IRPF PARA FINES SOCIALES

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1 RESERVA DE BIOSFERA MARIÑAS CORUÑESAS e TERRAS do MANDEO IRPF PARA FINES SOCIALES Cada año la Administración permite la los ciudadanos elegir el destino de una parte de sus impuestos. Al realizar la declaración de la renta, se tiene la opción personal de elegir destinar el 0,7% del IRPF la la realización de programas que desarrollen las entidades sociales y Organizaciones no Gubernamentales (ONG) que se dedican la trabajar en el ámbito de la acción social. 1 La asignación tributaria la través del 0,7% del IRPF se transforma en un instrumento de la política social del Estado que contribuye la luchar contra la exclusión social. Más de 10 millones de contribuyentes marcaron en la declaración de la renta (año 2013) la casilla de la X de Fines Sociales. La X Solidaria consiguió una recaudación de casi 279 millones de euros, que fueron a parar a 447 Organizaciones no Gubernamentales y a programas. El 78% lo distribuye el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad mediante convocatoria pública (subvenciones a entidades que realicen programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas). El 19% lo distribuye el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación a través de la Agencia Española de Cooperación Internacional, cuyo destino va dirigido a proyectos de cooperación en países en desarrollo. El 3% lo distribuye el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente mediante proyectos que promuevan el desarrollo sostenible del medio rural. NORMATIVA APLICABLE Real Decreto 536/2013 de 12 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a la realización de programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del IRPF. Convocatoria anual (Año Resolución de 14 de abril de 2014, de la Secretaria de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se convocan subvenciones estatales para la realización de programas de interés general con cargo a la asignación tributaria de IRPF).

2 LA CONVOCATORIA del AÑO 2014 Permite el acceso a la condición de beneficiario de las subvenciones a todas las entidades, cualquiera que sea su implantación territorial (estatal, autonómica, provincial y local), que reúnan los requisitos establecidos. Se requiere que los programas de interés general a financiar tengan un carácter anual, por lo que no se podrán solicitar programas plurianuales en ningún supuesto. 2 PARA QUE SIRVEN ESTAS SUBVENCIONES? Anualmente se fijarán en las respectivas convocatorias las áreas y los programas que se consideren prioritarios. La distribución de los recursos para la atención de necesidades sociales de interés general, con cargo a la asignación tributaria del IRPF se destinó en el año 2014, a financiar 3 grandes grupos de programas: 1. Programas de atención a las personas con necesidades de atención integral sociosanitaria. 2. Programas de atención a las personas con necesidades educativas o de inserción laboral. 3. Programas para el fomento de la seguridad ciudadana y prevención de la delincuencia. Cada uno de ellos incluye, desde su perspectiva, programas que se dirigen a muy distintos sectores de atención. Se establecen 14 grandes ejes de actuación, entre los que se distribuyen en función de su afinidad temática, todos los programas incluidos en los 3 grupos antes indicados: ATENCIÓN A LA INFANCIA y FAMILIA. Intervención para familias con necesidades especiales de atención integral socio sanitaria. Promoción de relaciones familiares saludables mediante la prevención y gestión de la conflictividad familiar; apoyo a la crianza saludable y positiva de los hijos. Promoción de la educación, sanidad y calidad de vida infantil y protección de los derechos de la infancia; atención integral educativa y socio-sanitaria en servicios residenciales para menores en situación de dificultad social. Fomento de la atención a menores con necesidades educativas y socio-sanitarias, promoviendo su integración en un medio familiar mediante la adopción y el acogimiento. Prevención y atención educativa y socio-sanitaria ante la violencia hacia la infancia. Inserción laboral de jóvenes en situación de dificultad social, que hayan estado bajo una medida de protección. Facilitar la conciliación entre la vida laboral, familiar y personal. Inserción laboral para familias que se encuentran en situación de especial dificultad. Programas residenciales para menores en situación de conflicto social. Ejecución de medidas en medio abierto para menores infractores, que sean susceptibles de materialización por las organizaciones no gubernamentales.

