Po lít ica de acompañamiento al desempeño académico. DI_PT_003_10_ V01_2014_Po lítica de acompañamiento al desempeño aca démico

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1 Tipo de Norma: Nombre: Po lítica Po lít ica de acompañamiento al desempeño académico Código: DI_PT_003_10_ V01_2014_Po lítica de acompañamiento al desempeño aca démico Nombre Cargo Fecha Firma Proponente Mt ra. Rut h Simaluiza Directora General de Misiones Universitaria 04/ 12/ 2014 ~~ Revisión Jurídica Mtra. Patricia Pacheco Abogado/ Procuraduría 04/ 12/ 2014 Aprobación Dr. José Barbosa C. Rector- Cancill er 05/ 12/ 2(}1LI. _!K b

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3 DI PT 003_10_V01_2014_PO CA DE ACOMPAÑAMIENTO A L DESEMPEÑO ACADÉMICO EL RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICULA R DE LOJA CONSIDERANDO: el Art. 26, numeral 1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que "Toda persona tiene derecho a la educación. La educación será gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y a las etapas fundamentales. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser accesible en general y el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos". el Art. 26, numeral 2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que "La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales. Promoverá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos raciales o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz". el Art. 26 de la Constitución de la República del Ecuador establece que "La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo". el Art. 27 de la Constitución de la República del Ecuador establece que "La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holistico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria, intercultural, democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz; estimulará el sentido critico, el arte y la cultura física, la iniciativa individual y comunitaria, y el desarrollo de competencias y capacidades para crear y trabajar". el Art. 29 de la Constitución de la República del Ecuador establece que "El Estado garantizará la libertad de enseñanza, la libertad de cátedra en la educación superior, y el derecho de las personas de aprender en su propia lengua y ámbito cultural". el Art. 5 de la Ley Orgánica de Educación Superior establece que "Son derechos de las y los estudiantes los siguientes:" a) Acceder, movilizarse, permanecer, egresar y titularse sin discriminación conforme sus méritos académicos; b) Acceder a una educación superior de calidad y pertinente, que permita iniciar una carrera académica y/o profesional en igualdad de oportunidades; e) Contar y acceder a los medios y recursos adecuados para su formación superior; garantizados por la Constitución; d) Participar en el proceso de evaluación y acreditación de su carrera; e) Elegir y ser elegido para las representaciones estudiantiles e integrar el cogobierno, en el caso de las universidades y escuelas politécnicas; f) Ejercer la libertad de asociarse, expresarse y completar su formación bajo la más amplia libertad de cátedra e investigativa; g) Participar en el proceso de construcción, difusión y aplicación del conocimiento; 1

4 DI_PT_003_10_V01_2014_POLÍTICA DE ACOMPAÑAMIENTO Al DESEMPEÑO ACADÉMICO h) El derecho a recibir una educación superior laica, intercultural, democrática, incluyente y diversa, que impulse la equidad de género, la justicia y la paz; y, i) Obtener de acuerdo con sus méritos académicos becas, créditos y otras formas de apoyo económico que le garantice igualdad de oportunidades en el proceso de formación de educación superior. el Art. 86 de la Ley Orgánica de Educación Superior establece que "Las instituciones de educación superior mantendrán una unidad administrativa de Bienestar Estudiantil destinada a promover la orientación vocacional y profesional, facilitar la obtención de créditos, estímulos, ayudas económicas y becas, y ofrecer los servicios asistenciales que se determinen en las normativas de cada institución. Esta unidad, además, se encargará de promover un ambiente de respeto a los derechos y a la integridad física, psicológica y sexual de las y los estudiantes, en un ambiente libre de violencia, y brindará asistencia a quienes demanden por violaciones de estos derechos. Así lo determina el artículo 86 de la Ley Orgánica de Educación Superior. La Unidad de Bienestar Estudiantil de cada institución formulará e implementará políticas, programas y proyectos para la prevención y atención emergente a las víctimas de delitos sexuales, además de presentar, por intermedio de los representantes legales, la denuncia de dichos hechos a las instancias administrativas y judiciales según la Ley. Se implementarán programas y proyectos de información y prevención integral del uso de drogas, bebidas alcohólicas, cigarrillos y derivados del tabaco, y coordinará con los organismos competentes para el tratamiento y rehabilitación de las adicciones en el marco del plan nacional sobre drogas. el Art. 19, literal d) del Estatuto Orgánico de la UTPL, señala entre los deberes y atribuciones del Rector: "Adoptar las decisiones oportunas y ejecutar los actos necesarios para el buen gobierno de la institución". El Rector en uso de las atribuciones establecidas por el Estatuto Orgánico de la Universidad Técnica Particular de Loja, emite la: POLÍTICA DE ACOMPAÑAMIENTO AL DESEMPEÑO ACADÉMICO Art. 1.- Políticas generales.- La Dirección General de Misiones Universitarias a través de la Dirección de Estudiantes será la responsable de elaborar proyectos de acompañamiento al desempeño académico a los estudiantes de nuevo ingreso y regulares, en función de las necesidades identificadas y proporcionadas por la Dirección General Académica, Dirección de Modalidad Abierta y a Distancia, Coordinaciones de Titulaciones, estudiantes, Dirección de Estudiantes y demás dependencias, los que estarán alineados con el plan estratégico institucional. Art. 2.- Acompañamiento a los aspirantes a ingresar a la UTPL.- a los aspirantes a ingresar a la UTPL se les dará un acompañamiento permanente que iniciará desde la información que se otorgue en Casa Abierta, sitio web, prueba de admisión, curso de verano o nivelación, matrículas, orientación vocacional, entre otros; lo que estará a cargo de todas las dependencias universitarias involucradas. Art. 3.- Acompañamiento a estudiantes de nuevo ingreso.- tiene como objetivo generar un plan integral de inducción orientado a los estudiantes de nuevo ingreso para favorecer la adaptación a la vida universitaria, con la finalidad de que los estudiantes conozcan los servicios que le brinda la universidad, tengan el acompañamiento necesario al momento de fijarse metas para su formación 2

