NORMAS PARA EL SEMINARIO DE INVESTIGACIÓN ESCUELA DE PSICOLOGÍA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
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- Elisa Álvarez de la Cruz
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1 NORMAS PARA EL SEMINARIO DE INVESTIGACIÓN ESCUELA DE PSICOLOGÍA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La investigación que se lleva a cabo en la Escuela de Psicología, en particular la que se hace en el Seminario de Investigación del décimo semestre que concluye con un Trabajo de Licenciatura, ha sido motivo de constante preocupación por parte de los organismos directivos de la escuela: Consejo de Escuela, Dirección, Coordinaciones Académicas y Administrativas y Jefaturas de Departamento. Producto de esa preocupación se acordó la designación de una comisión permanente de Seminario de Investigación constituida por el (la) Director(a) de la Escuela quien la preside- el (la) Coordinador(a) Académico de la Escuela y los Coordinadores de la asignatura Seminario de Investigación de cada una de las opciones del Ciclo Aplicado. Esta comisión se encarga de coordinar las actividades administrativas y académicas de las investigaciones en la Escuela de Psicología. Para sistematizar el trabajo de los Seminarios de Investigación de noveno y décimo semestres, la Comisión elaboró las Normas relativas a la presentación y aprobación del trabajo de licenciatura requerido por la asignatura seminario de investigación y las normas complementarias al seminario de investigación aprobadas en principio el 3 de febrero de 1983, respectivamente por el Consejo de la Escuela de Psicología. Tales Normas siguen textualmente la mayoría de los artículos de las Normas relativas a los trabajos de Licenciatura de las Escuela de la Facultad de Humanidades y Educación, aprobadas por el Consejo Universitario en su sesión del 29 de Abril de 1981, y añaden disposiciones muy precisas en nueve artículos adicionales, un formato para la representación del trabajo final (tesis) y catorce (14) artículos de normas complementarias. Los artículos adicionales y las normas complementarias se refieren a la clasificación y delimitación del trabajo de Licenciatura, las áreas de trabajo, las tesis inter-opciones, el papel del Tutor, la forma de presentación y extensión del trabajo, las características del Seminario de Investigación y su producto final (Trabajo de Grado de Licenciatura), las condiciones para su inscripción, los lapsos de presentación y evaluación de los proyectos, la calificación de los estudiantes en la asignatura, la solicitud de prórroga, los lapsos de retiro y otros asuntos. Pero la práctica ha ido señalando algunas deficiencias y se han presentado casos novedosos que escapan a su dominio. También se hizo muy evidente la discrepancia entre el trabajo de Licenciatura de las otras Escuelas de la Facultad, considerado como un requisito adicional a las asignaturas obligatorias de sus programas, y el de la Escuela de Psicología, que constituye el resultado y la evaluación de una asignatura más del programa de estudios. Por las anteriores razones, la Comisión de Seminario de Investigación decidió reorganizar las normas internas, modificarlas y presentarlas al Consejo de Escuela para su discusión,
2 NORMAS SEMINARIO DE INVESTIGACIÓN ESCUELA DE PSICOLOGÍA 2 aprobación y posterior envió al Consejo de la Facultad, donde fueron aprobadas el Luego de su puesta en práctica durante 2 semestres, del seno de las opciones surgieron nuevas recomendaciones y una nueva versión fue aprobada por el Consejo de la Facultad en fecha Con el pasar de los años, la transformación tanto social como tecnológica, ha hecho necesaria la revisión de las normas antes citadas y a continuación se presentará a la consideración del Consejo de Escuela, el Nuevo Reglamento de Seminario de Investigación. Capítulo 1: Disposiciones Generales. 1.- El Trabajo de Investigación previsto en el plan de estudios de la Escuela de Psicología, deberá ser el resultado de una actividad de investigación básica o aplicada, que ponga de manifiesto la capacidad del alumno para la argumentación teórica y la aplicación de métodos en la especialidad escogida. 2- Los Departamentos deben señalar líneas de investigación para ofrecerlas a los estudiantes, quienes podrán también proponer sus propios temas de investigación, los cuales podrán o no ser aceptados por los Departamentos. 3.- Por tratarse del trabajo final de una asignatura, el Seminario de Investigación debe concebirse de manera tal que pueda ser culminado en el lapso de un semestre. Los Departamentos desarrollarán actividades o asignaturas que permitan la preparación previa del proyecto con el fin de cumplir con lo establecido en este artículo. Capítulo 2: De la presentación del Anteproyecto y el Nombramiento del Tutor. 