Plan de Prevención. la estructura organizativa las responsabilidades las funciones las prácticas los procesos los recursos
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- Emilio Cuenca Ponce
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1 1.1. PLAN DE PREVENCIÓN Introducción. En virtud de la entrada en vigor de la Ley 54/2003, de 12 de Diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales (Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales), el empresario está obligado a integrar la prevención en el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de la misma, a través de la implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales. El Plan de Prevención de Riesgos Laborales debe incluir: la estructura organizativa las responsabilidades las funciones las prácticas los procesos los recursos Previamente a que se elabore un Plan de Prevención se debe realizar un diagnóstico inicial de la situación en que se encuentra la empresa en materia de prevención de riesgos laborales y recopilar toda la información precisa
2 1.1.2 Objeto. El presente Plan de Prevención de Riesgos Laborales se realiza para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 54/2003, de 12 de Diciembre, de reforma del marco normativo de la Prevención de Riesgos Laborales. Por lo tanto, con este documento se pretende definir la forma en que se va a integrar la prevención de riesgos laborales en el sistema de gestión de la empresa CONFECCIONES ROVIRA, S.L Ámbito de aplicación. El presente Plan de Prevención será de aplicación en el / los centro / s de trabajo de que dispone CONFECCIONES ROVIRA, S.L., así como a todos sus trabajadores, incluidos aquellos que estén desplazados a otros centros de trabajo no pertenecientes a CONFECCIONES ROVIRA, S.L. para desarrollar su actividad, los trabajadores cedidos por Empresas de Trabajo Temporal y los trabajadores de empresas que prestan su servicio como contrata o subcontrata Objetivos (Ley 54/2003). Combatir de manera activa la siniestralidad laboral. Fomentar una auténtica cultura de la prevención de los riesgos en el trabajo que asegure el cumplimiento efectivo y real de las obligaciones preventivas. Reforzar la necesidad de integrar la prevención de riesgos laborales en los sistemas de gestión de la empresa. Mejorar el control del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales Política preventiva. De acuerdo con el artículo 5 de la Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales "la política en materia de prevención de riesgos laborales tendrá por objeto la promoción de la mejora de las condiciones de trabajo dirigida a elevar el nivel de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo". La empresa CONFECCIONES ROVIRA, S.L. llevará a cabo dicha política a través de la integración de la actividad preventiva en su sistema de gestión. Dicha integración abarcará tanto al conjunto de sus actividades como a todos sus niveles jerárquicos. Así, CONFECCIONES ROVIRA, S.L. establece una Gestión Integral de la Prevención (documento en el que está incluida esta política) cuyo objetivo consiste en promover la seguridad y salud de los trabajadores de la empresa, así como de las empresas subcontratadas y trabajadores autónomos que puedan trabajar en alguno de sus centros de trabajo
3 Un pilar fundamental de esta política va a ser la Consulta y Participación de los trabajadores de la empresa, para lo que se realizará la formación e información reglamentaria de éstos, así como el nombramiento de Delegados de Prevención y / o Comité de Seguridad y Salud, siempre que así proceda. Así mismo, CONFECCIONES ROVIRA, S.L. comunicará a todos los trabajadores la política preventiva de la empresa. Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, y CONFECCIONES ROVIRA, S.L. se compromete a cumplir con su correlativo deber de protección a sus trabajadores mediante la prevención de los riesgos derivados de su trabajo con los siguientes objetivos: Mejora continua de las condiciones de trabajo. Integrar la prevención en el conjunto de las actividades afectando a todos los niveles jerárquicos. Fomentar una auténtica cultura preventiva. Involucrar y hacer participar a las contratas, subcontratas y trabajadores autónomos, para conseguir una total integración de la prevención. LA PREVENCIÓN ES RESPONSABILIDAD DE TODOS. LOS ACCIDENTES PUEDEN, Y DEBEN SER EVITADOS