3 ATENCIÓN A LOS JÓVENES. Atención sociosanitaria dirigida los jóvenes. Fomento de la cultura emprendedora, de la creación de empresas y el autoempleo, especialmente entre los jóvenes. Promover la inserción sociolaboral de los jóvenes y personas desempleadas de larga duración. Programas educativos para la transmisión de valores solidarios entre los jóvenes. ATENCIÓN A LAS MUJERES. Inserción sociolaboral das mujeres. Prevención de delitos relacionados con todas las formas de violencia contra las mujeres, incluida la protección integral de sus víctimas; promover la salud integral de las mujeres. 3 ATENCIÓN A LAS PERSONAS MAYORES. Promoción y adecuación de centros y unidades de atención para personas mayores y personas con discapacidad. Atención integral a personas mayores a través de servicios que faciliten su permanencia en el domicilio y en su entorno social y familiar, así como los dirigidos al apoyo de sus familias y cuidadores. ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Atención integral dirigida a la promoción de la autonomía personal de las personas con discapacidad. Promoción y adecuación de centros y unidades de atención a personas mayores y a personas con discapacidad. Apoyo y descanso para familiares cuidadores de personas con discapacidad. Favorecer la inserción sociolaboral de las personas con discapacidad. ATENCIÓN A PERSONAS CON PROBLEMAS DE DROGODEPENDENCIA. Apoyo al mantenimiento de redes de servicios de atención sociosanitaria a personas con adicciones. ATENCIÓN AL PUEBLO GITANO. Promoción y educación para la salud de la población gitana, con especial incidencia en las mujeres. Inserción sociolaboral y educativa dirigidas a la población gitana.

4 ATENCIÓN A LAS PERSONAS INMIGRANTES. Inserción sociolaboral de las personas inmigrantes. Prevención y promoción de la salud dirigidas a la población inmigrante. ATENCIÓN A PERSONAS AFECTADAS POR VIH/SIDA. Apoyo al mantenimiento de servicios de atención a personas con VIH y Sida. Inserción sociolaboral para personas con infección VIH/Sida. 4 ATENCIÓN A LAS PERSONAS RECLUSAS Y EXRECLUSAS. Atención sociosanitaria dirigida a personas reclusas, exreclusas y sometidas a medidas alternativas. Inserción sociolaboral de personas reclusas, exreclusas y sometidas a medidas alternativas. ATENCIÓN A SITUACIONES DE URGENCIA. Programas de urgencia. Situaciones de emergencia por riesgos imprevisibles. ATENCIÓN A LA INCLUSIÓN SOCIAL. Atención sociosanitaria destinada a personas sin hogar y sin alojamiento digno. Acceso al empleo para personas en situación o en riesgo de exclusión. Programas integrales dirigidos a fomentar la inclusión activa (acceso al mercado laboral, garantía de ingresos mínimos y acceso a servicios de calidad como educación, sanidad y vivienda) de las personas en situación o en riesgo de exclusión social, que contribuyan a conseguir los objetivos prioritarios de empleo, educación e inclusión social de la Estrategia Europa INTERVENCIÓN DIRECTA DEL VOLUNTARIADO. Promoción y formación del voluntariado para su intervención en los programas del grupo de atención integral sociosanitaria. Promoción y formación del voluntariado para su intervención en los programas del grupo de atención educativa o de inserción laboral. Promoción y formación del voluntariado para su intervención en los programas del grupo de fomento de la seguridad y prevención de la delincuencia. IGUALDAD DE TRATO Y NO DISCRIMINACIÓN. Reforzar la asistencia y orientación a víctimas de discriminación.

