PROYECTO DEL REGLAMENTO DE PREVISION SOCIAL DEL COLEGIO QUIMICO-FARMACEUTICO DEL PERU
|
|
- Andrea Prado Ortiz
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 COLEGIO QUIMICO FARMACEUTICO DEL PERU PROYECTO DEL REGLAMENTO DE PREVISION SOCIAL DEL COLEGIO QUIMICO-FARMACEUTICO DEL PERU 2014 LA COMISIÓN PARA EL ESTUDIO DE UNA PROPUESTA DE PREVISIÓN SOCIAL LIMA - PERU
2 PROYECTO DEL REGLAMENTO DE PREVISION SOCIAL DEL COLEGIO QUIMICO FARMACEUTICO DEL PERU CAPITULO I ARTICULO N 1.- El Consejo Directivo del Colegio Químico Farmacéutico del Perú en concordancia con el DS N del Reglamento de las leyes N y N y su Modificatoria DS que crea el Colegio Químico Farmacéutico del Perú en su Artículo 5, inciso k " Organizar y promover actividades de protección y previsión en beneficio de los Colegiados ", y en amparo de la Ley se iniciará una Sistema de Previsión Social para otorgar las prestaciones por: Fallecimiento, Invalidez permanente, Enfermedad Terminal a sus afiliados, mediante un fondo de Previsión Social. ARTICULO N 2.- La Administración del Sistema de Previsión Social estará a cargo de un comité especial que se denominara COMITÉ NACIONAL ADMINISTRATIVO DEL SISTEMA DE PREVISION SOCIAL, nombrado por el Consejo Directivo del Colegio Químico Farmacéutico del Perú (CQFP), como se establece en el CAPITULO IV, Artículo N 20 del presente Reglamento, funcionará en el local del Colegio Farmacéutico del Perú. Sito en el cruce de la Avenida Tinoco y Monte de Los Olivos Mza A-3 Lt.l Urbanización Prolongación Benavides Surco. Avenida Monte de Los Olivos s/n Surco -Lima ARTICULO N 3.- Son fines del sistema de Previsión Social, otorgar prestaciones sociales, a los Químicos Farmacéutico aportantes: a) Por Fallecimiento del titular b) Por invalidez permanente del titular c) Por enfermedad Terminal del Titular ARTÍCULO N 4.- EL Sistema de Previsión Social es de duración indefinida y está exento de pago de impuestos, tasas fiscales y municipales. Es obligatoria para todos los colegiados activos. DE LA COBERTURA ARTÍCULO N 5.- Son miembros del Sistema de Previsión Social, todos los Químicos Farmacéuticos de los Colegios Departamentales de: Tumbes, Piura,Lambayeque, La Libertad, Ancash, Lima,lca, Arequipa, Moquegua, Tacna, Cuzco, Puno, Madre de Dios,Loreto, Huánuco, Cajamarca,Amazonas, San Martin, Pasco, Junín,Ayacucho,Apurímac, Huancavelica Ucayali y la Provincia Constitucional del Callao. ARTICULO N 6.- Para afiliarse al Sistema de Previsión Social, se requiere: a) Llenar el Formulario de Declaración Jurada en el que el titular designa a sus beneficiarios (anexo 1). b) Fotocopia del DNI actualizado, del titular. c) Fotocopia del carnet de colegiatura Nacional. d) Fotocopia del certificado de habilidad profesional o fotocopia de recibo del último pago de aportaciones. e) Fotocopia del recibo de pago de la cuota de inscripción al CQFP, los nuevos colegiados.