4 POLÍTICA PREVENTIVA CONFECCIONES ROVIRA, S.L. EXPONE: La empresa, tal y como establece el artículo 16. 1º de la Ley 31/1.995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, y en su cumplimiento ha llevado a cabo un plan de prevención, evaluación de los riesgos y planificación de la Actividad Preventiva para integrar la prevención de riesgos laborales en el sistema general de gestión de la empresa. Dicha documentación está a disposición de todos los trabajadores, siendo fundamental y de interés para la empresa su consulta por parte de éstos. 2) En cuanto al derecho a la información de los trabajadores previsto en el artículo 18.1 de la Ley 31/1.995 y con el fin de dar cumplimiento al deber de protección establecido en la misma, la empresa informará a los trabajadores sobre: Los riesgos genéricos para la seguridad y salud de los trabajadores en esta empresa. Las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a dichos riesgos. Las medidas a adoptar en casos de emergencia. Así mismo, se informará directamente a cada trabajador de los riesgos específicos que afectan a su puesto de trabajo o función y de las medidas de protección y prevención aplicables a estos riesgos. 3) Los trabajadores de esta empresa, recibirán un curso de formación teórica y práctica suficiente y adecuada en materia preventiva, tal y como establece el artículo 19 de la Ley 31/1.995, para el cual serán debidamente citados. Además de la formación general, se impartirá formación centrada específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador, se adaptará a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos y se irá repitiendo periódicamente. La misma se llevará a cabo en jornada laboral y en el centro de trabajo, salvo que por determinadas circunstancias sea necesario realizarlo en otro lugar
5 4) El artículo 34.1 de la Ley dispone que los trabajadores tienen derecho a participar en la empresa en las cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos en el trabajo; y el artículo º que tienen derecho a efectuar propuestas al empresario en materia de prevención, por lo que esta empresa queda abierta a todas aquellas ideas y propuestas que los trabajadores deseen hacer en todo lo referente a la prevención de riesgos en el trabajo. Éstas podrán ser llevadas a cabo bien directamente por el trabajador o por el Delegado de Prevención. La Empresa
6 1.1.6 Organización de la prevención. En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 39/1997, de 17 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, con respecto a la planificación y organización de la actividad preventiva, CONFECCIONES ROVIRA, S.L. ha adoptado por asumir la prevención el empresario, teniendo éste el curso de 60h NIVEL BASICO, requisito para poder gestionar la prevención de riesgos laborales por parte del empresario: Concierto con empresa acreditada en la especialidad de Vigilancia de la Salud
7 Estructura Organizativa!! " # $ % & ' ( & ) * ( + &,) -. /!! " # $ % & ' ( & ) * ( + &,) - Sello de la empresa / firma del responsable. Fecha:
8 Funciones y responsabilidades en Prevención de Riesgos Laborales. Las funciones y responsabilidades en materia de prevención de riesgos laborales expuestas a continuación, deben ser puestas en conocimiento de cada uno de los miembros de CONFECCIONES ROVIRA, S.L. por parte del empresario. Serán revisadas y actualizadas siempre que sea necesario. RESPONSABILIDADES DEL EMPRESARIO El artículo 14 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece el derecho a la protección frente a los riesgos laborales que los trabajadores poseen, derechos que debe proporcionar el empresario. Así, este artículo dice: 1. Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. El citado derecho supone la existencia de un correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales. Este deber de protección constituye, igualmente, un deber de las Administraciones públicas respecto del personal a su servicio. Los derechos de información, consulta y participación, formación en materia preventiva, paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente y vigilancia de su estado de salud, en los términos previstos en la presente Ley, forman parte del derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. 2. En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. A estos efectos, en el marco de sus responsabilidades, el empresario realizará la prevención de los riesgos laborales mediante la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, con las especialidades que se recogen en los artículos siguientes en materia de evaluación de riesgos, información, consulta y participación y formación de los trabajadores, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud, y mediante la constitución de una organización y de los medios necesarios en los términos establecidos en el capítulo IV de la presente Ley
