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1 Todo el conocimiento a un click Junio de 2014 Las líneas maestras de la reforma del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre la Renta de No Residentes y Otras Normas Tributarias. El día 23 de junio el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas remite el Anteproyecto de Ley por la que se modifican la Ley del IRPF, del IRNR y Otras Normas Tributarias para trámite de información pública, cuyo plazo finalizará el próximo 7 de julio. Transcurrido este plazo y tras la discusión parlamentarias se aprobará la norma en su versión definitiva. La reforma del IRPF planteada, si bien mantiene la estructura básica del Impuesto introduce modificaciones de calado, entre las que, sin perjuicio del análisis más detallado efectuado más adelante, destacamos la limitación del importe de la indemnización por despido exenta, en principio, para despidos posteriores a 20 de junio de 2014, la supresión de los denominados coeficientes de abatimiento y de corrección monetaria, la nueva regulación de las reducciones por rentas irregulares o la eliminación de la exención de dividendos. Por contra, se elevan los importes del mínimo personal y por descendientes y ascendientes, así como para discapacitados. Se introduce también una deducción en la cuota diferencia para contribuyentes que trabajen fuera del hogar y formen parte de una familia numerosa o tengan ascendientes o descendientes con discapacidad a su cargo, siendo compatible con la actual deducción por maternidad. Se establece una nuevas tarifa general con cinco tramos y con tipos marginales más reducidos. En cuanto a la tarifa del ahorro se mantiene la progresividad si bien con tipos más reducidos. En el ámbito del IRNR destaca la reducción de los tipos impositivos. Así, las rentas obtenidas sin mediación de EP pasan a tributar al 24% (antes 24,75%). Para los residentes en otros Estados miembros de la UE, el tipo será del 20% en 2015 y del 19% a partir de Los intereses, dividendos y cánones tributarán al 20% en 2015 y al 19% desde Para las rentas obtenidas a través de un EP, con carácter general, el tipo será del 28% en 2015 y del 25% desde Finalmente se modifican otras normas tributarias como la Ley de Plantes y Fondos de Pensiones, la Ley de Medidas para la prevención del Fraude Fiscal y la Ley de Haciendas Locales.

2 Ganancias patrimoniales Base imponible del ahorro Tarifas Rendimientos del capital mobiliario Rendimiento del capital inmobiliario Base imponible general Rendimientos del trabajo Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Las indemnizaciones por despido están exentas de gravamen en la cuantía establecida con carácter obligatorio en la normativa laboral. Bajo determinadas condiciones, las entregas gratuitas de acciones a los trabajadores no tienen la consideración de rendimientos del trabajo en especie hasta un importe de El importe de la indemnización por despido exenta es de por cada año de servicio prestado. De conformidad con el anteproyecto, esta limitación resultará aplicable para todas las indemnizaciones relativas a despidos producidos a partir de 20 de junio de La limitación no será de aplicación cuando la indemnización se pague bajo la nueva normativa pero proceda de un despido anterior a 20 de junio de 2014 o corresponda a despidos derivados de un expediente de regulación de empleo aprobado, o un despido colectivo comunicado con anterioridad a dicha fecha. La entrega de acciones a los trabajadores tributa íntegramente. Existe una reducción general por obtención de rendimientos del trabajo dependiente del nivel de renta que oscila entre y Se minora y limita la reducción general por obtención de rendimientos del trabajo a rendimientos inferiores a Se introduce una deducción en concepto de otros gastos por cuantía de que se incrementa para los casos de aceptación de puesto de trabajo en otro municipio o trabajadores con discapacidad. Los rendimientos netos procedentes de arrendamientos de bienes inmuebles destinados a vivienda se reducen en un 60% (dicha reducción puede llegar a alcanzar un 100% bajo determinadas circunstancias). Los renidmientos netos procedentes de arrendamientos de bienes inmuebles destinados a vivienda se reducen en un 50%. Con carácter general, las reducciones de capital con la finalidad de devolver aportaciones minoran el valor de adquisición de los valores hasta su anulación y el exceso tiene la consideración de rendimiento del capital mobiliario. Con carácter general, los dividendos y participaciones en beneficios están exentos de tributación con el límite de Existen 7 tramos de renta con tipos marginales que oscilan entre el 24 y 45% (incrementados hasta el 24,75% y 52% durante los años 2012, 2013 y 2014). Las reducciones de