POSIBILIDADES DE ACTUACION QUE TIENE UN FIDUCIARIO
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- Gonzalo Domínguez Fernández
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1 POSIBILIDADES DE ACTUACION QUE TIENE UN FIDUCIARIO Brahny Tejada Kelvin Soto Leonardo Gautreaux 1 de Abril, 2016 Profesor: Leonardo Ascenzi
2 TEMA Caso Venezuela Caso Argentina Caso República Dominicana
3 VENEZUELA Brahny Tejada
4 Definición de fideicomisos de acuerdo al artículo 1, de la Ley de Fideicomisos publicada en la gaceta No. 496 del 14 de agosto de 1976, define el fideicomiso en Venezuela como: Una relación jurídica por la cual una persona llamada fideicomitente transfiere uno o más bienes a otra persona llamada fiduciario, quien se obliga a utilizarlo en favor de aquel o de un tercero llamado beneficiario. FIDEICOMITENTE FIDUCIARIO BENEFICIARIO ADMINISTRE EN BENEFICIO DE
5 Tipos de Fideicomisos Más Comunes en Venezuela: Fideicomisos Laborales. Fideicomisos de Garantía. Fideicomisos de Prestación de Antigüedad. Fideicomisos de Caja y Fondos de Ahorros. Fideicomisos de Fondos de Jubilación. Fideicomisos de Inversión. Fideicomisos de Administración o Mixtos.
6 Quienes Pueden ser Fiduciarios en Venezuela: Articulo 12. De la Ley de fideicomisos: Solo podrán ser fiduciarias las Instituciones Bancarias y Las Empresas de Seguros constituidas en el país, a las cuales conceda autorización para ellos el Ejecutivo Nacional, por Resolución del Ministerio de Hacienda o de Fomento, respectivamente. Dicha autorización se regirá por las disposiciones pertinentes de la Ley de Banco o por las que dicte el Ejecutivo Nacional, para las empresas de seguros.
7 Decreto No. 561 del 14 de junio de Articulo 1. Decreto No. 561 del 14 de junio de Las compañías de seguros constituidas en país que pretendan ser fiduciarias, deberán solicitar autorización previa del ministerio de fomento, el cual, y en vista de la conveniencia de los intereses nacionales, podrá concederla mediante Resolución de la Superintendencia de Seguro. Articulo 2. Decreto No. 561 del 14 de junio de Las compañías de seguros peticionarias deberán constituir en el Banco Central de Venezuela, garantía a la orden de la Nación por la cantidad de cien mil bolívares (Bs100, ) que no podrá ser liberada sin la expresa autorización escrita de la Superintendencia de Seguro. Esta garantía debe estar constituida en valores emitidos o garantizados por la Nación.
8 Depósitos en Garantía Sobre los Bienes Recibido: Articulo 6. Decreto No. 561 del 14 de junio de Las compañías autorizadas para actual como fiduciarias constituirán, sobre los montos de los bienes recibidos en fideicomiso, depósitos en garantía de la siguiente manera: Desde bolívares uno (Bs. 1.00) hasta diez millones de bolívares (Bs. 10, 000,000.00), el cuatro por ciento (4%). Por la fracción comprendida entre diez millones con un bolívar (Bs. 10, 000,001.00) hasta los veinte millones de bolívares (Bs. 20, 000,000.00) de bolívares, el tres por ciento (3%). Por la fracción comprendida entre veinte millones con un bolívar (Bs. 20, 000,001.00) hasta los treinta millones de bolívares (Bs. 30, 000,000.00) de bolívares, el dos por ciento (2%).
9 Por la fracción que exceda los treinta millones con un bolívar (Bs. 30, 000,001.00), el uno por ciento (1%). Tipos de Bancos Que Requerirán Autorización para Actual Como Fiduciarios, según el articulo. 47 del Decreto No de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, del 03 de noviembre de 2001: Bancos Universales. Bancos Comerciales. Bancos Hipotecarios. Bancos de Desarrollo. Bancos de Segundo Piso. Entidades de Ahorros y Préstamos.
10 Limites y Condiciones de los Fondos Fiduciarios: Según el articulo 51. La Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras podrá, mediante normas de carácter particular, establecer a las instituciones financieras autorizadas para actuar como fiduciario, los límites y condiciones de los fondos fiduciarios. En todo caso, la totalidad de los fondos fideicometidos no podrá exceder cinco (5) veces el patrimonio de la institución fiduciaria.