5 QUIÉN PUEDE SOLICITAR ESTAS SUBVENCIONES? 1. Las entidades que tengan la consideración de Entidades del Tercer Sector colaboradoras con la Administración General del Estado, así como la Cruz Roja Española y las entidades o organizaciones no gubernamentales que reúnan los siguientes requisitos: 5 Estar legalmente constituidas y, cuando proceda, debidamente inscritas en el correspondiente Registro administrativo dentro del plazo de presentación de las solicitudes de subvención. Carecer de fines de lucro. A estos efectos se considerarán también entidades sin fines de lucro aquellas que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas se inviertan en su totalidad en los fines sociales previstos en el artículo 3 del Real Decreto 195/1989, de 17 de febrero ( Las ayudas económicas y subvenciones podrán concederse para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales de ámbito estatal dirigido a personas mayores, disminuidos físicos, psíquicos o sensoriales, personas incapacitadas para el trabajo o incursas en toxicomanías o drogodependencia, familias monoparentales, menores en situación de desamparo, mujeres maltratadas, minorías étnicas, presos, exreclusos, transeúntes y demás actividades de solidaridad social ante situaciones de necesidad. También podrán concederse ayudas y subvenciones para la realización de programas y proyectos que las Organizaciones no gubernamentales lleven a cabo en países en vías de desarrollo, que favorezcan la justicia social y la mejora de las condiciones de vida de la población ). Tener fines institucionales adecuados para la realización das actividades consideradas financiables (apartado segundo, punto 2, de la convocatoria 2014). Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social. Tener justificado, en su caso, las ayudas recibidas con anterioridad del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad; del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos, acreditando la experiencia operativa para ello. 2. Las agrupaciones de organizaciones, sin personalidad jurídica. Estas agrupaciones deberán indicar los compromisos asumidos por cada uno de sus miembros.

6 REQUISITOS DE LOS PROGRAMAS A FINANCIAR Las subvenciones sólo podrán concederse para la realización de programas de interés general en los que concurra alguno de los siguientes requisitos: 1. Que se trate de programas cuya ejecución corresponda a la Administración General del Estado, bien por referirse a una materia cuya competencia de ejecución es del Estado, o bien porque concurra en el programa considerado en cada caso el requisito de la supraterritorialidad. 2. Que se trate de programas en los que el Estado ostente competencia para establecer las bases y se acredite alguna de las siguientes circunstancias: que resulten imprescindibles para asegurar la plena efectividad de las medidas dentro de la ordenación básica del sector, o para garantizar las mismas posibilidades de obtención y disfrute por parte de sus potenciales destinatarios en todo el territorio nacional, o bien para evitar que se sobrepase la cuantía global de los fondos estatales destinados al sector. 6 En ningún caso se podrán financiar programas o proyectos de inversión, salvo en lo referido al equipamiento y obras de adaptación y rehabilitación así como la terminación de programas de inversiones financiados en convocatorias anteriores. CRITERIOS OBJETIVOS DE VALORACIÓN DE LAS ENTIDADES SOLICITANTES. 1. Implantación (hasta 20 pts): se valorará el ámbito territorial de las actuaciones a. Tendrán una valoración prioritaria las confederaciones, federaciones o agrupaciones similares, así como asociaciones o fundaciones de amplia representación a nivel estatal. 2. Presupuesto y financiación (hasta 20 pts): se valorará el volumen de presupuesto de la entidad en el último año, su patrimonio, así como la financiación obtenida de otras instituciones y a su capacidad para movilizar recursos de otros entes públicos y/o privados, primándose las que tengan una capacidad de financiación privada de, al menos, el 10% del su presupuesto total de ingresos. 3. Participación social y voluntariado (hasta 15 pts): que la entidad promueva la participación y movilización social. Que cuente con un nº relevante de voluntarios para el desarrollo de los programas, priorizándose aquellas que dispongan de un sistema de formación de los voluntarios y de incorporación de estos a las actividades de la entidad.