3 CAPITULO II DEL REGIMEN FINANCIERO ARTÍCULO N 7.- Constituyen fondos de financiamiento del sistema de Previsión Social lo siguiente: a) Cotización mensual del titular la suma de cinco (S/ 5.00) nuevos soles. b) Los ingresos financieros que generen recursos.. c) Las Donaciones, Adjudicaciones y legados que se hagan a su favor. d) El 20 % del monto de pago por concepto de colegiatura que abonan los profesionales que se incorporan al colegio Químico Farmacéutico del Perú. e) El cien por ciento (100%) del fondo que posean los colegios departamentales y de la Provincia Constitucional del Callao, hasta la fecha por concepto de Previsión Social. ARTÍCULO N 8.- El Comité Nacional Administrativo del Sistema de Previsión Social procederá a abrir una o más cuentas bancarias, a criterio del Comité Nacional Administrativo, bajo el nombre de Colegio Químico-Farmacéutico del Perú-Sistema de Previsión Social del Químico Farmacéutico. Los colegios Departamentales y de la Provincia Constitucional del Callao, efectuaran las cobranzas a sus colegiados mensualmente y lo depositaran una cuenta bancaria del Colegio Químico Farmacéutico del Perú -Sistema de Previsión Social del Químico Farmacéutico. Igualmente elaboraran los padrones de sus afiliados. ARTÍCULO N 9.- El patrimonio del Sistema de Previsión Social y sus fondos de carácter intangible, serán utilizados en los casos contemplados en el Articulo N 26 del presente Reglamento. ARTÍCULO N 10.- El comité que administra el Sistema de Previsión Social podrá proponer al Consejo Directivo del Colegio Químico Farmacéutico del Perú, para su aprobación, las modificaciones del Régimen financiero de este fondo y del presente reglamento. CAPITULO III DE LA ADMINISTRACION ARTÍCULO N 11.- Se establecerá un Comité Nacional Administrativo del Sistema de Previsión Social nombrado por el Consejo Directivo del Colegio Químico Farmacéutico del Perú, tendrá un tiempo de vigencia 2 años.estará constituido por un Presidente, nombrado por el Consejo Directivo del colegio Químico Farmacéutico del Perú; los demás miembros del comité Nacional Administrativo de Previsión Social: un Secretario, un Tesorero y dos vocales serán elegidos en Asamblea Nacional. ARTÍCULO N 12.- Están impedidos de integrar el Comité Nacional Administrativo del Sistema de Previsión Social.: a) los sancionados disciplinariamente, con suspensión dentro de los 5 años anteriores a la elección. b) los subrogados en el ejercicio de un cargo directivo. c) los sentenciados por un delito doloso. d) los miembros a los cargos deberán contar con una trayectoria de 10 años en el ejercicio de la profesión.
4 ARTÍCULO N 13.- El presidente del Comité Nacional Administrativo de Previsión Social coordinará con los Decanos de los Colegio Departamental es y el decano de la Provincia Constitucional del Callao; para recibir las prestaciones contempladas en el Articulo N 26. ARTICULO N 14.-Las funciones del Comité Nacional Administrativo del Sistema de Previsión Social, tiene a su cargo la dirección, administración y otorgamiento de prestaciones contempladas en el artículo N 26. DE LAS FUNCIONES ARTÍCULO N 15.- Las funciones del Comité Nacional Administrativo del sistema de Previsión Social son las siguientes: a) Cumplir y hacer cumplir los reglamentos y demás disposiciones que norma el sistema Nacional de Previsión Social. b) Planificar, organizar, dirigir y evaluar las prestaciones que otorga el Sistema de Previsión Social del Químico Farmacéutico a nivel Nacional. c) Organizar, distribuir y administrar los recursos del Sistema de Previsión Social del Químico Farmacéutico a nivel Nacional. d) Aprobar los programas de inversión para incremento de recursos del Sistema de Previsión Social del Químico Farmacéutico, previa aprobación de la Asamblea General. e) Formular aprobar y ejecutar el presupuesto del Sistema de Previsión Social del Químico farmacéutico. f) Formular los balances, Informes Contables, Cuenta de Resultados y en general, los estados financieros del Sistema de Previsión Social del Químico Farmacéutico. g) Aprobar las solicitudes de incorporación, suspensión o separación de los Químico Farmacéuticos. h) Aprobar o desaprobar las solicitudes de otorgamiento o reconocimiento de beneficio y derechos de los afiliados del Sistema de Previsión social del Químico Farmacéutico titular. i) Organizar la oficina del Sistema de Previsión Social del Químico farmacéutico nombrando a su personal y los sistemas para el otorgamiento de las Prestaciones y los gastos que generen su ejecución. j) Informar trimestralmente, al Consejo Directivo del Colegio Químico Farmacéutico del Perú, y a la Junta de Vigilancia del manejo de los recursos del Sistema de Previsión Social. k) Mantener actualizado el Padrón de afiliados al fondo de Previsión Social, de todos los Colegios Departamentales y de la Provincia Constitucional del Callao I) Cualquier otra función que encomienda la Asamblea General. FUNCIONES DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN: ARTÍCULO N 16.- El Presidente del Comité Nacional Administrativo del Sistema de Previsión Social del Químico Farmacéutico es el representante ante toda clase de
