QUÉ LES DIFERENCIA DE UN CONTRATO EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCION?
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- Eva María Álvarez Olivera
- hace 7 años
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2 QUÉ ES? Es un tipo de contrato indefinido que se acuerda para realizar trabajos que tengan el carácter de fijos discontinuos y NO se repitan en fechas ciertas, dentro del volumen normal de actividad de la empresa. El aspecto determinante de este tipo de contratos es la imprevisibilidad para determinar la fecha de realización de los trabajos, ya que trabajos discontinuos que se repitan en fechas ciertas les será de aplicación la regulación del contrato a tiempo parcial celebrado por tiempo indefinido. QUÉ LES DIFERENCIA DE UN CONTRATO EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCION? Se distinguen de los contratos eventuales por necesidades de la producción en que en estos últimos el incremento de trabajo es de carácter extraordinario y no responden a necesidades periódicas. QÚE FORMA DEBE TENER EL CONTRATO? Se deberá formalizar necesariamente por escrito en el modelo oficial establecido por el Servicio Público de Empleo Estatal y en el que deberá figurar: Duración estimada de la actividad. Forma y orden de llamamiento que establezca el convenio colectivo aplicable. Jornada laboral estimada y su distribución horaria. Si el contrato no se realiza por escrito se presumirá que la jornada es completa, salvo que la empresa acredite que el contrato era tiempo parcial.... 3
3 CUÁL ES LA JORNADA DE TRABAJO EN UN CONTRATO FIJO- DISCONTINUO? En los contratos para trabajos fijos-discontinuos de inicio y duración incierta la fijación del número de horas ordinarias de trabajo al día, a la semana, al mes o al año será sustituida por una indicación sobre la duración estimada de la actividad. Asimismo, se hará constar de manera orientativa la jornada laboral estimada y su distribución horaria. Sólo se podrá pactar la realización de horas complementarias cuando los trabajadores, dentro del período de actividad, realicen una jornada reducida respecto de los trabajadores a tiempo completo. CÓMO SE ABONA EL SALARIO DE UN TRABAJADOR FIJO- DISCONTINUO? El trabajador fijo-discontinuo percibirá exactamente los mismos conceptos retributivos que se contemplen en el Convenio Colectivo para sus compañeros con contrato indefinido. El salario de un trabajador fijo-discontinuo dependerá de las horas efectivamente trabajadas. Las horas complementarias de un trabajador fijo-discontinuo se abonarán al mismo precio que las horas ordinarias y se tendrán en cuenta para las cotizaciones, tanto de Seguridad Social como desempleo. 4
4 CUÁNDO TIENE EL TRABAJADOR FIJO DISCONTINUO QUE REINCORPORARSE EN LA EMPRESA?: EL LLAMAMIENTO El reingreso del trabajador fijo-discontinuo en la empresa será a través de lo que se conoce como el llamamiento. Se trata de un procedimiento para reincorporarse a su puesto de trabajo que se regula en el convenio colectivo de aplicación, normalmente en los mismos meses del año (que no día exacto). QUÉ PASA SI LA EMPRESA NO REALIZA EL LLAMAMIENTO? Si llegado el momento de del llamamiento, la empresa no se ha puesto en contacto con el trabajador para que se reincorpore a prestar servicios, se entenderá que la empresa le ha despedido. El trabajador fijo-discontinuo podrá presentar una papeleta de conciliación por despido improcedente ante el incumplimiento del empleador, siempre dentro de los 20 días siguientes de tener conocimiento de la falta del llamamiento. CÓMO COTIZA UN TRABAJADOR FIJO-DISCONTINUO? El trabajador fijo-discontinuo cotizará a la Seguridad Social en las mismas condiciones que un trabajador indefinido, es decir, para las contingencias de enfermedad común, incapacidad y jubilación; así como, por desempleo. La base de cotización a la Seguridad Social y de las aportaciones que se recaudan conjuntamente con las cuotas de aquélla será siempre mensual y estará constituida por las retribuciones efectivamente percibidas en función de las horas trabajadas, tanto ordinarias como complementarias. La base de cotización así determinada no podrá ser inferior a las cantidades que reglamentariamente se determinen. 5
5 Las horas complementarias cotizarán a la Seguridad Social sobre las mismas bases y tipos que las horas ordinarias. CÓMO SE CALCULAN LOS PERIODOS DE COTIZACIÓN? A efectos de cómputo de los períodos a considerar en la fijación de los importes de las bases reguladoras de prestaciones y de períodos de carencia, así como, en su caso, para la determinación del porcentaje a aplicar para el cálculo de la cuantía de la pensión de jubilación, a cada día o porción de día efectivo de trabajo se añadirá la parte proporcional de los días de vacaciones, festivos no recuperables y de descanso semanal que, en cada caso, corresponda y por los que asimismo se haya cotizada. A dicho fin, cada día de trabajo se considerará como 1,33 días de cotización cuando la actividad se desarrolle en jornada laboral, de lunes a sábado, y como 1,61 días de cotización cuando la actividad se realice en jornada de lunes a viernes (de aplicación a los trabajadores de empresas dedicadas a las actividades de manipulación, envasado y comercialización de frutas y hortalizas y de fabricación de conservas vegetales). CUÁNDO PUEDE COBRAR EL PARO UN TRABAJADOR FIJO- DISCONTINUO? Los trabajadores fijos-discontinuos tienen derecho a las ayudas para desempleados. Sin embargo, al ser un contrato con particularidades, cuenta con una normativa y requisitos propios. 6
6 COMARCA DE PAMPLONA Avda. Zaragoza, 12 bajo Pamplona Teléfono: Fax: COMARCA DE TUDELA Plaza Cuesta de la Estación, Tudela Teléfono: Fax: COMARCA DE ESTELLA C/ Dr. Huarte de San Juan, s/n Estella Teléfono: Fax: facebook.com/ugtnavarra twitter.com/ugtnavarra COMARCA DE TAFALLA Paseo Padre Calatayud, Tafalla Teléfono: Fax: COMARCA DE BARRANCA - BURUNDA C/ Erkuden, Alsasua Teléfono: Fax: ucalsasua@navarra.ugt.org COMARCA DE AOIZ - SANGÜESA C/ Las Torres, Sangüesa Teléfono y fax: E- mail: ucaoiz@navarra.ugt.org COMARCA DE BAZTAN - BIDASOA C/ San Esteban, Bera / Vera de Bidasoa Teléfono y fax: ucbera@navarra.ugt.org
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