoridades del orden nacional y departamental. 5. El ejercicio del Derecho al desarrollo integral de la primera infancia, en las siguientes líneas de atención de existencia, desarrollo, ciudadanía y protección. 6. Fortalecimiento de las estrategias para el aprovechamiento del tiempo libre a través de las actividades lúdicas, culturales, artísticas, deportivas y recreativas que garanticen a los niños, niñas y adolescentes el acceso a las ofertas institucionales del Municipio, con enfoque diferencial. 7. Fortalecimiento de los programas de educación sexual y manejo de las emociones, con enfoque diferencial y atención especializada. 8. Se priorizan acciones estratégicas que buscan que la salud sexual y reproductiva de las y los adolescentes y de las mujeres en condición de maternidad, se proteja en coherencia con el derecho a la vida y a la salud como derecho fundamental autónomo. 9. Reconocer a los y las jóvenes como sujetos de derechos y deberes. 10. Integrar a los y las jóvenes en los procesos de desarrollo económico regional. 11. Fortalecer los procesos, mecanismos y escenarios de participación formal e informal de los y las jóvenes. 12. Generar dinámicas de encuentro, convivencia juvenil y social. 13. Impulsar y fortalecer las identidades culturales de los y las jóvenes. 2

3 14. Fortalecer a los principales agentes responsables de niños, niñas, adolescente y jóvenes (NNAJ) que permanecen cotidianamente con ellos, para promover vínculos afectivos, sociales y culturales, fomentando el desarrollo de buenas pautas de crianza que permitan su desarrollo integral, que den respuesta y atención oportuna a los intereses, necesidades, debilidades, oportunidades, riesgos y amenazas colectivas, que se presenten en su entorno. 15. Protección contra toda situación de maltrato, abuso y explotación sexual, a través de la promoción de la sana convivencia, el respeto y la atención integral de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes (NNAJ). 16. Fomentar el desarrollo de acciones y estrategias para la prevención y la atención de niños, niñas, adolescente y jóvenes (NNAJ) (SPA). consumidores de sustancias psicoactivas 17. Atención integral a los Adolescentes y jóvenes en conflicto con la ley garantizando el debido proceso y el trato digno. ARTÍCULO SEGUNDO: La Política Publica de primera infancia, infancia, adolescencia, juventud y familia, hará especial énfasis en actividades encaminadas a orientar y promover el desarrollo de planes, programas y proyectos que aseguren el desarrollo integral, la protección, la existencia y la participación de niños, niñas, adolescentes, jóvenes familia del municipio de Caicedonia Valle, propiciando condiciones y creando mecanismos que le garanticen a esta población el pleno disfrute de sus derechos. 3

4 ARTÍCULO TERCERO: Con el fin de lograr una mayor eficiencia, eficacia y efectividad en las acciones a favor de la infancia y la adolescencia, la Política Pública tendrá como objetivos: Promover el respeto a la vida y evitar la vulneración de derechos de los niños, las niñas, adolescentes y jóvenes, como un ejercicio de voluntades ético-políticas a través del desarrollo de acciones organizadas desde lo económico, lo ético y lo político en aras de garantizar el bienestar de esta población en el municipio. Orientar los recursos del Estado para garantizar de manera integral el sano crecimiento y desarrollo de los niños, las niñas, adolescentes y jóvenes del municipio, promoviendo de esta manera el sentido de corresponsabilidad social, donde los recursos del Estado, la familia y la sociedad conformen verdaderos lazos de sinergia. Conformar el concejo de Juventud con el fin de crear espacios de coordinación y articulación de acciones encaminadas a la atención de los niños, las niñas, adolescentes y jóvenes del municipio; en aras de una verdadera movilización social de recursos propios. Prevenir cualquier forma de acto violento y humillante; que degrade y atente contra el bienestar y el futuro de la población infantil, adolescente y juvenil en la localidad. Garantizar espacios de participación donde los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y familia piensen el papel que juegan dentro de la sociedad, mediante propuestas de acción que faciliten la garantía de derechos de los mismos. Realizar procesos para el desarrollo integral con los y las jóvenes en los ámbitos individuales, familiares y sociales. Promover y generar espacios de movilización y participación incidente para el ejercicio de los derechos, la construcción y activación de ciudadanía con las y los jóvenes del municipio de Caicedonia 4