5 autoridades judiciales, políticas, administrativas, municipales y de cualquier otra índole.así mismo ante cualquier persona natural o jurídica. ARTÍCULO N 17.- El Presidente del Comité Nacional Administrativo de Previsión Social conjuntamente con el Tesorero están facultados para suscribir toda clase y todo otro documento público o privado conducente a formalización o ejecución de las operaciones de fondo así como girar y endosar cheques de dichas cuentas, tanto en moneda nacional como extranjera. ARTÍCULO N 18.- El Presidente del comité Nacional Administrativo del Sistema de Previsión Social es el encargado de ejecutar las resoluciones y acuerdos del Comité y da cuenta al Consejo Directivo del Colegio Químico farmacéutico Del Perú, a los Consejos directivos de los Colegios Departamentales y al de la Provincia Constitucional del Callao. FUNCIONES DEL TESORERO DEL COMITÉ NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN: ARTÍCULO N 19.- Las funciones del Tesorero del Comité Nacional Administrativo del sistema de Previsión Social son las siguientes: a) Será el responsable de la elaboración del Balance General, Estados Financieros y Anexos b) Conjuntamente con el Presidente del Consejo de Administración será el representante legal del Comité Nacional Administrativo del Sistema de Previsión Social c) Gestionará la apertura de las cuentas bancarias y firmará junto con el Presidente del Consejo de Administración los cheques, órdenes de pago, pagarés, giros, endosos. d) Cancelará los documentos económicos -financieros inherentes a la actividad económica e) Informará mensualmente el estado económico del fondo, dar cuenta de los egresos e ingresos de pago al Sistema previsional, al Presidente del comité Nacional Administrativo del Sistema de Previsión Social. FUNCIONES DEL SECRETARIO DEL COMITÉ NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN: ARTÍCULO N 20.- Las funciones del Secretario del Comité Nacional Administrativo del sistema de Previsión Social son las siguientes: a) Reemplazará al Presidente en caso de ausencia de éste. b) Firmará junto con el Presidente del Comité de Administración, la correspondencia. c) Conservará y mantendrá el orden, bajo responsabilidad, todos los archivos del Sistema de Previsión Social. d) Conservará y llevará al día el Libro de Actas del Comité de Administración Sistema de Previsión Social. Pasará asistencia y hará firmar a los asistentes e) Cumplirá y ejecutará las gestiones y diligencias que se le encomiende. FUNCIONES DE LOS VOCALES DEL COMITÉ NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN: ARTÍCULO N 21.- Las funciones de los Vocales del Comité Nacional Administrativo del sistema de Previsión Social son las siguientes: a) Apoyará al Presidente del Comité de Administración del Sistema de Previsión Social en la coordinación con los distintos organismos. b) Apoyará al Tesorero en todas aquellas actividades de recaudación y control del ingreso.
6 c) Revisará los documentos por los casos de Invalidez, enfermedades terminales y fallecimiento, en la verificación de cumplimientos de requisitos, según Reglamento. d) Apoyará al secretario a mantener la información al día sobre los datos de los Afiliados al sistema en cuanto a sus datos, pago de aportaciones y otros inherentes para el pago de cualquier contingencia. ARTÍCULO N 22.- Cualquier situación no prevista en el presente reglamento será resuelta por el Consejo del Consejo Directivo del Colegio Químico Farmacéutico del Perú. CAPITULO IV DELOS TITULARES ARTÍCULO N 23.- Son miembros titulares de este Sistema de Previsión Social, todos los colegiados hábiles, que administra el Comité Nacional Administrativo del Sistema de Previsión Social Nacional, que no adeuden más de tres(3) meses de aportaciones, Se dará el beneficio de cumplir con sus aportaciones para acceder a la previsión. ARTÍCULO N 24.-Los Químicos farmacéuticos que por haber cumplido setenta años (70) De edad están exceptuados del pago de las cuotas ordinarias al colegio correspondiente, deberán seguir aportando cinco (5) nuevos soles al Fondo de Previsión Social para poder acceder a sus beneficios. ARTÍCULO N 25.- Los derechos del titular se generarán después de transcurrido el periodo de carencia, de seis (6) meses de afiliación al fondo y deberá encontrarse al día en sus aportaciones. ARTÍCULO N 26.- El fondo de Previsión Social otorgará prestaciones económicas a sus afiliados en los siguientes casos: a) Por fallecimiento del titular. b) Por invalidez permanente del titular. c) Por enfermedad terminal del titular constatada con certificado médico del especialista. PRESTACIONES POR FALLECIMIENTO ARTÍCULO N 27.- La prestación por fallecimiento se brindará al 100% al beneficiario, siempre que el titular no hubiere hecho uso de su fondo por otro causal, de acuerdo a la declaración jurada del Químico Farmacéutico titular. ARTÍCULO N 28.- El otorgamiento de la Prestación se efectuará mediante un monto de Tres mil nuevos soles (s/. 3,000.00). El beneficiario deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) Solicitud (firmada por uno de los familiares beneficiarios del titular) dirigida al Presidente del Comité Nacional Administrativo del Sistema de Previsión Social por conducto regular de los decanos departamentales y de la Provincia constitucional del Callao, bajo responsabilidad compartida. (Anexo N 2) b) Partida de defunción original.