5 DI_PT_003_10_V01_2014_POLÍTICA DE ACOMPAÑAMIENTO AL DESEMPEÑO ACADÉMICO académica y personal, identifiquen sus necesidades académicas y personales para que puedan solicitar ayuda en caso de requerirla y conozcan los espacios de diálogo que les brinda la Dirección General de Misiones Universitarias; la misma que busca favorecer la permanencia y graduación. Art. 4.- Programas y proyectos desarrollados por la Dirección General de Misiones Universitarias para el acompañamiento al desempeño académico.- esta Dirección en uso de sus atribuciones estará encargada de los siguientes programas y proyectos: a) Programa para el acceso, permanencia y graduación universitaria de los estudiantes con discapacidad.- Tiene como objetivo desarrollar procesos que favorezcan la inclusión e integración de los estudiantes con discapacidad a la vida universitaria, promoviendo condiciones equitativas para el acceso, permanencia y graduación; pretendiendo la obtención de resultados tales como: brindar atención de calidad para los estudiantes matriculados que presenten discapacidad, evitar la deserción de estos estudiantes por la falta de integración a los procesos educativos y reducir las barreras que limiten su activa participación. b) Proyecto de acompañamiento psicológico y fortalecimiento académico.- tiene como objetivo desarrollar acompañamiento psicológico en el ámbito personal y profesional de los estudiantes de la UTPL, con la finalidad de apoyar la permanencia y formación integral de los mismos y asistir al proceso de graduación de los estudiantes mediante el desarrollo de talleres, cursos y presentación de propuestas a la Dirección General Académica, Dirección General de Modalidad Abierta y a Distancia, Titulaciones u otras instancias, que aporten al fortalecimiento del bienestar estudiantil. Art. 3.- Proyectos desarrollados por la Dirección General de Misiones Universitarias en coordinación con otras instancias de la Universidad para el acompañamiento académico.- la Dirección General de Misiones Universitarias en coordinación con otras áreas y dependencias universitarias y de acuerdo a las necesidades identificadas, desarrollará entre otros los siguientes proyectos: a) Proyecto Mentores.- buscará el acompañamiento permanente al estudiante durante sus dos primeros ciclos de vida universitaria, facilitando su integración al sistema universitario. Este proyecto será desarrollado en coordinación con la Dirección General Académica. b) Proyecto de acompañamiento y seguimiento a estudiantes con tercera matricula. permitirá analizar las causas de la perdida del componente a fin de diseñar una propuesta de investigación que permita delinear acciones para prevenir futuros casos y atender a los estudiantes que se encuentran cursando un componente con tercera matrícula. A quien se le dará un acompañamiento personalizado por parte del docente del componente, lo que será monitoreado por la Titulación y reportado a la Dirección General Académica para que se ejecuten los correctivos pertinentes. e) Proyecto ayudante de cátedra.- dirigido a estudiantes que por sus méritos académicos sean seleccionados para cumplir funciones concretas y específicas relacionadas con actividades de docencia, investigación y practicum; apoyando al docente en tareas académicas y logísticas en relación a los componentes académicos que le han sido designados, potenciando el trabajo en equipo entre docentes y estudiantes; buscará contribuir con la formación de los estudiante que evidencian una orientación vocacional por la docencia e investigación, consolidando su formación en competencias específicas relacionadas al perfil de egreso de su titulación; lo que contribuirá a mejorar el desempeño académico y el aprendizaje de los estudiantes que evidencian un bajo rendimiento académico. Este proyecto será desarrollado en coordinación con la Dirección General Académica. 3

6 DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA.- Todo aquello que no este previsto en la presente política será resuelto por el Rector de la Universidad. SEGUNDA.- La Universidad Técnica Particular de Loja, a través de la Dirección General de Misiones Universitarias dará revisión y seguimiento para garantizar la plena vigencia de la Política de Acompañamiento académico. TERCERA.- La Universidad Técnica Particular de Loja designa a la Dirección General de Misiones Universitarias como la encarga de crear la normativa interna y procesos necesarios pa ra al plena vigencia de esta política. CUARTA.- La Política de acompañamiento académico se aplica en base a la premisa de cumplimiento de los requisitos exigidos por la institución para los diferentes procesos internos, tales como: permanencia y egreso de los estudiantes, entre otros. Es dado en Loja, a los 05 días del mes de diciembre del Dr. José Barbosa Corbacho Rector- Canciller 4

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