capital social con devolución de aportaciones y el reparto de la prima de emisión es objeto de tributación en la parte de las mismas correspondiente a reservas generadas durante el tiempo de tenencia como rendimiento del capital mobiliario. Los dividendos tributan íntegramente. Se crea un nuevo instrumento de inversión, el Plan de Ahorro a Largo Plazo, cuyos rendimientos quedan exentos si se canalizan a través de depósitos o seguros de vida, con aportaciones inferiores a y plazos superior a cinco años. Existen 5 tramos de renta con tipos marginales que oscilan entre el 20% y 47% para el 2015 y 19% y 45% a partir del La venta de los derechos de suscripción preferente minora el coste de adquisición de las participaciones de las que proceden La venta de derechos de suscripción preferente tributará como ganancia patrimonial del ejercicio. Las plusvalías asociadas a las daciones en pago son objeto de gravamen. Posible ganancia derivada de la dación en pago de la vivienda habitual a favor de entidades financieras está exenta de tributación. Las plusvalías asociadas a elementos patrimoniales adquiridos con anterioridad al 31 de diciembre del 1994 eran objeto de reducción en función de su naturaleza y antigüedad. Las plusvalías asociadas a la enajenación de bienes inmuebles se reducen en función de unos coeficientes destinados a corregir el efecto de la inflación (coeficientes de corrección monetaria). Quedan definitivamente suprimidos las reducciones para los elementos patrimoniales adquiridos antes del 31 de diciembre de Se suprime la aplicación los coeficientes de corrección monetaria. En caso de cambio de residencia fiscal al extranjero se anticipa con carácter general la tributación de las ganancias latentes en acciones o participaciones en entidades o instituciones de inversión colectiva cualificadas por su valor (4 millones ) o por el porcentaje de participación (25% a partir de 1 millón ). Posibilidad de aplazar el pago en caso de residencia en la UE.

3 Regímenes especiales Reducciones y deducciones Integración y compensación de rentas Rentas irregulares Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Las rentas obtenidas en un período de tiempo superior a dos años o calificadas como notoriamente irregulares tienen una reducción del 40% con determinadas limitaciones Las rentas obtenidas en un período de tiempo superior a dos años o calificadas como notoriamente irregulares tienen una reducción del 30% con determinadas limitaciones Las rentas integradas en la base imponible del ahorro tributan a un tipo marginal que oscila entre el 19% y el 21% (incrementados hasta el 21% y 27% durante los años 2012, 2013 y 2014). No obstante las ganancias y pérdidas patrimoniales con un período de generación inferior al año o aquellas que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales se integran en la base imponible general. Las rentas integradas en la base imponible del ahorro tributan a un tipo marginal que oscila entre el 20 y el 24% para el 2015 y el 19% y el 23% a partir del Las ganancias y pérdidas patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de elementos patrimoniales se integran en la base imponible del ahorro con independencia de su período de generación. Las pérdidas patrimoniales incluidas en la base imponible del ahorro no son compensables con los rendimientos del capital mobiliario. Las pérdidas patrimoniales incluidas en la base imponible del ahorro son compensables con los rendimientos del capital mobiliario con el límite del 25% de dichos rendimientos netos y viceversa. Con carácter general, las aportaciones a sistemas de previsión social reducen la base imponible hasta un importe de Dicho importe era de en el caso de las aportaciones a favor del cónyuge. Con carácter general, las aportaciones a sistemas de previsión social reducen la base imponible hasta un importe de Dicho importe era de en el caso de las aportaciones a favor del cónyuge. Bajo determinados supuestos, lo importes satisfechos como consecuencia del arrendamiento de la vivienda habitual generaban una deducción. El régimen de transparencia fiscal internacional es aplicable, con carácter general, exclusivamente a rentas pasivas o procedentes de actividades financieras y de servicios con personas o entidades residentes en España. No es de aplicación en relación con participaciones en entidades residentes en la UE. No resulta de aplicación el régimen fiscal especial aplicable a trabajadores desplazados a territorio español, entre otros supuestos, cuando las retribuciones derivadas del contrato de trabajo superan la cuantía de anuales. La cuota íntegra se determina con arreglo a las normas del Impuesto sobre la Renta de No residentes. Se eleva el importe del mínimo personal así como el correspondiente a los