11 ARGENTINA Kelvin Soto
12 POSIBILIDADES ACTUACION- ARGENTINA En Argentina existen dos (2) registros que maneja la Comisión Nacional de Valores (CNV), el primero corresponde a los Fiduciarios Financieros con unos 48 listados entre bancos y sociedades profesionales, y el de Fiduciarios Ordinarios Públicos donde a pesar de los esfuerzos, no hay muy pocos. De acuerdo con la legislación Argentina, en su Ley Nº sobre FIDEICOMISO, Sancionada: Diciembre 22 de 1994 y Promulgada: Enero 9 de1995, El fiduciario podrá ser cualquier persona física o jurídica. En donde Sólo podrán ofrecerse al público o para actuar como fiduciarios las entidades financieras autorizadas a funcionar como tales sujetas a las disposiciones de la ley respectiva, y las personas jurídicas que autorice la Comisión Nacional de Valores quien establecerá los requisitos que deban cumplir.
13 Facultadas para ejercer como Fiduciarios de acuerdo Ley Nº sobre FIDEICOMISO: ARTÍCULO 5º.- Podrán actuar como Fiduciarios Ordinarios Públicos (conf. artículo 5º de la Ley Nº ) o Fiduciarios Financieros (conf. artículo 19 Ley Nº ) los siguientes sujetos: a) Entidades financieras autorizadas a actuar como tales en los términos de la Ley Nº y reglamentación. b) Cajas de valores autorizadas en los términos de la Ley Nº y reglamentación.
14 c) Sociedades anónimas constituidas en el país. d) Sociedades extranjeras que acrediten el establecimiento de una sucursal, asiento u otra especie de representación suficiente a criterio de la Comisión- en el país,
15 Panamá Colombia Uruguay Venezuela Ecuador Guatemala Paraguay Honduras Nicaragua República Dominicana Relación Activos / PIB 10 países Los Activos Fideicomitidos como porcentaje del PIB por país reportante, pasaron de representar un promedio de 12,93% en 2013 a 14,43% en ,00% 45,00% 40,00% 46,17% 42,32% 37,80% 38,38% 35,00% 30,00% 31/12/ /12/ ,00% 20,00% 15,00% 10,00% 5,00% 0,00% 0,00% 20,64% 17,34% 7,50% 16,12% 8,77% 9,09% 4,90% 3,01% 2,09% 14,08% 2,90% 2,13% 0,00% 0,34% 0,00% Fuente: Formato Estadísticas Fiduciarias. Comité Latinoamericano de Fideicomiso, COLAFI. Elaboración: Asociación de Fiduciarias de Colombia, ASOFIDUCIARIAS
16 MONTO DE FIDEICOMISOS FINANCIEROS COLOCADOS POR SECTOR Acumulado Enero Diciembre En millones de pesos En el mes de diciembre el financiamiento total privado en el mercado de capitales argentino ascendió a $8.848 millones. Este financiamiento se compuso de $5.156 millones (58% del total) colocados en obligaciones negociables, $2.513 millones (28%) correspondientes a la colocación de fideicomisos financieros, $1.053 millones (12%) en concepto de cheques de pago diferido y $127 millones (2%) debido a una nueva emisión de acciones en el mes bajo análisis.
17 REPUBLICA DOMINICANA Leonardo Gautreaux
18 La Ley (Art. 25) Personas jurídicas facultadas para fungir como fiduciarios y realizar el negocio fideicomisos. Entidades de Intermediación Financiera Fiduciarias de Objeto exclusivo Bancos Múltiples Asociación de Ahorros y prestamos Otras Entidades Intermediación Financiera Administradora Fondos Inversión Intermediarios de Valores Fungirán como fiduciarios Fungirán como fiduciarios Fungirán como fiduciarios Fungirán como Fiduciarios únicamente respecto de.. Fideicomisos Capital pagado DOP 3,000,000 Fideicomisos Capital pagado DOP 275,000,000 Capital pagado DOP 17,000,000 Fideicomisos Capital pagado DOP 55,000,000 DOP 15,000,000 los fondos de inversión que estén bajo su administración Capital pagado DOP 15,000,000 las carteras que administren Capital pagado DOP 18,000,000 SB - Tanto las Sociedades Administradoras de Fondos de Inversión como los intermediarios deben cumplir con ciertos requerimientos de capital adicional para ejercer las funciones de administradora de fondos y administración de carteras. - Ni la Compañía titularizadora y ni la titularización en la Ley son considerada fiduciarias ni fideicomiso.