7 c) Encontrarse al día en sus aportaciones mensuales y cumplir con el artículo 23 del presente reglamento. ARTÍCULO N 29- La prestación por fallecimiento estará regulada por el Reglamento que el Comité Nacional Administrativo del Sistema de Previsión Social establecerá. PRESTACIÓN POR INVALIDEZ PERMANENTE ARTICULO N 30.- La prestación por invalidez permanente se otorgará por una sola vez al Químico Farmacéutico titular afiliado al Sistema de Previsión Social que haya perdido las dos terceras partes de su capacidad para el trabajo, de acuerdo a la evaluación de la Comisión Medica del Sistema de previsión Social. ARTÍCULO N 31.- La prestación por invalidez permanente se otorgará el 50% del fondo que le corresponde.el saldo a su fallecimiento. ARTÍCULO N 32.- La prestación por invalidez permanente estará regulada por el Reglamento que el Comité Nacional Administrativo del Sistema de Previsión Nacional PRESTACIÓN POR ENFERMEDAD TERMINAL ARTÍCULO N 33.-La prestación por enfermedad terminal se otorgará por una sola vez al Químico Farmacéutico titular afiliado al Sistema de Previsión Social. Se considera situación de enfermedad terminal las siguientes modalidades: 1. Cáncer terminal sustentado con el informe Médico. 2. Estado absoluto e incurable de alteración mental que no permitiera al químico farmacéutico ningún trabajo u ocupación por el resto de su vida, sustentado con informe médico. ARTÍCULO N 34.- La prestación por enfermedad terminal se otorgará: el 50% del fondo que le corresponde. El saldo a su fallecimiento. ARTÍCULO N 35.- La prestación por enfermedad terminal estará regulada por el Reglamento que el Comité Nacional Administrativo del Sistema de Previsión Social establecerá. ARTÍCULO N 36.- El colegiado incurrirá en causal de caducidad para acceder a los beneficios si hubiere transcurrido un (1) año y un (1) día, desde la fecha en que se produjera la contingencia, sin que hubiere solicitado se le otorgue el beneficio. JUNTA DE VIGILANCIA ARTÍCULO N 37.- La Junta de Vigilancia realizará la fiscalización y control permanente de todos los actos del Comité Nacional Administrativo del Sistema de Previsión Social pudiendo ejecutar sin previo aviso: auditorias, y /o controles de cualquier tipo. ARTÍCULO N 38.- Los miembros de la Junta de Vigilancia estará integrado por el Decano Nacional del Colegio Químico Farmacéutico, Decano del colegio Químico Farmacéutico Departamental de Lima, el Decano del colegio Químico Farmacéutico de la Provincia Constitucional del callao y otro Decano de Colegio Departamental que se elija.
