MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE DESARROLLO Y ADMINISTRACION DE PERSONAL
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- Yolanda Carrizo Agüero
- hace 7 años
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1 PROCEDIMIENTO: 046 PROMOCION DE ASCENSO ESCALAFONARIO DE LOS SERVIDORES PUBLICOS GENERALES DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE MEXICO OBJETIVO: Establecer lineamientos que faciliten la relación entre quienes operan el Sistema Escalafonario y quienes son beneficiarios del mismo. NORMAS: 20301/ Se entiende por vacante definitiva aquella plaza presupuestal que queda sin titular por renuncia, término de nombramiento, rescisión de la relación laboral, pensión por jubilación de retiro por edad y tiempo de servicios, por retiro en edad avanzada o por inhabilitación total permanente, o muerte del servidor público / Toda plaza vacante definitiva o de nueva creación, deberá ser concursada. Si como resultado del concurso escalafonario la plaza se declara desierta, deberá ser cubierta por la dependencia, o el SUTEYM, según corresponda, previa evaluación del aspirante a ocuparla, la cual deberá ser realizada por el Instituto de Profesionalización de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México. Esta evaluación aplicará a todas aquellas plazas generales vacantes definitivas (niveles 1 al 23) / Es responsabilidad de las coordinaciones administrativas s de las dependencias, reportar las plazas de nueva creación y el total de sus vacantes definitivas a la Comisión Mixta de a través del Secretariado Técnico, haciendo mención de aquéllas que por excepciones previstas en la legislación vigente no sean susceptibles de ocuparse / Para la operación, control y seguimiento de los procesos escalafonarios de los servidores públicos; existe un órgano colegiado, constituido de conformidad a lo establecido en el artículo 110 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, al que se denomina: COMISIÓN MIXTA DE ESCALAFÓN. Los dictámenes que ésta emita, serán inapelables, salvo en los casos de inconformidad previstos en el Reglamento de / Es responsabilidad de las coordinaciones administrativas s, como órganos de apoyo de la Comisión Mixta de, elaborar y mantener actualizada la relación de servidores públicos que ocupan cada plaza contenida en el Registro Profesional de Carrera, las cuales serán revisadas y sancionadas por la Comisión Mixta de, a través del Secretariado Técnico / Los servidores públicos generales con nombramiento por tiempo indeterminado, tendrán derecho a participar en las promociones escalafonarias, cuando cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento de de los Servidores Públicos Generales del Poder Ejecutivo del Estado de México. FECHA DE EMISION: FECHA DE ACTUALIZACION: PAGINA: III/ ABRIL DE 2004 MAYO DE 2005 SUSTITUYE A: III/046-01
2 20301/ Todo servidor público que hubiese solicitado licencia para ocupar un cargo de confianza, los que hayan sido designados en comisión oficial a otra unidad administrativa del Poder Ejecutivo y quienes tengan licencia para ocupar un cargo de elección popular, quedan inhabilitados para concursar nuevamente por un puesto de nivel superior, hasta que se reintegre a su plaza y la desempeñe por un mínimo de 6 meses; constituyéndose dicho periodo como antigüedad en el puesto, con fines escalafonarios / En caso de que en la estructura escalafonaria de la unidad administrativa con nivel mínimo de jefatura de departamento, no contara con el puesto inmediato inferior al de la vacante definitiva, se podrán considerar para promoción de ascenso escalafonario a los servidores públicos que ocupen el segundo nivel inmediato inferior y en caso de no existir, hasta el tercer nivel inmediato inferior respetando el grupo y la rama correspondiente / Las coordinaciones administrativas s de las dependencias serán las responsables de difundir y fijar las convocatorias a concurso escalafonario en los centros de trabajo, en lugares visibles y concurridos por los servidores públicos; tales como: puertas de ingreso y lugar destinado al registro de asistencia, entre otros, adicionalmente se publica en la página electrónica del Gobierno del Estado de México / El servidor público conocerá de las vacantes que se produzcan al interior de su grupo y rama, únicamente a través de la Convocatoria que emita la Comisión Mixta de, para tal fin / Para inscribirse en un concurso escalafonario, el servidor público interesado o su representante autorizado, deberá presentar al Secretariado Técnico, a través de su coordinación administrativa, los documentos señalados en el artículo 69 del Reglamento de de los Servidores Públicos Generales del Poder Ejecutivo del Estado de México / En caso de que el servidor público considere conveniente nombrar un representante, deberá extenderle una carta poder simple, firmada por el otorgante y dos testigos / Para efectos del puntaje escalafonario, se considerarán las Constancias de Capacitación extendidas por el Gobierno del Estado de México y por otras instituciones educativas con reconocimiento y validez oficial / La antigüedad en el puesto se computará como efectiva, considerando el tiempo que haya venido desempeñando el servidor público la función. La antigüedad en el servicio se computará como efectiva considerando el tiempo de servicios prestados por el servidor público en las dependencias del Poder Ejecutivo del Estado en forma ininterrumpida, esté desempeñando comisión oficial en alguna dependencia del Poder Ejecutivo u ocupando un cargo o comisión sindical. FECHA DE EMISION: FECHA DE ACTUALIZACION: PAGINA: III/ ABRIL DE 2004 MAYO DE 2005 SUSTITUYE A: III/046-02
3 20301/ Para efectos del puntaje escalafonario, sólo se considerarán los deméritos en que hayan incurrido los servidores públicos en el último año previo a la fecha en que la Comisión Mixta de publique la Convocatoria a Concurso Escalafonario / Las coordinaciones administrativas s de las dependencias, serán responsables de remitir al Instituto de Profesionalización de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México, la información para la elaboración de los exámenes, para cada uno de los puestos adscritos a su dependencia / El Instituto de Profesionalización de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México concentrará los exámenes que se elaboren con la información proporcionada por las coordinaciones administrativas s, a fin de integrar baterías de exámenes, para cada puesto funcional / Los exámenes teórico prácticos, serán aplicados a todos los servidores públicos, cuya Cédula de Opción a Concurso Escalafonario, haya sido dictaminada favorablemente por el Secretariado Técnico / En los casos de concursos escalafonarios limitados a unidades y dependencias, corresponde a las coordinaciones administrativas s, aplicar los exámenes teórico prácticos que sean requeridos, de conformidad con las convocatorias, cuya calificación corresponde al Secretariado Técnico. Cuando el concurso sea abierto a todas las dependencias, el encargado de aplicar y calificar los exámenes, será el Secretariado Técnico / La calificación aprobatoria mínima para el examen teórico práctico, a que hace mención la fracción V del Artículo 54 del Reglamento de de los Servidores Públicos Generales del Poder Ejecutivo del Estado de México, será 6 puntos en una escala de 0 a / Cuando por alguna razón plenamente justificada, no se aplique el examen teórico - práctico, la dependencia dará aviso de inmediato a la Comisión Mixta de, a través del Secretariado Técnico, a fin de que éste resuelva al respecto / Los resultados de los concursos escalafonarios se darán a conocer en la fecha estipulada en la convocatoria, mediante boletines especiales que deberán ser elaborados por el Secretariado Técnico y enviados a las coordinaciones administrativas s para su reproducción y publicación, en el mismo lugar que ocupó la convocatoria correspondiente / Los servidores públicos dictaminados favorablemente para promoción de ascenso a una plaza de mayor nivel, deberán desempeñar el puesto al que ascendieron, durante un período mínimo de 6 meses, antes de que puedan concursar por un puesto de mayor nivel. FECHA DE EMISION: FECHA DE ACTUALIZACION: PAGINA: III/ ABRIL DE 2004 MAYO DE 2005 SUSTITUYE A: III/046-03
