MARCO NORMATIVO VIGENTE PARA ORDENAMIENTO TERRITORIAL EN PERÚ
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- Arturo Medina Álvarez
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1 Proyecto Cuencas Andinas CEDEPAS Centro Ecuménico de Promoción y Acción Social Municipalidad Provincial de San Pablo CURSO TALLER BASES CONCEPTUALES Y METODOLÓGICAS PARA EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL MARCO NORMATIVO VIGENTE PARA ORDENAMIENTO TERRITORIAL EN PERÚ Ing. Carlos Cerdán Edu. Gonzalo Valdera ccerdan@cedepas.org.pe gvaldera@cedepas.org.pe San Pablo, 24 al 26 de Mayo de 2004
2 HERRAMIENTAS DE PLANIFICACIÓN EN EL MARCO NORMATIVO PERUANO TIPO DE PLAN OBJETO NIVEL Plan de Ordenamiento Ambiental Plan de Ordenamiento Territorial Plan de Acondicionamiento Territorial Plan de Desarrollo Urbano Plan de Desarrollo Rural Esquema de zonificación de áreas urbanas Plan de desarrollo de AA. HH. Plan Urbano o Rural COMPETENCIA DE APROBACIÓN INSTRUMENTO NORMATIVO No especificado Regional Concejo Regional Ordenanza Regional No especificado. Regional Concejo Regional Ordenanza Regional a) Política referente a los usos del suelo b) Roles y funciones de los asentamientos Otros Zonificación de usos del suelo urbano y su normativa. Areas de expansión urbana Otros Provincial Concejo Municipal Ordenanza Municipal Provincial Concejo Municipal Ordenanza Municipal No especificado Provincial Concejo Municipal Ordenanza Municipal Conjunto de normas técnicas urbanísticas contenidas en el plan de Desarrollo Urbano Compatibilidad del índice de usos para ubicación de actividades comerciales e industriales en zonas residenciales Otros. Provincial Concejo Municipal Ordenanza Municipal Provincial Concejo Municipal Ordenanza Municipal Distrital Concejo Municipal Ordenanza Municipal Distrital
3 ORDENAMIENTO O ACONDICIONAMIENTO? ORDENAMIENTO TERRITORIAL El ordenamiento territorial consiste en crear una imagen objetivo en función del manejo del espacio territorial, planteando especializaciones de una superficie territorial determinada, sobre la base de un diagnóstico Administrativo, Biofísico, Social, Económico y Funcional. ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL El acondicionamiento territorial es entendido como el proceso de implementación física necesaria para hacer realidad el ordenamiento
4 NORMAS DEL ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Existen diversas normas legales referidas al Ordenamiento y Acondicionamiento Territorial, que van desde la misma constitución política del Perú. De estas, las más recientes y relevante son: 1. LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES (Ley /05/2003) Establece los conceptos de: Plan de Acondicionamiento Territorial, Plan de Desarrollo Urbano, Plan de Desarrollo Rural, Esquema de Zonificación de Áreas Urbanas, Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos, y Planes específicos Plan Urbano o Rural distrital Establece las competencias provinciales y distritales en cuanto se refiere a la elaboración y aprobación de estos planes.
5 NORMAS DEL ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL 2. REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO (Decreto Supremo VIVIENDA 06/10/03) Deroga el Decreto Supremo VC. Reglamenta la Ley Orgánica de Municipalidades en cuanto se refiere a las funciones en materia de planeamiento y gestión del acondicionamiento territorial y desarrollo urbano, organización del espacio físico y uso del suelo. Precisa conceptos de acondicionamiento territorial, plan de desarrollo urbano, Plan Específico, Plan Urbano Distrital, y establece los plazos para elaborar esos documentos.
6 REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.-El presente Reglamento constituye el marco normativo nacional para los procedimientos que deben seguir las municipalidades en el ejercicio de sus competencias en materia de planeamiento y gestión de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano; a fin de garantizar: a. La ocupación racional y sostenible del territorio. b. La armonía entre el ejercicio del derecho de pro-piedad y el interés social. c. La coordinación de los diferentes niveles de gobierno nacional, regional y local para facilitar la participa-ción del sector privado. d. La distribución equitativa de los beneficios y cargas que se deriven del uso del suelo. e. La seguridad y estabilidad jurídica para la inversión inmobiliaria.
7 REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Artículo 2º.-Corresponde a las municipalidades planificar el desarrollo integral de sus circunscripciones, en concordancia con las políticas nacionales, sectoriales y regionales, promoviendo las inversiones así como la participación democrática de la ciudadanía, conforme al presente Reglamento.