4.- Los alumnos presentarán al Departamento respectivo, un anteproyecto individual o elaborado por dos o tres estudiantes, si hubiese mérito en el proyecto para ello. El Departamento podrá aprobarlo y en consecuencia proponer al Consejo de Escuela la designación de un Tutor, o rechazarlo y devolverlo al alumno o, a los alumnos para que se efectúen las modificaciones que se le señalen y lo presenten nuevamente en la fecha que acuerde cada Departamento y/o la Coordinación Académica de la Escuela. En caso de estar elaborado por más de un estudiante, el Departamento se asegurará de comprobar el trabajo de cada participante en el referido proyecto. 5-Todo trabajo de licenciatura será asesorado por un Tutor propuesto por el Departamento o por el estudiante: en la medida en que eso sea posible, el tutor se escogerá entre los profesores u otros profesionales universitarios de la UCV, siempre que se respeten las
3 NORMAS SEMINARIO DE INVESTIGACIÓN ESCUELA DE PSICOLOGÍA 3 líneas de investigación del Departamento. El Tutor deberá aceptar por escrito su designación, la cual deberá ser aprobada por el Consejo de Escuela, previa solicitud del Departamento respectivo. 6.- Se podrá designar como Tutor a una persona que no sea miembro del personal docente y de investigación de la UCV, siempre que sea de reconocida competencia en su especialidad a juicio del Consejo de la Facultad y previa aceptación del Departamento y del Consejo de Escuela. Esta designación será posible sólo en caso de que no exista un especialista disponible en la UCV. El Tutor externo deberá aceptar el cumplimiento del presente reglamento y se nombrará un profesor del Departamento al cual pertenezca el alumno, para que sirva de vínculo académico entre el Tutor externo y el Departamento. 7.- Si el proyecto es elaborado conjuntamente por alumnos de diferentes opciones, deberá ser presentado para su tutoría y para su defensa en aquella que los estudiantes seleccionen, previo acuerdo entre las opciones implicadas. Una vez aprobado el proyecto en una opción, se regirá por las disposiciones internas de la misma. 8.- El alumno se inscribirá en el Seminario de Investigación en una de las dos condiciones siguientes: Con anteproyecto aprobado previamente. Sin haber aprobado el proyecto. En este segundo caso, al Coordinador de la asignatura Seminario de Investigación de la opción le corresponde supervisar y evaluar las actividades que realicen estos alumnos, con el fin de elaborar un nuevo proyecto o mejorar el que no hubiese sido aprobado. 9.- El alumno que apruebe el anteproyecto en el seminario del 9º semestre deberá ratificar por escrito, ante su Departamento su deseo de continuarlo y esto deberá hacerlo en la primera semana de clases que corresponda al semestre en el cual inscribió Seminario de Investigación. Ello con la finalidad de proceder a la designación del Tutor y hacer el trámite ante el Consejo de Escuela Una vez aprobado el anteproyecto, el alumno presentará al tutor un plan de trabajo que incluya etapas, cronogramas, fechas de entrega y número de reuniones. De todo ello se llevará un registro por duplicado que firmarán ambas partes El tutor y los tutorandos deberán estimar un número aproximado de reuniones de asesoría y/o de informes periódicos durante el semestre. La inasistencia a las reuniones o la falta de presentación de los informes no deberá exceder del 15% de lo programado, por lo que la asignatura se perderá por inasistencia. Cuando la inasistencia del Tutor o de los tutorandos altere la regularidad de las asesorías, el Tutor podrá renunciar, o los tutorandos
4 NORMAS SEMINARIO DE INVESTIGACIÓN ESCUELA DE PSICOLOGÍA 4 solicitar razonadamente el cambio de Tutor ante el Departamento, el cual tomará las medidas del caso e informará sobre ellas al Consejo de Escuela Los profesores tutores de la Escuela asesorarán un máximo de tres proyectos. Las excepciones a esta norma las establecerá el Departamento respectivo, según sus necesidades. Capítulo 3: Del Seminario de Investigación Para inscribir la asignatura Seminario de Investigación, el alumno deberá haber aprobado el número de créditos y las prelaciones que establezca el pensum de estudios vigente. Esta inscripción podrá realizarla el alumno en el décimo semestre o antes, siempre que cumpla con los requisitos que se exijan para ella El alumno podrá retirar la asignatura Seminario de Investigación en los primeros treinta días del semestre en el cual hizo la inscripción De no concluir el Trabajo en el lapso de un semestre, el alumno deberá solicitar una prórroga a la Comisión de Seminario de Investigación argumentando