8 ARTÍCULO N 39.- Durante los primeros sesenta (60) días del año calendario, se publicará el presupuesto Anual, el Balance del año anterior, la Memoria Anual y los demás documentos sobre los aspectos fundamentales del Sistema de Previsión Social, a fin que los afiliados tengan pleno conocimiento de su marcha. ARTICULO TRANSITORIO- En un plazo de treinta días (30) días de aprobado el presente reglamento, por el Consejo Directivo del Colegio Químico farmacéutico del Perú en una Asamblea Extraordinaria, se deberá publicar en los medios de difusión, como diarios, Internet y correos electrónicos, a nivel nacional, para que los afiliados al Sistema de Previsión Social, se registren y actualicen sus datos, en sus respectivo Colegios. Excepcionalmente los titulares que han pertenecido al Sistema del Fondo De Previsión de Colegio Regionales o Departamentales y hayan cumplido con los requisitos, del articulo N 6 inciso a), b), c), d) del presente Reglamento, tendrán, cobertura desde el primer día de, mplementado,el sistema de Previsión Social. GLOSARIO TITULAR : Químico Farmacéutico habilitado registrado en el sistema de Previsión Social COLEGIADOS ACTIVOS: QF registrado en el padrón del CQFP, CQF Departamental o CQF de la Provincia Constitucional del Callao. PERIODO DE CARENCIA: período de carencia es el tiempo que debe transcurrir desde el momento de la afiliación hasta el momento en el que la persona puede recibir una prestación La Comisión.
9 ANEXO N l CARTA DECLARATORIA DE BENEFICIARIOS COLEGIO QUIMICO FARMACEUTICO DEL PERU SISTEMA DE PREVISION SOCIAL ( 1) Colegio Departamental o/ de la Provincia Constitucional del Callao SEÑOR PRESIDENTE DEL COMITÉ NACIONAL ADMINISTRATIVO DEL SISTEMA DE PREVISION SOCIAL DEL CQFP Yo (2) DECLARO: Que por mi expresa voluntad designo como beneficiario (s) del sistema de Previsión Social a que tengo derecho como miembro titular del Colegio Químico Farmacéutico del Perú a la(s) siguiente(s) persona(s): APELLIDOS, NOMBRES Y PARENTESCO DNI (3) A ( ) A ( ) A ( ) A. ( ) A ( ) A í ) Total Forma de beneficio (marcar con una (X) Monto único (...) Monto compartido (...) Firma del titular DNI N CQFP. LEGALIZACION CERTIFICO Que el Químico Farmacéutico con DNI Hafirmadoen mi presencia este formulario, manifestándome que estafirma,es la misma que acostumbra en todos los actos público y privado (1) (4) (1) Lugar, día, mes, y año (2) Nombre y apellidos imprenta (3) N de DNI de los beneficiarios del titular (4) Sello y firma del notario o juez de paz Nota: ESTA CARTA DECLARATORIA ANULA CUALQUIER OTRA EMITIDA EN FECHA ANTERIOR
10 ANEXO 2 COLEGIO QUIMICO FARMACEUTICO DEL PERU COMITE NACIONAL ADMINISTRATIVO DEL SISTEMA DE PREVISION SOCIAL SOLICITUD DE PRESTACION POR INVALIDEZ PERMANENTE Señor (a) Doctor (a): Dr. QF. Presidente del Comité Nacional Administrativo de Previsión Social Presente: S.P: Apellido paterno, materno, nombres Identificado con DNI. No: con N CQFP -domiciliado en Ante Ud. me presento y expongo: Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento del CQFP, y según Reglamento del Comité Nacional Administrativo del Sistema Previsión Social; en su artículo N* 26 inciso (b),y reuniendo los requisitos establecidos en los artículos 32. Solicito a Ud. Señor Presidente, admitir mis documentos para Acceder a la prestación a la que tengo derecho. En espera de pronta respuesta Atentamente Firma del colegiado y huella digital Lima de 20.. Adjunto (Requisitos establecidos)
11 ANEXO 3 COLEGIO QUIMICO FARMACEUTICO DEL PERU COMITE NACIONAL ADMINISTRATIVO DEL SISTEMA DE PREVISION SOCIAL SOUCITUD DE PRESTACION POR ENFERMEDAD TERMINAL Señor (a) Doctor (a): Dr. QF. Presidente del Comité Nacional Administrativo de Previsión Social Presente: S.P: Apellido paterno, materno, nombres Identificado con DNI. No: -con N CQFP -domiciliado en Ante Ud. me presento y expongo: Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento del CQFP, y según Reglamento del Comité Nacional Administrativo del Sistema Previsión Social; en su artículo N 26 inciso (c),y reuniendo los requisitos establecidos en los artículos 32. Solicito a Ud. Señor Presidente, admitir mis documentos para Acceder a la prestación a la que tengo derecho. En espera de pronta respuesta Atentamente Firma del colegiado y huella digital Lima, de 20 Adjunto (Requisitos establecidos)