7 4. Adecuación de recursos humanos (hasta 15 pts): se valorarán las líneas de actuación de la entidad en materia de gestión de los recursos humanos que se adscriben a los diferentes programas, teniendo en cuenta: a. La naturaleza, características y duración de la contratación del personal asalariado preexistente y de nueva incorporación. b. El empleo de personas con discapacidad. c. El empleo de personas en situación de exclusión social desempleadas e inscritas en los Servicios Públicos de Empleo. d. El empleo de mujeres, jóvenes y desempleados de larga duración. e. La existencia de planes de igualdad. 5. Estructura y capacidad (hasta 15 pts): que la estructura de la entidad sea la adecuada para gestionar las actividades previstas en los programas. 6. Especialización (hasta 10 pts): acreditar la especialización de la entidad en la atención al colectivo al que se dirigen los programas, o bien, que esté constituida como asociación del propio colectivo al que representa. 7. Calidad en la gestión de la entidad (hasta 5 pts): que la entidad esté comprometida formalmente por sus órganos de gobierno en incorporar en su gestión valores, principios y criterios de calidad, mediante el desarrollo, implantación y mantenimiento de sistemas de gestión de calidad o mediante procesos de autoevaluación e mejora continua de forma periódica. 8. Auditoría externa (hasta 5 pts): se valorará especialmente que la entidad someta su gestión a controles periódicos. 9. Antigüedad (hasta 3 pts): constituida desde, al menos, 2 años (a excepción de las confederaciones y federaciones que están integradas mayoritariamente por federaciones o asociaciones cuya antigüedad sea superior a 2 años). 10. Cumplimiento de las obligaciones derivadas de las subvenciones recibidas del Ministerio, respecto a las subvenciones concedidas con anterioridad. 7 DE LOS PROGRAMAS. 1. Evaluación de las necesidades sociales (hasta 6 pts): que el programa contenga un análisis o estudio sobre las necesidades reales que se pretenden abordar, que determine la inexistencia de cobertura pública o privada o que, en el caso de existir, resulte insuficiente. 2. Incidencia en la lucha contra la pobreza y la exclusión social (hasta 4 pts). 3. Atención a personas en situación de dependencia y a sus familias (hasta 4 pts). 4. Determinación de los objetivos (hasta 5 pts): se valorarán los objetivos que se pretenden conseguir por la entidad solicitante, el impacto del proyecto, el nº de usuarios y la población a la que van dirigidos. 5. Contenido técnico del programa (hasta 11 pts): se valorará el contenido técnico del programa y su adecuación al objetivo propuesto, al calendario de realización, la descripción de las actividades concretas que se pretenden realizar, así como los indicadores de evaluación y control de estas actividades en relación con los medios técnicos y materiales con los que cuenta la entidad. 6. Calidad (hasta 3 pts): se valorará que el programa contemple el desarrollo e implantación de un proceso de calidad. Así mismo, se tendrá en cuenta que el proceso de calidad desarrolla la gestión de acuerdo con las necesidades y expectativas de los destinatarios finales, el fomento de la participación de todas las personas implicadas, la gestión por procesos y la mejora continua. 7. Presupuesto del programa (hasta 5 pts): se valorará el presupuesto y el coste medio por usuario.

8 8. Cofinanciación (hasta 3 pts): se valorarán prioritariamente los programas que en su presupuesto cuenten con otras fuentes de financiación pública o privada. 9. Corresponsabilidad en la financiación del programa (hasta 2 pts): se valorarán especialmente los programas que se presenten cofinanciados por la propia entidad. 10. Ámbito del programa (hasta 4 pts): se priorizarán los programas en función del grado de amplitud de su ámbito territorial y de su proporcionalidad respecto de la población a la que se prevé atender. 11. Voluntariado (hasta 5 pts): que el programa sea desarrollado por el personal voluntario, en el mayor grado posible, así como que las actividades que el mismo desarrolle estén en consonancia con la formación que hayan recibido. 12. Programas de innovación (hasta 2 pts): se valorarán de forma prioritaria los programas innovadores, en especial los que se dirijan a atender las necesidades no cubiertas por los recursos sociales existentes. 13. Experiencia en la gestión de los programas sociales (hasta 3 pts): se valorará la especialización en la gestión de programas de similar naturaleza al solicitado. 14. Colaboración con otras Administraciones Públicas (hasta 3 pts): que las actividades del programa tiendan a complementar los programas previstos por las distintas Administraciones Públicas para la atención de necesidades sociales, valorándose el que acredite acuerdos de colaboración con las mismas. 8 *Se priorizarán los programas subvencionados con anterioridad. *Los centros directivos competentes por razón de la materia y las comunidades autónomas en las que se desarrolle la actividad para la que se solicita la subvención emitirán informe previo con relación a los criterios objetivos de valoración de cada uno dos programas presentados. MÁS INFORMACIÓN Dirección General de Servicios para la Familia y la Infancia (Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad) Registro: Paseo del Prado, Madrid Sede: Paseo de la Castellana, Madrid Tlf.: ongv@msssi.es Web:

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