QUÉ TIPOS DE EMPRESAS SE PUEDEN CONSTITUIR EN EL PERÚ
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- Marta Naranjo Toro
- hace 6 años
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1 QUÉ TIPOS DE EMPRESAS SE PUEDEN CONSTITUIR EN EL PERÚ ANTECEDENTES: A efectos de absolver la pregunta formulada y analizar puntualmente aquellas empresas de CARÁCTER LUCRATIVO que se pueden constituir en territorio nacional y participar en el mercado interno y externo, son básicamente 2 mecanismos por los cuales se puede realizar una actividad económica. UNO como PERSONA NATURAL con negocio y DOS por cualquiera de las FORMAS SOCIETARIAS (PERSONAS JURÍDICAS) contempladas por Ley General de Sociedades y, aquella regulada por norma particular de la EIRL (Empresa Individual de Responsabilidad Limitada) que se constituye como persona jurídica conforme a su ley especial. En dicho contexto debemos iniciar el análisis normativo mencionando a la norma de mayor jerarquía y luego aquellas de rango inferior. ANÁLISIS: 1. El artículo 58 de la Constitución Política del Perú de 1993 prescribe que la iniciativa privada es libre y se ejerce en una economía social de mercado. El artículo 59 de la norma constitucional establece que: El Estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria. El ejercicio de estas libertades no debe ser lesivo a la moral, ni a la salud, ni a la seguridad pública. El Estado brinda oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad; en tal sentido, promueve las pequeñas empresas en todas sus modalidades. Consecuentemente, el marco normativa para realizar cualquier actividad económica es la Constitución y de ella se desprenden varias normas que regulan específicamente las formas para el ingreso al mercado. 2. Una de las formas para ingresar al mercado y realizar actividad económica, es como PERSONA NATURAL con negocio, quien puede dedicarse a la actividad comercial, industrial, etc. En este caso una persona actúa de manera independiente desarrollando su profesión, oficio, ciencia o arte o sin tener ninguna profesión y laborará de manera libre e individual sin estar subordinado a ninguna persona o empresa. Esta persona natural puede tener trabajadores a su cargo. Para dicho fin, la persona natural se inscribe en el Registro Único de Contribuyente (RUC), solicita su recibo por honorarios profesionales de ser el caso ó la autorización de impresión de comprobantes de pagos. En el último caso puede acogerse al RUS, al RER ó al régimen general de renta, también acogerse a la Ley MYPE. - Cabe precisar que, bajo este sistema la persona con negocio decide todo por encima de cualquier trabajador o consultor. - La persona natural no tiene protección laboral ni seguridad social. 1
2 - Las deudas provenientes del negocio afectarán al patrimonio personal, es decir en caso de deudas, los acreedores pueden afectar bienes personales. - Normalmente tiene limitaciones económicas y restringe el crecimiento en el mercado. - En la formalización de estos negocios pueden participar abogados y contadores. 3. Por otro lado, se puede realizar una empresa constituyéndose en PERSONA JURÍDICA al amparo de la Ley N Ley General de Sociedades, bajo cualquier modalidad prevista en esta ley como: Sociedad Anónima Cerrada SAC-, Sociedad Anónima Abierta SAA-, Sociedad Anónima SA-, Sociedad Colectiva, Sociedad en Comandita, Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada ó Sociedades Civiles. En el presente caso se desarrollará sólo 03 sociedades por ser a fin a las actividades tradicionales agrarias. De las sociedades citadas las más comunes en el mercado son: SAC: SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, es aquella que tiene mínimo 02 socios y máximo 20 socios, es la forma societaria más dinámica y la más recomendable para iniciar emprendimientos y acogerse también a la Ley MYPE y gozar de sus beneficios. - Estas empresas no cotizan en la Bolsa de Valores. - Pueden ser constituidas entre amigos o familiares. - El capital de constitución puede ser en bienes muebles e inmuebles o aporte en dinero. - El capital está constituido en acciones. - Los gerentes pueden ser los mismos socios. - Si existieran deudas, éstas serán pagadas sólo con capital de la empresa, por tanto los bienes personales de cada socio queda a salvo, por eso son de responsabilidad