4 20301/ Cuando el servidor público dictaminado favorablemente no acepte el puesto, éste se dictaminará a favor del servidor público que haya obtenido el puntaje escalafonario inmediato inferior y que haya obtenido calificación mínima aprobatoria en el examen teórico práctico / En los casos que exista inconformidad, sobre el dictamen escalafonario favorable de alguna plaza, el movimiento escalafonario quedará en suspenso, hasta en tanto la Comisión Mixta de emita la resolución de la inconformidad / Es responsabilidad de las coordinaciones administrativas s de las dependencias, respetar la condición de sindicalizado o no, de aquellos servidores públicos que obtuvieron un ingreso o una promoción escalafonaria, de manera que se continúe aplicando los descuentos respectivos a los sindicalizados / El Instituto de Profesionalización de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México, comunicará mediante oficio a la Dirección General de Administración de Personal, la aprobación de los candidatos evaluados / Cuando un servidor público adscrito al Instituto de Profesionalización de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México, solicite concursar por una plaza vacante convocada; la coordinación administrativa correspondiente a la vacante será la responsable de elaborar, aplicar y calificar el examen de conocimientos teórico-prácticos; enviando los resultados al Secretariado Técnico, para que éste a su vez, integre el puntaje escalafonario. AUTORIZA Lic. Marcela Velasco González Subsecretaria de Administración C. Ramón Arturo García López Secretario General del SUTEYM FECHA DE EMISION: FECHA DE ACTUALIZACION: PAGINA: III/ ABRIL DE 2004 MAYO DE 2005 SUSTITUYE A: III/046-04
5 PROCEDIMIENTO: 046 PROMOCION DE ASCENSO ESCALAFONARIO DE LOS SERVIDORES PUBLICOS GENERALES DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE MEXICO DESCRIPCION 1 Coordinación Administrativa Tiene conocimiento de una plaza general operativa vacante definitiva o de nueva creación en las unidades administrativas de la Secretaría y elabora formato de convocatoria a concurso escalafonario de la Secretaría, para concurso por dependencia y lo informa por escrito y/o por medio magnético a la Comisión Mixta de a través del Secretariado Técnico, en original y una copia que le será sellada de recibido para su archivo. 2 Secretariado Técnico Recibe original del formato Convocatoria a Concurso Escalafonario de la Secretaría, revisa el proyecto de convocatoria y si presenta alguna observación, envía formato de convocatoria a la coordinación administrativa, para su corrección y una vez corregido, lo presenta a la Comisión Mixta de para su autorización. 3 Coordinación Administrativa Recibe formato de convocatoria con observaciones correspondientes, corrige y envía al Secretariado Técnico. 4 Secretariado Técnico Recibe formato de convocatoria corregido y lo presenta a la Comisión Mixta de para su autorización. 5 Comisión Mixta de Recibe original de formato Convocatoria a Concurso Escalafonario de la Secretaría, revisa y aprueba su expedición y lo turna al Secretariado Técnico para su publicación. 6 Secretariado Técnico Recibe convocatoria y turna a la coordinación administrativa o equivalente, para su publicación, adicionalmente envía a la Dirección General del Sistema Estatal de Informática para su inclusión en la página electrónica del Gobierno del Estado de México. 7 Coordinación Administrativa Recibe convocatoria, reproduce, difunde y promueve en los centros de trabajo de la Secretaría. 8 Servidor Público Se entera y acude a la coordinación administrativa, o en su caso a la Secretaría de del SUTEYM y solicita orientación y formato Cédula de Opción a Concurso Escalafonario (IP-SEP-FO-0103). 9 Coordinación Administrativa y Secretaría de del SUTEyM Proporciona información a los servidores públicos sobre sus deberes y derechos escalafonarios y entrega formato Cédula de Opción a Concurso Escalafonario. FECHA DE EMISION: FECHA DE ACTUALIZACION: PAGINA: III/ ABRIL DE SUSTITUYE A:
6 10 Servidor Público Requisita Cédula de Opción a Concurso Escalafonario y entrega a la coordinación administrativa, junto con la siguiente documentación en original y dos copias: El último talón de cheque de nómina o constancia de percepciones y deducciones de la quincena anterior a la fecha de la convocatoria; Certificado, acta de examen profesional, cédula o titulo profesional que acredite los grados académicos obtenidos; constancias de haber participado en cursos, talleres, seminarios, jornadas de actualización, diplomados o especializaciones; Formato de resultados de evaluación de desempeño de los dos años anteriores a la convocatoria; Comprobante de antigüedad en el puesto o Formato Único de Movimientos de Personal, correspondiente al puesto que tiene asignado; y Gafete credencial del Gobierno del Estado de México. 