12 COLEGIO QUIMICO FARMACEUTICO DEL PERU COMITE NACIONAL ADMINISTRATIVO DEL SISTEMA DE PREVISION SOCIAL SOLICITUD DE PRESTACION POR FALLECIMIENTO Señor (a) Doctor (a): Dr. QF. Presidente del Comité Nacional Administrativo de Previsión Social Presente: S.P: Apellido paterno, materno, nombres del Colegiado N CQFP. Yo DNI o pasaporte N colegiado titular identificado domiciliado en con documento probatorio. Beneficiario de la declaración Jurada n del N CQFP. Ante Ud. me presento y expongo: Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento del CQFP, y según Reglamento del Comité Nacional de administrativo del Sistema Previsión Social; en su artículo N 26 inciso a) y reuniendo los requisitos establecidos en los articulosn 23, articulo N 28 y articulo N 36. Solicito a Ud. Señor presidente, admitir mis documentos para acceder a la prestación a la que tengo o tenemos derecho. En espera de pronta respuesta Atentamente Firma del beneficiario y huella digital Lima, de 20. Adjunto (Requisitos establecidos)
REGLAMENTO GENERAL DE LA CAJA DE PREVISION SOCIAL DEL ABOGADO
REGLAMENTO GENERAL DE LA CAJA DE PREVISION SOCIAL DEL ABOGADO CONSTITUCION DE LA CAJA Artículo 1º.- EL COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA, por el presente reglamento general, constituye un sistema de protección
Más detallesREGLAMENTO DEL FONDO DE AUXILIO POR FALLECIMIENTO
Resolución Nº 002-CMVP-2008 - Reglamento FAF Página 1 de 6 REGLAMENTO DEL FONDO DE AUXILIO POR FALLECIMIENTO CAPÍTULO I DE LA CREACIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO Y FINALIDAD Artículo 1º.- El Fondo
Más detallesCREASE EL COLEGIO QUÍMICO-FARMACEUTICO DEL PERU LEY N 15266
CREASE EL COLEGIO QUÍMICO-FARMACEUTICO DEL PERU LEY N 15266 El Presidente de la República Por cuanto: El Congreso ha Dado la Ley siguiente: El Congreso de la República peruana. Ha dado la Ley siguiente:
Más detalles1. Organizaciones políticas regidas por normas de democracia interna: -Partidos políticos. -Movimientos de alcance regional o departamental.
INSTRUCTIVO SOBRE DEMOCRACIA INTERNA PARA LA ELECCIÓN DE CANDIDATOS DE LOS PARTIDOS POLITICOS Y MOVIMIENTOS REGIONALES PARA EL PROCESO DE ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES DEL AÑO 2010 I. OBJETIVO Precisar
Más detallesDECLARACIÓN JURADA DE IMPEDIMENTOS Y ANTECEDENTES. Quien suscribe... con DNI N..., RUC N...,. y con. domicilio en...,
DECLARACIÓN JURADA DE IMPEDIMENTOS Y ANTECEDENTES Quien suscribe... con DNI N..., RUC N...,. y con domicilio en..., Estado civil..., DECLARO BAJO JURAMENTO: 1. No tener vínculo laboral o prestar servicios
Más detallesLEY DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA LEY Nº 27933
LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA LEY Nº 27933 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: La Comisión Permanente del Congreso de la República ha dado la ley siguiente: LA COMISIÓN PERMANENTE
Más detallesCONSEJO REGIONAL I DEL COLEGIO TECNÓLOGO MÉDICO DEL PERÚ LIMA CALLAO- ICA
CONSEJO REGIONAL I DEL COLEGIO TECNÓLOGO MÉDICO DEL PERÚ LIMA CALLAO- ICA REGLAMENTO DE PAGO, FRACCIONAMIENTO Y REFINANCIAMIENTO DE DEUDAS POR HABILITACIÓN CONSEJO REGIONAL I LIMA CALLAO - ICA DEL COLEGIO
Más detallesCOLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE COSTA RICA REGLAMENTO DEL FONDO DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN Y FINES
COLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE COSTA RICA REGLAMENTO DEL FONDO DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN Y FINES Artículo 1. Objetivo. Créase el Fondo de Mutualidad y Subsidios
Más detalles1. Organizaciones políticas regidas por normas de democracia interna: -Partidos políticos. -Movimientos de alcance regional o departamental.