ascendientes y descendientes, así como en los supuestos de discapacidad. Los contribuyentes que trabajen fuera del hogar y tengan ascendientes o descendientes con discapacidad a su cargo, o formen parte de una familia numerosa, podrán practicar una deducción en la cuota diferencial de por cada una de dichas situaciones, siendo compatible con la actual deducción por maternidad. Se suprime la deducción por arrendamiento de la vivienda habitual para contratos posteriores a El régimen de transparencia fiscal internacional se extiende a las rentas derivadas de la cesión o transmisión de bienes o derechos o la prestación de servicios cuando la entidad participada no disponga de medios materiales y personales. La no aplicación respecto a entidades residentes en la UE se condiciona a la acreditación de motivos económicos válidos. El régimen fiscal especial aplicable a trabajadores desplazados a territorio español es susceptible de aplicación independientemente de las retribuciones del mismo. En el caso de rentas del trabajo se aplica un tipo de gravamen del 24% hasta y un 45% para los importes que excedan de dicha cifra. A los dividendos, intereses y ganancias patrimoniales se aplicará una tarifa que oscila entre el 19% y el 23% (para rendimientos superiores a ).

4 EP. Atribución de beneficios Normas antiabuso Regímenes especiales Base imponible Tipos de gravamen Impuesto sobre la Renta de No Residentes El tipo de gravamen general para las rentas obtenidas en España por no residentes sin establecimiento permanente es del 24,75%. El tipo de gravamen general para las rentas obtenidas en España por no residentes sin establecimiento permanente es del 24%. Para los residentes en otros Estados miembros de la Unión Europea o en otros Estados miembros del Espacio Económico Europeo con los que exista un efectivo intercambio de información tributaria, el tipo será del 20% en 2015 y del 19% a partir de El tipo de gravamen aplicable a intereses, dividendos y cánones obtenidos por no residentes sin EP es del 21%. El tipo de gravamen aplicable a intereses, dividendos y cánones obtenidos por no residentes sin EP es del 20% en 2015 y del 19% a partir de El tipo del gravamen complementario, exigible, con excepciones, cuando las rentas obtenidas por EP en España de entidades no residentes se transfieran al extranjero es del 21%. El tipo de gravamen aplicable a las rentas obtenidas por no residentes a través de un EP en España es, con carácter general, del 30%. El tipo de gravamen aplicable a las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero que realicen una actividad económica en España es del 30%. El tipo del gravamen complementario, exigible, con excepciones, cuando las rentas obtenidas por EP en España de entidades no residentes se transfieran al extranjero es del 20% en 2015 y del 19% a partir de El tipo de gravamen aplicable a las rentas obtenidas por no residentes a través de un EP en España es, con carácter general, del 28% en 2015 y del 25% a partir de El tipo de gravamen aplicable a las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero que realicen una actividad económica en España es del 25%. Los dividendos percibidos por residentes en otro Estado miembro de la UE o en países con los que exista un efectivo intercambio de información Los dividendos percibidos por no residentes sin EP están sujetos y no exentos tributaria sin mediación de EP están exentos del IRNR hasta en su totalidad. euros. Para la determinación de su base imponible, los contribuyentes sin establecimiento permanente residentes en otros Estados miembros de la Unión Europea se podrán deducir los gastos previstos en la normativa del IRPF, sin que la norma distinga entre aquellos contribuyentes que son personas físicas y los que son personas jurídicas. Para la determinación de la base imponible se distingue, para los contribuyentes sin establecimiento permanente residentes en otros Estados miembros, entre personas físicas y jurídicas, estableciendo, para cada uno de estos supuestos, los gastos deducibles, por remisión a las normativas del IRPF y del IS respectivamente. Sólo los contribuyentes que sean residentes en territorio español en el ejercicio en que se transmita su vivienda habitual pueden beneficiarse de la exención por reinversión en otra vivienda. Los contribuyentes residentes en otro Estado miembro de la UE o en un Estado miembro del Espacio Económico Europeo con el que exista un efectivo intercambio de información tributaria también podrán beneficiarse de la exención por reinversión en vivienda habitual por la transmisión de la que hubiera sido su vivienda habitual en España. Las personas físicas residentes en otros Estados miembros podrán optar por tributar como contribuyentes del IRPF cuando durante el ejercicio