11 Coordinación Administrativa Recibe Cédula de Opción a Concurso Escalafonario junto con la documentación original y dos copias, coteja los documentos, regresa originales al servidor público, así como una copia de la cédula sellada de recibido; turna al Secretariado Técnico Cédula de Opción a Concurso Escalafonario en original requisitada y una copia de la documentación y de la Cédula de Opción a Concurso Escalafonario. 12 Servidor Público Recibe documentación original y espera la notificación de la Comisión Mixta de a través del Secretariado Técnico. 13 Secretariado Técnico Recibe Cédula de Opción a Concurso Escalafonario, analiza y requisita Constancia de Recepción de Documentos y Opinión sobre Puntaje Escalafonario (IP-SEP-FO-0104). Envía a la coordinación administrativa para su notificación a los servidores públicos. Asimismo, solicita elaboración de exámenes para su aplicación en el concurso escalafonario al titular de la Subdirección de Evaluación de Personal. 14 Coordinación Administrativa Recibe dictamen de constancia de recepción de documentos y opinión sobre puntaje escalafonario de Cédulas de Opción a Concurso Escalafonario y notifica al servidor público. Archiva temporalmente la Cédula. 15 Servidor Público Recibe Constancia de Recepción de Documentos y Opinión sobre Puntaje Escalafonario, se entera; si el dictamen es negativo, da por concluido su trámite; si el dictamen es positivo, se conecta con la operación No Subdirección de Evaluación de Personal Recibe solicitud de elaboración de exámenes para su aplicación en el concurso escalafonario y envía exámenes al Secretariado Técnico. FECHA DE EMISION: FECHA DE ACTUALIZACION: PAGINA: III/ ABRIL DE SUSTITUYE A:
7 17 Secretariado Técnico Recibe, folia y personaliza exámenes y elabora acta de aplicación de examen escalafonario (IP-SEP-FO-0105) y envía a la coordinación administrativa, para su respectiva aplicación. 18 Coordinación Administrativa Recibe exámenes foliados y personalizados, y en fecha y hora señalada en la convocatoria los aplica a los servidores públicos en presencia de un representante sindical. 19 Servidor Público En fecha y hora señalada en la convocatoria se presenta a su examen debiendo identificarse con cualquiera de los siguientes documentos: Gafete credencial de servidor público, Credencial para votar. Cartilla del Servicio Militar Nacional, en su caso, o Pasaporte; contesta, entrega y firma el acta de aplicación del mismo. 20 Coordinación Administrativa ) o Secretariado Técnico Recibe exámenes y requisita acta de aplicación de examen escalafonario y turna al Secretariado Técnico. 21 Secretariado Técnico Recibe exámenes del concurso, califica y asienta calificación en formato de constancia de recepción de documento y opinión sobre puntaje escalafonario, obtiene puntaje final, analiza y elabora propuesta de dictamen final y resultados de concurso escalafonario, turna a la Comisión Mixta de para su análisis y en su caso su aprobación. Archiva los exámenes. 22 Comisión Mixta de Recibe propuesta de dictámenes y resultados de concurso escalafonario para su aprobación, sanciona y devuelve al Secretariado Técnico. 23 Secretariado Técnico Recibe dictámenes y resultados de concurso escalafonario para su publicación y turna a las coordinaciones administrativas s. 24 Coordinación Administrativa Recibe dictámenes que entrega a los servidores públicos acreedores, publica resultados y aplica movimiento en el SIIP. 25 Servidor Público Recibe dictamen, se entera del resultado y determina. 26 Servidor Público Si el resultado es negativo, presenta su inconformidad por escrito dirigida al presidente de la Comisión Mixta de a través del Secretariado Técnico, en un plazo no mayor a 15 días naturales posteriores a la publicación de los resultados. 27 Secretariado Técnico Recibe y analiza el escrito que contiene la inconformidad, elabora estudio y presenta a la Comisión Mixta de para su resolución. Archiva escrito para su control. 28 Comisión Mixta de Recibe y analiza estudio sobre la inconformidad presentada y emite resolución en un plazo no mayor a 30 días naturales, partiendo de la fecha de recepción de la inconformidad, y lo envía al Secretariado Técnico. FECHA DE EMISION: FECHA DE ACTUALIZACION: PAGINA: III/ ABRIL DE SUSTITUYE A: III/