9 El empresario desarrollará una acción permanente con el fin de perfeccionar los niveles de protección existentes y dispondrá lo necesario para la adaptación de las medidas de prevención señaladas en el párrafo anterior a las modificaciones que puedan experimentar las circunstancias que incidan en la realización del trabajo. 3. El empresario deberá cumplir las obligaciones establecidas en la normativa sobre prevención de riesgos laborales. 4. Las obligaciones de los trabajadores establecidas en esta Ley, la atribución de funciones en materia de protección y prevención a trabajadores o servicios de la empresa y el recurso al concierto con entidades especializadas para el desarrollo de actividades de prevención complementarán las acciones del empresario, sin que por ello le eximan del cumplimiento de su deber en esta materia, sin perjuicio de las acciones que pueda ejercitar, en su caso, contra cualquier otra persona. 5. El coste de las medidas relativas a la seguridad y la salud en el trabajo no deberá recaer en modo alguno sobre los trabajadores
10 FUNCIONES La función de CONFECCIONES ROVIRA, S.L. consistirá en llevar a cabo sus responsabilidades anteriormente expuestas. Las funciones de LOS TRABAJADORES (TRABAJADOR 1, TRABAJADOR 2, TRABAJADOR 3) se concretan en: Conocer y cumplir la normativa, procedimientos e instrucciones que afecten a su trabajo en particular a las medidas de prevención y protección. Aportar cualquier sugerencia o idea para la mejora de las actuaciones a realizar a través del procedimiento establecido para ello. Usar adecuadamente las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste. Velar, según sus posibilidades y mediante cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa de sus actos u omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del empresario. No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que ésta tenga lugar. Informar de inmediato a su director técnico, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores a través del procedimiento establecido para ello. Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. Mantener limpio y ordenado su entorno de trabajo, localizando los equipos y materiales en los lugares asignados
11 Cumplir las medidas preventivas e información contenida en la evaluación de riesgos, planificación de la actividad preventiva, plan de formación e información adicional facilitada por CONFECCIONES ROVIRA, S.L Procedimientos. Se define como procedimiento al conjunto de pasos escritos para llevar a cabo una actividad. Para la aplicación e implantación del Plan de Prevención de Riesgos Laborales en la empresa CONFECCIONES ROVIRA, S.L., se establecen los siguientes procedimientos, así como el registro que hay que realizar para evidenciar que se han realizado. La estructura de cada procedimiento será la siguiente: Objeto: el objetivo del procedimiento. Alcance: ámbito de aplicación del procedimiento. Documentación de referencia: normativa en base a la cual se elabora el procedimiento. Metodología: se indican los pasos a llevar a cabo para el desarrollo del procedimiento. Registro: documento que evidencia el cumplimiento del procedimiento. En cada procedimiento descrito a continuación se incluyen modelos de registro de los mismos. Responsable: GERENTE de su aplicación y registro. El responsable de cada procedimiento queda reflejado en el punto anterior sobre las responsabilidades del empresario. Las instrucciones de seguridad se redactarán para aquellos casos donde se precise detallar ciertos aspectos de los procedimientos de trabajo. Los procedimientos serán comunicados por el responsable en materia preventiva de CONFECCIONES ROVIRA, S.L. a cada uno de los miembros de la empresa para proceder de forma correcta en cada caso
12 PROCEDIMIENTOS, PROCESOS Y RECURSOS NECESARIOS. Éstos se incluyen en la Evaluación de Riesgo. Los procedimientos necesarios, así como los procesos a llevar a cabo para el control de los riesgos existentes en la empresa, se establecen en las medidas preventivas que se plantean para cada riesgo en el punto Evaluación de Riesgos. Los recursos necesarios, igualmente quedan establecidos en dichas medidas correctoras. En el caso de que estos recursos no sean los necesarios y/o los adecuados, se establecerán en la planificación preventiva para que se subsanen las deficiencias observadas. Se incluirán tanto los medios materiales como humanos
13 MEDIOS DE COORDINACIÓN. El Capítulo V, del R.D. 171/2004, establece la necesidad de llevar a cabo medios de coordinación cuando existan en un mismo centro de trabajo dos o más empresas concurrentes y teniéndolo en cuenta, CONFECCIONES ROVIRA, S.L. consideran tomar como dichos medios de coordinación: Intercambio de información
14 1.2. CONSULTA Y PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES
15 AMBITO Y OBJETO DE APLICACION La aparición de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/95) ha supuesto un nuevo enfoque de la seguridad y la salud en el trabajo, basado en potenciar las técnicas preventivas antes de llegar a la materialización de accidentes y enfermedades. Dentro de este nuevo enfoque, destaca el derecho de los trabajadores a ser consultados y a participar en el marco de todas las cuestiones que afecten a la seguridad y a la salud en el trabajo, por lo que el empresario deberá informar a los trabajadores de aquellas medidas relacionadas con la prevención de riesgos laborales. Con esta finalidad, CONFECCIONES ROVIRA, S.L. ha propuesto cartas y documentos modelos a fin de proceder a la consulta e información de los trabajadores y a facilitar su participación