limitada. - Los socios pueden ser trabajadores a su vez, gozando sus beneficios laborales como cualquier otro trabajador. requisitos conjuntamente con los accionistas, luego se eleva a la notaría, de allí a Registros Públicos y finalmente la inscripción en el Registro de Contribuyentes (RUC) de la SUNAT. En esta última etapa es importante tomar las decisiones con el contador para acogerse al sistema más adecuado y ventajoso posible. SA: SOCIEDAD ANÓNIMA, es aquella que tiene mínimo 02 socios y no tiene un límite máximo. - Estas empresas cotizan en bolsa. - Normalmente son capitales grandes divididos en acciones y su alcance es de orden nacional e internacional, se encuentran en esta forma societaria las grandes compañías, bancos, seguros, etc., por su naturaleza los pequeños 2
3 emprendimientos no pueden caber en esta organización, aunque no existe prohibición para constituirlo. requisitos conjuntamente con los accionistas, luego se eleva a la Notaría, de allí a Registros Públicos y finalmente la inscripción en el Registro de Contribuyentes (RUC) de la SUNAT y se encuentra expedito para iniciar sus actividades económicas. - Estas empresas normalmente están en el régimen general de renta. SRL: SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, los socios pueden ser personas naturales o jurídicas. - Se constituye con mínimo 02 socios y máximo 20 socios. - Se constituye con aporte de bienes o capitales. - Los socios no responden con sus bienes propios ante las deudas sociales, por ello son de Responsabilidad Limitada. - Los socios pueden ser trabajadores de la empresa y gozar sus beneficios laborales. requisitos conjuntamente con los accionistas, luego se eleva a la notaría, de allí a Registros Públicos y finalmente la inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) de la SUNAT. En esta última etapa es importante tomar las decisiones con el contador para acogerse al sistema más adecuado y ventajoso posible. 4. También se puede constituir una empresa al amparo de la Ley N y modificatoria Ley N Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. - La EIRL se constituye por la voluntad de una sola persona. - El capital puede ser en bienes muebles, inmuebles o en dinero. - El titular dueño también puede ser gerente - El titular decide el destino de la empresa. - La responsabilidad de la empresa se asume con el patrimonio de la EIRL y no afecta al patrimonio personal. requisitos conjuntamente con el titular, luego se eleva a escritura pública ante Notario, éste remitirá a Registros Públicos y después se inscribirá en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) de la SUNAT. En esta última etapa es importante tomar las decisiones con el contador para acogerse al sistema más adecuado y ventajoso posible. 5. Y finalmente se puede realizar una empresa al amparo de la Ley N Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, Decreto Legislativo N 1086 Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente y la Ley N , Ley que modifica diversas leyes 3
4 para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial, así como normas de menor jerarquía y finalmente el Decreto Legislativo N 1269 Nuevo Régimen MYPE Tributario del Impuesto a la Renta: MYPE: Es una unidad económica constituida por una persona natural o jurídica bajo cualquier forma societaria (Ley General de Sociedades), dedicada a actividades de extracción, transformación, producción de bienes o prestación de servicios. CARACTERÍSTICA DE LA MICRO EMPRESA: La microempresa se caracteriza por tener ventas anuales hasta el monto máximo de 150 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). CARACTERÍSTICA DE UNA PEQUEÑA EMPRESA: La mediana empresa se caracteriza por tener ventas anuales superiores a 1,700 UIT y hasta el monto máximo de 2,300 UIT. EMPRESAS QUE CUENTEN CON OTROS REGÍMENES ESPECIALES PUEDEN ACOGERSE A ESTE RÉGIMEN LABORAL ESPECIAL DE LAS MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS: El régimen laboral especial no es aplicable a la micro y pequeña empresa sujeta a otros regímenes laborales especiales, con excepción de la microempresa sujeta al Régimen Especial Agrario de la Ley Nº 27360, Ley de Promoción del Sector Agrario, la cual puede optar por acogerse al presente Régimen Laboral Especial conforme a lo previsto en