8 29 Secretariado Técnico Recibe resolución de la inconformidad e informa al servidor público. 30 Servidor Público Recibe resolución y se entera de su contenido. 31 Servidor Público En caso de no ser favorable da por concluido el trámite. 32 Servidor Público Si la resolución es favorable elabora y entrega escrito de aceptación o no aceptación a la coordinación administrativa en un plazo de 8 días hábiles. 33 Coordinación Administrativa Recibe escrito de aceptación o no aceptación del servidor público y lleva a cabo los trámites administrativos para dar cumplimiento a la promoción de ascenso o no, según corresponda y envía escrito de aceptación al Secretariado Técnico. 34 Secretariado Técnico Recibe escrito de aceptación de dictamen y verifica. 35 Secretariado Técnico Si el dictamen es de aceptación archiva para su control. 36 Secretariado Técnico Verifica que existen candidatos. 37 Secretariado Técnico Propone ante la Comisión Mixta de al servidor público que obtuvo el segundo lugar y se conecta con la operación No Secretariado Técnico Informa a la Comisión Mixta de. 39 Comisión Mixta de De no existir interesados en optar por los puestos, o bien cuando ninguno de los servidores públicos que lo hayan hecho satisfagan los requisitos básicos de los mismos; la Comisión Mixta de declarará desiertas las vacantes y convocará a concurso abierto a todas las dependencias, instruyendo para ello al Secretariado Técnico. 40 Secretariado Técnico Elabora convocatoria y envía a las coordinaciones administrativas o equivalentes para su publicación, adicionalmente envía a la Dirección General del Sistema Estatal de Informática para su inclusión en la página electrónica del Gobierno del Estado de México. 41 Coordinación Administrativa Recibe convocatoria, reproduce, difunde y promueve en los centros de trabajo de la Secretaría y se conecta con la operación No Comisión Mixta de De no existir interesados en optar por lo puestos, o bien cuando ninguno de los servidores públicos que lo hayan hecho satisfagan los requisitos básicos de los mismos; la Comisión Mixta de declarará desiertas las vacantes y por acuerdo resolverá sobre las mismas. PLAZAS DECLARADAS DESIERTAS O DE PIE DE RAMA 1 Coordinación Administrativa y SUTEYM Reportan al Instituto de Profesionalización de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México, las plazas declaradas desiertas o de pie de rama y presentan candidatos. FECHA DE EMISION: FECHA DE ACTUALIZACION: PAGINA: III/ ABRIL DE SUSTITUYE A: III/
9 2 Instituto de Profesionalización de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México 3 Coordinación Administrativa y SUTEYM 4 Coordinación Administrativa y SUTEYM 5 Coordinación Administrativa y SUTEYM 6 Instituto de Profesionalización de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México 7 Coordinación Administrativa 8 Instituto de Profesionalización de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México 9 Dirección General de Administración de Personal 10 Coordinación Administrativa Evalúa y emite reporte de resultados a la coordinación administrativa o equivalente o al SUTEYM, según corresponda. Recibe reporte y verifica. Si es positivo, espera oficio de autorización de cobertura de plaza por parte de la Dirección General de Administración de Personal, para dar de alta al candidato. Se conecta con la operación No. 10. Si es negativo, presentará consecutivamente al siguiente candidato hasta un máximo de tres. En el caso de que para alguna vacante ya se hayan presentado los tres candidatos propuestos por las dependencias o el SUTEYM y no hubiesen obtenido una evaluación con resultado satisfactorio, presentará a la dependencia tres candidatos viables a fin de que decida al idóneo para cubrir la vacante. Comunica su decisión al Instituto de Profesionalización de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México y solicita se tramite ante la Dirección General de Administración de Personal, la autorización para dar de alta al candidato. Elabora oficio de aprobación del candidato y solicitud de cobertura de plaza a la Dirección General de Administración de Personal. Recibe oficio del personal evaluado, elabora oficio de autorización de cobertura de plazas y envía a la coordinación administrativa o equivalente. Recibe oficio de autorización de cobertura de plazas. Se conecta con el procedimiento 021 Alta de servidores públicos generales y de confianza. FECHA DE EMISION: FECHA DE ACTUALIZACION: PAGINA: III/ ABRIL DE SUSTITUYE A: III/
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