hayan obtenido en España por rendimientos del trabajo y de las actividades Las personas físicas residentes en otros Estados miembros podrán económicas, como mínimo, el 75% de la totalidad de su renta, siempre que la optar por tributar como contribuyentes del IRPF cuando durante misma haya tributado efectivamente durante el período por el IRNR. el ejercicio hayan obtenido en España por rendimientos del También podrán ejercitar esta opción cuando la renta obtenida trabajo y de las actividades económicas, como mínimo, el 75% de durante el ejercicio en España haya sido inferior al 90% del mínimo la totalidad de su renta, siempre que la misma haya tributado personal y familiar que le hubiese correspondido de haber sido efectivamente durante el período por el IRNR. residente en España y siempre que la renta haya tributado efectivamente durante el período por el IRNR. Se amplía la opción por tributar como contribuyente del IRPF a los residentes en otros Estados del Espacio Económico Europeo con los que exista un efectivo intercambio de información tributaria. Los cánones satisfechos por una sociedad residente en España a una sociedad asociada residente en otro Estado miembro están exentos si se cumplen determinados requisitos. Los dividendos satisfechos por una sociedad residente en España a su matriz residente en otro Estado miembro están exentos si se cumplen determinados requisitos. La exención aplicable a los cánones satisfechos a empresas asociadas residentes en otros Estados miembros se condiciona a que quien reciba tales pagos lo haga en su propio beneficio y no como intermediaria o agente autorizado, con reglas especiales para los EP. Si la mayoría de derechos de voto de la sociedad perceptora se posee, directa o indirectamente, por personas físicas o jurídicas que no residan en la UE, la exención se condiciona a que la constitución y operativa responda a motivos económicos válidos y razones empresariales sustantivas distintas de la gestión de valores o activos. La exención relativa a la distribución de beneficios por sociedades filiales residentes a sus matrices residentes en otros Estados miembros no será de aplicación cuando la mayoría de derechos de voto de la sociedad matriz se posea, directa o indirectamente, por personas físicas o jurídicas que no residan en la UE, salvo que la constitución y operativa de aquella responda a motivos económicos válidos y razones empresariales sustantivas distintas de la gestión de valores o activos. Se regulan los gastos estimados y rendimientos imputados por operaciones internas de un EP en aquellos casos en los que sea de aplicación un Convenio para evitar la doble imposición que permita, a efectos de determinar la renta del EP, deducir los gastos estimados por operaciones internas realizadas con su casa central o con alguno de sus EP situados fuera de territorio español.

5 Ley Reguladora de las Haciendas Locales Ley de Medidas para la prevención del fraude fiscal Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones Otras disposiciones El total de las aportaciones y contribuciones empresariales anuales máximas a los planes de pensiones regulados en la Ley no podrá exceder de No obstante, en el caso de partícipes mayores de 50 años la cuantía anterior será de El total de las aportaciones y contribuciones empresariales anuales máximas a los planes de pensiones regulados en la Ley no podrá exceder de Dejarán de tener la consideración de paraíso fiscal aquellos países o territorios que firmen con España un convenio para evitar la doble imposición internacional con cláusula de intercambio de información o un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria en el que expresamente se establezca que dejan de tener dicha consideración, desde el momento en que estos convenios o acuerdos se apliquen. Los criterios a considerar para que un determinado país o jurisdicción tenga la consideración de paraíso fiscal incluyen tanto la existencia de un intercambio de información efectivo como los resultados de las evaluaciones inter pares realizados por el Foro Global de Transparencia e Intercambio de Información. La lista de paraísos se regulará reglamentariamente y se prevé de manera expresa la posibilidad de su actualización. Las transmisiones de viviendas tributan en el Impuesto municipal sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Están exentas del Impuesto municipal sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana las transmisiones realizadas con ocasión de la dación en pago de la vivienda habitual para cancelación de deudas hipotecarias contraídas con entidades financieras, así como en los supuestos de ejecuciones hipotecarias judiciales o notariales de las referidas viviendas.

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