19 Las Personas Jurídicas de Objeto Exclusivo y las Entidades de Intermediación Financieras Entidades de Intermediación Financiera Fiduciarias de Objeto exclusivo Bancos Múltiples Asociación de Ahorros y prestamos Otras Entidades Intermediación Financiera Ofrecer sus servicios a una entidad de Intermediación Financiera Constituir Fideicomiso de oferta pública Emisores Especializados Constituir Fideicomiso de oferta pública - La Ley en el párrafo IV del art. 25 faculta a todas las personas Jurídicas a Constituir Fideicomisos de Oferta Publica de Valores conforme a su art. 60, serán tratadas mas adelante. - En el caso de las Sociedades Administradoras de Fondos de inversión y los intermediarios de valores serán tratadas mas adelante.
20 Ley (Art ) Sección VII Modalidades de Fideicomisos Planificación sucesoral Culturales, filantrópicos y educativos MODALIDADES DE FIDEICOMISOS Fideicomiso de Inversión Fideicomiso de inversión inmobiliaria y de desarrollo inmobiliario Fideicomiso de oferta pública Fiduciarias de Objeto exclusivo Bancos Múltiples Asociación de Ahorros y prestamos Otras Entidades Intermediación Financiera Administradora Fondos Inversión Intermediarios de Valores Fideicomiso en garantía Otras clases de fideicomisos
21 Ley Sección VII Modalidades de Fideicomisos vs Ley y su Reglamento Planificación sucesoral Culturales, filantrópicos y educativos MODALIDADES DE FIDEICOMISOS Fideicomiso de Inversión Fideicomiso de inversión inmobiliaria y de desarrollo inmobiliario Fideicomiso de oferta pública Fiduciarias de Objeto exclusivo Bancos Múltiples Asociación de Ahorros y prestamos Otras Entidades Intermediación Financiera Administradora Fondos Inversión Intermediarios de Valores Fideicomiso en garantía Otras clases de fideicomisos
22 Ley ( Art. 3) Definicion del Fideicomisos Artículo 3.- El fideicomiso es el acto mediante el cual una o varias personas, llamadas fideicomitentes, transfieren derechos de propiedad u otros derechos reales o personales, a una o varias personas jurídicas, llamadas fiduciarios, para la constitución de un patrimonio separado, llamado patrimonio fideicomitido, cuya administración o ejercicio de la fiducia será realizada por el o los fiduciarios según las instrucciones del o de los fideicomitentes, en favor de una o varias personas, llamadas fideicomisarios o beneficiarios, con la obligación de restituirlos a la extinción de dicho acto, a la persona designada en el mismo o de conformidad con la ley.
23 Ley (Art. 60) Fideicomiso de Valores y Productos Es la modalidad de fideicomiso constituido con el fin ulterior y exclusivo de respaldar emisiones de oferta publica de valores de valores realizadas por el fiduciario, con cargo al patrimonio fideicomitido, el cual podrá estar con estar constituido por las modalidades de fideicomiso a las que se refiere esta sección. Este tipo de fideicomiso podrá ser realizado por las entidades indicadas en el Artículo 25 de la presente Ley.
24 Ley (Art. 60) Intermediarios de Valores y (Art. 103) las Administradoras de Fondos de Inversión Artículo 103. Las administradoras de fondos de inversión serán compañías por acciones (Sociedades Anónimas, modificada por la Ley de sociedades) constituidas con arreglo al Código de Comercio vigente en la República Dominicana, cuyo objeto exclusivo será la de administración de fondos. Artículo 60. Para los fines de esta Ley, se entenderá por intermediarios de valores a la persona física o jurídica, nacional o extranjera, que ejerza, de forma habitual, actividades de intermediación de valores objeto de oferta publica, ya sea en el mercado bursátil o extrabursátil. - El articulo 61 de la Ley establece para los intermediarios, otras actividades adicional a la de intermediación de valores.
25 Ventajas y Desventajas VENEZUELA ARGENTINA REPUBLICA DOMINICANA VENTAJAS DESVENTAJAS VENTAJAS DESVENTAJAS VENTAJAS DESVENTAJAS La Sociedades solo debe siempre poseer el 1% por encima de su capital mínimo exigido por la norma. Los depositos en garantía de riesgo, dependen de los montos recibidos y se componen desde el 4% hata el 1% Tienen adecuados sistemas y procedimientos de control interno Puede ser ejercido por personas físicas Personas jurídicas Tres (3) reguladores Personas Jurídicas Mayor regulación y Cumplimiento de los acuerdos Dos (2) tipos de Sociedades Dos (2) legislaciones
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27 Posibilidades de Actuación (tipo de institución o persona que ejerce la fiducia) que tiene un fiduciario, comparando lo permitido en tres paises seleccionados, ventajas y desventajas.
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