8 REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Artículo 3º.-Las municipalidades, en materia de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano, formularán los siguientes instrumentos: a. Plan de Acondicionamiento Territorial b. Plan de Desarrollo Urbano c. Plan Específico d. Plan Urbano Distrital
9 REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL CAPÍTULO II DEL PLAN DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Artículo 4º.- El Plan de Acondicionamiento Territorial es el instrumento de planificación que permite el aprove-chamiento sostenible de los recursos naturales, la distri-bución equilibrada de la población y el desarrollo de la inversión pública y privada en los ámbitos urbano y rural del territorio provincial, estableciendo: a. La política general referente a los usos del suelo. b. Los roles y funciones de los asentamientos poblacionales que conforman el sistema urbano provincial. c. La organización físico - espacial de las actividades económicas, sociales y político - administrativas. d. La localización de infraestructura de transportes, comunicaciones, energía y saneamiento. e. La ubicación del equipamiento de servicios de salud, educación, recreación, esparcimiento, seguridad, cultura y administración. f. La identificación de las áreas de protección ecológica, áreas de riesgo para la seguridad física y las afectadas por fenómenos naturales recurrentes.
10 REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Artículo 5º.-Las inversiones a corto, mediano y largo plazo de los organismos del Gobierno Nacional, incluyendo a los Organismos Públicos Descentralizados, y de los Gobiernos Regionales y Locales se adecuarán al Plan de Acondicionamiento Territorial de la respectiva jurisdicción.
11 REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Artículo 6º. La aprobación del Plan de Acondiciona-miento Territorial debe desarrollarse en cuarenta y cin-co (45) días calendario y ceñirse al procedimiento siguiente: a. La Municipalidad Provincial exhibirá el proyecto del Plan en sus locales, en las Municipalidades Distritales de su jurisdicción y a través de su página Web, durante treinta (30) días calendario. b. El proyecto del Plan será remitido simultáneamente en consulta al Ministerio de Vivienda, Cons-trucción y Saneamiento, y al respectivo Gobierno Re-gional para que dentro del plazo establecido en el punto anterior, emitan sus observaciones y recomen-daciones. c. La Municipalidad Provincial, dentro del plazo señalado, realizará una audiencia pública sobre el con-tenido del Plan, convocando en particular a los organismos del Gobierno Nacional, Regional y Distrital, así como a las universidades, organizaciones de la sociedad civil e instituciones representativas del sector empresarial, profesional y laboral de la jurisdic-ción. d. Las personas naturales o jurídicas de la jurisdicción provincial, formularán sus observaciones, suge-rencias y recomendaciones, debidamente sustentadas y por escrito, dentro del plazo establecido en el inciso a) del presente artículo. e. El equipo técnico responsable de la elaboración del Plan, en el término de quince (15) días calendario posteriores al plazo establecido en el inciso a) del presente artículo, incluirá las sugerencias y recomendaciones o las desestimará emitiendo pronunciamiento fundamentado.
12 REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Artículo 7º.-Concluido el procedimiento establecido en el artículo anterior, el Concejo Provincial, mediante Ordenanza, aprobará el Plan de Acondicionamiento Te-rritorial que tendrá una vigencia de 10 años contados desde su publicación. Sólo por razones de riesgo de la población, o por la posibilidad de desarrollar proyectos de trascendencia nacional o regional no previstos en el Plan vigente, el Concejo Provincial podrá aprobar modificaciones que no contraríen el espíritu del Plan en un plazo menor, las mismas que se someterán al procedimiento establecido en el artículo 6º del presente Reglamento.
13 PLAN DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL PROVINCIA SAN PABLO
14 PAT SAN PABLO a) Política General uso del suelo GEOMORFOLOGÍA Formas del terreno Pendientes - Hidrología EDAFOLOGÍA Tipos de suelos - características COBERTURA Y USO DEL SUELO Uso aptitud manejo conservación PLANEAMIENTO DEL USO DEL SUELO
15 PAT SAN PABLO b) Roles y funciones asentamientos pob. CONTEXTO GEOGRÁFICO Ubicación nexos provinciales departamento - región JURISDICCIÓN DISTRITAL Organización Distrital - Límites ORGANIZACIÓN Y DIVISIÓN TERRITORIAL Centros poblados - caseríos DEMOGRAFÍA Crecimiento poblacional
16 PAT SAN PABLO c) Organización físico espacial DESARROLLO ECONÓMICO Zonificación de la producción Actividades socioeconómicas ZONIFICACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO ESPACIAL Relaciones urbano - rural y urbano - regional
17 PAT SAN PABLO d) Localización infraestructura DESARROLLO SOCIAL INFRAESTRUCTURA Viás de transporte Viás de comunicación y energía Saneamiento
18 PAT SAN PABLO e) Ubicación de Servicios DESARROLLO SOCIAL SERVICIOS Ubicación de servicios de salud Ubicación de servicios de educación Ubicación de servicios de recreación y esparcimiento Ubicación de servicios de seguridad y cultura
19 PAT SAN PABLO f) Identificación de áreas de protección AMENAZAS NATURALES Zonificación de áreas de protección ecológica Áreas de riesgo
20 Gracias por la atención Empezamos con el PAT San Pablo?
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