5 Promover la diversidad y las formas de expresión juvenil en torno a procesos de identidad y apropiación en los territorios físicos, simbólicos, culturales y virtuales, expresados en singularidades, subjetividades e imaginarios para su visibilizarían sociopolítica y cultural. PARÁGRAFO: El presente Acuerdo se define como una Política Pública permanente en el municipio de Caicedonia y su cumplimiento es responsabilidad de las instituciones gubernamentales locales, para lo cual se establecerán las relaciones necesarias con las entidades de orden nacional, departamental y a si mismo lo hará con las instituciones privadas y ONG que tengan injerencia en el tema y que considere pertinente. ARTÍCULO CUARTO. La Política Pública de la primera Infancia, Infancia, Adolescencia, juventud y familia va dirigirá a acciones hacia la plena garantía de los derechos de esta población, conforme a los enfoques de los derechos humanos y los derechos de la primera infancia, infancia, adolescencia, juventud y familia, enfoque diferencial, enfoque de desarrollo humano. ARTÍCULO QUINTO. Los Componentes y Roles del Sistema Municipal de primera Infancia, infancia, Adolescencia, juventud y familia se organizará: Los actores de la política pública de primera Infancia, infancia, Adolescencia, juventud y familia son todas aquellas instituciones públicas y/o privadas, nacionales, todos los individuos, las comunidades, los grupos, las organizaciones no gubernamentales, cuya misión y objetivos estén relacionados con los derechos de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes que puedan influir en las decisiones que afecten su pleno ejercicio. En el municipio de Caicedonia, es el responsable directo de la ejecución de la Política de primera Infancia, infancia, Adolescencia y juventud es el Gobierno municipal, en cabeza del Alcalde y el equipo líder. 5

6 PARÁGRAFO: La presente Política Pública tendrá un Plan de Acción Integral, Intersectorial, Interinstitucional y transdisciplinario, que contemple acciones de promoción y difusión, prevención, atención, investigación, defensa y restablecimiento de derechos. ARTÍCULO SEXTO. Los recursos requeridos para el adecuado desarrollo de la presente política social, se obtendrán mediante la creación de un rubro del presupuesto municipal a través de la secretaria de Desarrollo Social, denominado Política pública de Protección y Atención Integral a la Infancia y adolescencia. Así mismo se podrán recibir recursos del Gobierno Nacional, de ONG nacionales, de gobiernos y entidades internacionales y del sector privado. ARTÍCULO SÉPTIMO. En concordancia con la normatividad internacional, para efectos del presente acuerdo se entiende por niñez, adolescencia y juventud la población comprendida entre los 0 y los 28 años. De acuerdo con la ley de infancia, adolescencia y juventud, para todos los efectos de este acuerdo, son sujetos titulares de derechos todas las personas entre los 0 a 28 años. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 34 del Código Civil, se entiende por niño o niña las personas entre los 0 y los 12 años, por adolescente las personas entre 12 y 18 años de edad y jóvenes entre los 18 a 28 años. ARTÍCULO OCTAVO. El presente Acuerdo debe reglamentarse por la Administración municipal dentro de los 3 (tres) meses siguientes a su publicación. ARTÍCULO NOVENO. El presente Acuerdo deroga el acuerdo 022 de 19 de Diciembre de 2013 y todas las demás normas que sean contrarias. ARTÍCULO DÉCIMO. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación. 6

7 COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Caicedonia, Valle del Cauca, a los veinte y cinco (25) días del mes de noviembre del año dos mil quince (2015). HUGO VALENCIA DUQUE Presidente CARLOS ALBERTO GARCÍA GUTIÉRREZ Secretario General ACUERDO Nº Del 25 de Noviembre de 2015 POR EL CUAL SE CREA UNA POLÍTICA PÚBLICA DE PRIMERA INFANCIA, INFANCIA, ADOLESCENCIA, JUVENTUD Y FAMILIA EN EL MUNICIPIO DE DEL CAUCA. HACE CONSTAR: PRIMER DEBATE: 19 de Noviembre de 2015 (Comisión tercera) SEGUNDO DEBATE: 25 de Noviembre de 2015 (Sesión Plenaria ordinaria). Igualmente hace constar que el presente Acuerdo fue presentado por iniciativa del Alcalde Municipal, Contador Público JORGE ALDEMAR ARIAS ECHEVERRI y que el ponente del proyecto de Acuerdo fue el Honorable Concejal JOSE GREGORIO RAMIREZ TABARES. CARLOS ALBERTO GARCÍA GUTIÉRREZ Secretario General 7

8 ACUERDO Nº Del 25 de Noviembre de 2015 POR EL CUAL SE CREA UNA POLÍTICA PÚBLICA DE PRIMERA INFANCIA, INFANCIA, ADOLESCENCIA, JUVENTUD Y FAMILIA EN EL MUNICIPIO DE DEL CAUCA. REMISIÓN: Conforme al inciso 3º del artículo 72 de la Ley 136 de 1994, remitimos al Ejecutivo Municipal, para su sanción el Acuerdo Nº del 25 de Noviembre de 2015 POR EL CUAL SE CREA UNA POLÍTICA PÚBLICA DE PRIMERA INFANCIA, INFANCIA, ADOLESCENCIA, JUVENTUD Y FAMILIA EN EL MUNICIPIO DE DEL CAUCA. HUGO VALENCIA DUQUE Presidente MARÍA ELIZABETH LONDOÑO LONDOÑO Primera Vicepresidenta FRANCISCO HEBER RAIGOZA FAJARDO Segundo Vicepresidente CARLOS ALBERTO GARCÍA GUTIÉRREZ Secretario General. 8

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