16 1.3. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES
17 ÁMBITO Y OBJETO DE APLICACIÓN La ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece en su artículo 24 la necesidad de llevar a cabo una Coordinación de actividades empresariales. Concretamente dice: 1. Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A tal fin, establecerán los medios de coordinación que sean necesarios en cuanto a la protección y prevención de riesgos laborales y la información sobre los mismos a sus respectivos trabajadores, en los términos previstos en el apartado 1 del artículo 18 de esta Ley. 2. El empresario titular del centro de trabajo adoptará las medidas necesarias para que aquellos otros empresarios que desarrollen actividades en su centro de trabajo reciban la información y las instrucciones adecuadas, en relación con los riesgos existentes en el centro de trabajo y con las medidas de protección y prevención correspondientes, así como sobre las medidas de emergencia a aplicar, para su traslado a sus respectivos trabajadores. 3. Las empresas que contraten o subcontraten con otras la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad de aquéllas y que se desarrollen en sus propios centros de trabajo deberán vigilar el cumplimiento por dichos contratistas y subcontratistas de la normativa de prevención de riesgos laborales. 4. Las obligaciones consignadas en el último párrafo del apartado 1 del artículo 41 de esta Ley serán también de aplicación, respecto de las operaciones contratadas, en los supuestos en que los trabajadores de la empresa contratista o subcontratista no presten servicios en los centros de trabajo de la empresa principal, siempre que tales trabajadores deban operar con maquinaria, equipos, productos, materias primas o útiles proporcionados por la empresa principal. 5. Los deberes de cooperación y de información e instrucción recogidos en los apartados 1 y 2 serán de aplicación respecto de los trabajadores autónomos que desarrollen actividades en dichos centros de trabajo. 6. (Nuevo artículo, incluido por el artículo 3 de la Ley 54/2003) Las obligaciones previstas en este artículo serán desarrolladas reglamentariamente
18 CONTRATAS, SUBCONTRATAS, TRABAJADORES AUTÓNOMOS Y EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL La empresa CONFECCIONES ROVIRA, S.L. para dar cumplimiento al artículo 24 de la Ley 31/1995 y su posterior desarrollo en el R.D. 171/2004, solicita a las empresas y trabajadores autónomos, que trabajen en los centros de trabajo de la empresa, la siguiente documentación: DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR A LA CONTRATA POR LA SUBCONTRATA... a... de... de A efectos de lo establecido en el art. 24 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales, sobre la Coordinación de Actividades Empresariales, sobre las obligaciones de los contratistas y subcontratistas, la empresa CONFECCIONES ROVIRA S.L. con CIF B requiere a la empresa..., con CIF..., subcontratada por ella, la siguiente documentación: 1. Indicación de la modalidad de organización preventiva que tiene su empresa en cumplimiento del Art. 10 del R.D. 39/ Evaluación de riesgos, correspondiente a cada puesto de trabajo que ha de intervenir en el centro de trabajo. 3. Acreditación de los trabajadores que van a intervenir en el centro de trabajo y corriente de pago en la Seguridad Social (TC1 y TC2). 4. Certificado de aptitud del trabajador para el puesto que va a desarrollar (vigilancia de la salud, Art. 22 Ley 31/1.995). 5. Certificado de haber recibido la formación e información preventiva preceptiva (Art. 18 y 19 Ley 31/1.995). 6. En su momento, justificante de entrega de Equipos de protección individual entregados al trabajador (firmado por el trabajador). Conforme por la empresa subcontratada:
19 DOCUMENTO ACREDITATIVO DE HABER CUMPLIDO LAS OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN A OTRAS EMPRESAS Y TRABAJADORES AUTÓNOMOS SOBRE RIESGOS LABORALES EN EL CENTRO DE TRABAJO En..., a... de... de He recibido de la empresa CONFECCIONES ROVIRA, S.L. información sobre los riesgos laborales generales del centro de trabajo sito en......denominada Dicha información debe ser transmitida a todos los trabajadores que desarrollen actividades en el centro de trabajo mencionado. Conforme recibí: D.... D.N.I.... En calidad de... De la empresa... Firma:
Normativas: Art. 24 Ley 31/1995 de PRL y RD 171/2004 que lo desarrolla
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