las razones de su demora. Esto deberá ser avalado por su Tutor. De ser aprobada la prórroga, se concederá por un período adicional de un semestre, pudiendo luego concederse hasta dos prórrogas más, siempre que sea solicitado y razonado por el estudiante y avalado por su Tutor. Si agotadas esas prórrogas el estudiante aún no ha terminado su Trabajo, deberá inscribir un nuevo proyecto, previo retiro del anterior y avalado por el Consejo de Escuela y concluirlo en un lapso de dos semestres sin derecho a prórrogas Luego de concluido el Trabajo y con la aprobación del Tutor, el alumno entregará al Departamento tres (3) ejemplares, encuadernados, para la revisión por parte de los miembros del Jurado que se designe a esos efectos, el cual dispondrá de 10 días hábiles para tal revisión A proposición del respectivo Departamento, el Consejo de Escuela designará el Jurado, el cual estará constituido por el Tutor y dos miembros más, así como dos suplentes. Todos serán preferiblemente profesores de la Escuela o de la UCV, siendo posible el nombramiento de un Jurado externo, siempre y cuando el Departamento lo considere pertinente y así lo acepte el Consejo de Escuela. Cuando el Tutor o algún miembro del Jurado lo consideren oportuno, el Jurado se reunirá para decidir la conveniencia o no de presentar el trabajo para su examen Si después de una primera lectura del trabajo, uno o más miembros del Jurado consideran que una parte, no mayor de un tercio total, debe ser corregida, lo comunicará a los miembros restantes y conjuntamente podrán posponer el examen por un período no
5 NORMAS SEMINARIO DE INVESTIGACIÓN ESCUELA DE PSICOLOGÍA 5 mayor a un mes, para que así el autor o los autores realicen las correcciones necesarias y éstas puedan ser revisadas por el Tutor. A partir de la evaluación no podrán hacerse modificaciones al trabajo, salvo si se trata de correcciones menores de forma, que puedan ser corregidas en la semana siguiente al examen, si es que así lo permite el lapso fijado por la Escuela para la entrega de veredictos Una vez que el Jurado haya realizado la revisión del trabajo devolverá al alumno las copias que entregó en primer término para que este proceda a hacer las correcciones antes de seguirse a la presentación pública del trabajo. Luego de ésta, el alumno entregará a las instancias pertinentes los ejemplares definitivos Por tratarse de la evaluación del Trabajo de la asignatura Seminario de Investigación, el examen del trabajo es un acto de evaluación académica y en consecuencia sólo podrán asistir miembros de la Comunidad Universitaria. Consistirá en una discusión pública del trabajo presentado y se realizará en un solo acto. Sólo existen dos calificaciones: Aprobado o No aprobado. De ser aprobado, el Jurado emitirá su veredicto, otorgando una de las siguientes menciones: Suficiente, Distinguido y Sobresaliente. En el caso de que el trabajo sea aprobado con la mención Sobresaliente, el Jurado podrá recomendar la Publicación y/o Divulgación del mismo en las instancias pertinentes El alumno resultará aplazado cuando no cumpla con lo establecido en el plan de trabajo acordado con el Tutor, cuando deje de asistir a las sesiones de tutoría, o cuando el Jurado considere que no cumple con los requisitos establecidos. En tales casos, aparecerá en el acta la calificación de No Aprobado. El alumno aplazado deberá cumplir de nuevo la totalidad de los trámites previstos en este Reglamento y estará sujeto a las normas de permanencia estudiantil de la Universidad Central de Venezuela El veredicto del Jurado se hará público dentro de las 24 horas siguientes a la realización del examen y se dejará constancia de ese veredicto en acta que se agregará al expediente respectivo. El veredicto es inapelable, salvo en los casos de vicios de procedimiento. Las solicitudes de apelación serán consideradas por el Consejo de Escuela, siempre y cuando sean presentadas en un lapso no mayor a cinco días hábiles a partir de la fecha de publicación del veredicto. Capítulo 4: De la Presentación del Trabajo de Licenciatura El trabajo de Licenciatura deberá regirse siempre por las normas de redacción y estilos para la presentación de informes de investigación de la escuela de Psicología vigentes para el momento de la defensa. NOTA: Consultar Manual de Procedimientos
6 NORMAS SEMINARIO DE INVESTIGACIÓN ESCUELA DE PSICOLOGÍA 6 Capítulo 5: Disposiciones Finales Los casos no contemplados en el presente reglamento, deberán ser sometidos a la consideración de la Comisión Permanente de Seminario de Investigación. Ciudad Universitaria, Noviembre Aprobado por el Consejo de Escuela en su sesión del día 05 de diciembre de 2012.
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