la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley. EXCLUIDOS DEL MARCO JURÍDICO EN LA RMT: a) Tengan vinculación, directa o indirectamente, en función del capital con otras personas naturales o jurídicas; y, cuyos ingresos netos anuales en conjunto superen el límite de las 1,700 UIT. La vinculación se verificará en función a lo señalado en los numerales 1,2 y 4 del Artículo 24 del Reglamento de la LIR y si en estos supuestos de vinculación se encuentran conyugues entre sí. b) Sean sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento permanente en el país de empresas unipersonales, sociedades y entidades de cualquier naturaleza constituidas en el exterior. c) Hayan obtenido en el ejercicio gravable anterior ingresos netos anuales superiores a 1700 UIT. 4
5 d) Sean notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores; agentes corredores de productos, de bolsa de valores y/u operadores especiales que realizan actividades en la Bolsa de Productos; agentes de aduana; los intermediarios y/o auxiliares de seguros. e) Realicen las siguientes actividades, según la Clasificación Industrial Internacional Uniforme CIIU Revisión 4 aplicable en el Perú según las normas correspondientes: f) Actividades de médicos y odontólogos. g) Actividades veterinarias. h) Actividades jurídicas. i) Actividades de contabilidad, teneduría de libros y auditoría, consultoría fiscal. j) Actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de consultoría técnica. k) Programación informática, consultoría de informática y actividades conexas; actividades de servicios de información; edición de programas de informática y de software en línea y reparación de ordenadores y equipo periféricos. l) Actividades de asesoramiento empresarial y en materia de gestión. En el caso que los sujetos se hubieran encontrado en más de un régimen tributario respecto de las rentas de tercera categoría, deberán sumar todos los ingresos, de acuerdo al siguiente detalle, de corresponder: LA TASA DEL IMPUESTO: El artículo 5 del Decreto Legislativo N 1269 precisa que el impuesto a la renta a cargo de los sujetos del RMT se determinará aplicando a la renta neta anual determinada de acuerdo a lo que señale la Ley del Impuesto a la Renta, la escala progresiva acumulativa de acuerdo al siguiente detalle: RENTA NETA ANUAL TASAS Hasta 15 UIT 10% 5
6 Más de 15 UIT 29.5% LIBROS Y REGISTROS CONTABLES QUE DEBEN LLEVAR LOS SUJETOS DEL RÉGIMEN MYPE TRIBUTARIO: E artículo 11 del Decreto Legislativo N 1269, indicia que los sujetos del RMT deberán llevar los siguientes libros y registros contables: a) Con ingresos netos anuales hasta 300 UIT: Registro de Ventas, Registro de Compras y Libro Diario de Formato Simplificado. b) Con ingresos netos anuales superiores a 300 UIT están obligados a llevar los libros conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 65 de la Ley del Impuesto a la Renta. INCORPORACIÓN DE OFICIO AL RÉGIMEN MYPE TRIBUTARIO RMT: Conforme lo indica la primera disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N 1269, la SUNAT incorporará de oficio al RMT, según corresponda, a los sujetos que al 31 de diciembre de 2016 hubieren estado tributando en el Régimen General y cuyos ingresos netos del ejercicio gravable 2016 no superaron las 1700 UIT, salvo que se hayan acogido al Nuevo RUS o Régimen Especial, con la declaración correspondiente al mes de enero del ejercicio gravable 2017; sin perjuicio que la SUNAT pueda en virtud de su facultad de fiscalización incorporar a estos sujetos en el Régimen General de corresponder. CONCLUSIÓN: a. Las actividades lucrativas (empresariales) que se desarrollan en el Perú pueden realizarse como personas naturales o como personas jurídicas; las decisiones que se tomen para emprender la forma de una actividad empresarial dependerán de varios factores (número de socios, capital, giro del negocio, etc). b. Actualmente en Perú existen 04 regímenes tributarios con tasas y beneficios diferentes en cada régimen. c. Si una persona o conjunto de personas desean realizar algún emprendimiento empresarial con poco capital, pueden optar por el régimen tributario RUS o por el Régimen MYPE Tributario; adicionalmente se debe analizar las obligaciones laborales existentes en la Micro y Pequeñas empresas. 6
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