INSTRUCTIVO SOBRE DEMOCRACIA INTERNA PARA LA ELECCIÓN DE CANDIDATOS DE LOS PARTIDOS POLITICOS Y MOVIMIENTOS REGIONALES PARA EL PROCESO DE ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES DEL AÑO 2010 I. OBJETIVO Precisar
Más detallesCOOPERATIVA DE SERVICIOS EDUCACIONALES ABRAHAM LINCOLN LTDA COLEGIO PERUANO NORTEAMERICANO ABRAHAM LINCOLN COMITÉ DE ADMISION Y BECAS
COOPERATIVA DE SERVICIOS EDUCACIONALES ABRAHAM LINCOLN LTDA COLEGIO PERUANO NORTEAMERICANO ABRAHAM LINCOLN COMITÉ DE ADMISION Y BECAS REGLAMENTO INTERNO CAPITULO I GENERALIDADES Art. 1.- El Comité de Admisión
Más detallesREGLAMENTO DE PREVISION SOCIAL
- 1 - REGLAMENTO DE PREVISION SOCIAL OBJETIVO. El presente reglamento tiene por objeto regular los procedimientos de administración y otorgamiento de los beneficios de Previsión Social que la Cooperativa
Más detallesMANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES OFICINA DE TESORERIA
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES OFICINA DE TESORERIA 143 ESTRUCTURA DE CARGOS I. DENOMINACION DEL ORGANO: OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACION I.1 DENOMINACION DE LA : OFICINA DE TESORERIA Nº ORDEN CODIGO
Más detalles(01 = FARMACIA 02 = BOTICA 03 =SERVICIO DE FARMACIA) 2. NOMBRE COMERCIAL:... (Según RUC) 3..DISTRITO: 4.PROVINCIA:..
FORMATO A SOLICITUD - DECLARACIÓN JURADA DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA Exp. Nº:... SOLICITA SE REGISTRE LO SIGUIENTE: AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO... DEL ESTABLECIMIENTO
Más detallesTEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL COLEGIO MÉDICO VETERINARIO DEL PERÚ (COLEGIOS MÉDICO VETERINARIO DEPARTAMENTALES)
TETO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL COLEGIO MÉDICO VETERINARIO DEL PERÚ - 2006 (COLEGIOS MÉDICO VETERINARIO DEPARTAMENTALES) Nº GESTION INSTITUCIONAL 1. Colegiatura de Médico Veterinario.
Más detallesC I R C U L A R N 2.100
Montevideo, 30 de Diciembre de 2011 C I R C U L A R N 2.100 Ref: ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE AHORRO PREVISIONAL - Modificación de la normativa contenida Recopilación de Normas de Control de Fondos Previsionales.
Más detallesCONVOCATORIA DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS N CONSUCODE PARA CUBRIR LA PLAZA VACANTE DE CHOFER (TÉCNICO 2)
CONVOCATORIA DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS N 006-2006- CONSUCODE PARA CUBRIR LA PLAZA VACANTE DE CHOFER (TÉCNICO 2) BASES DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS COMITÉ DE SELECCIÓN DE PERSONAL ÍNDICE CAPÍTULO
Más detallesTUPA COLEGIO DE ABOGADOS DE ICA
TUPA COLEGIO DE ABOGADOS DE ICA Aprobado por sesión ordinaria del Consejo Directivo de fecha 19 de agosto de 2017 TRAMITE REQUISITOS COSTO POR DERECHO DE TRAMITE DEPENDENCIA DERECHO DE INCORPORACION Abogados
Más detallesCONVOCATORIA CONCURSO PÚBLICO PARA EL REGISTRO DE JUECES SUPERNUMERARIOS EN EL DISTRITO JUDICIAL DE LIMA ESTE
COMISIÓN DISTRITAL PARA LA SELECCIÓN DE JUECES SUPERNUMERARIOS DE REGISTRO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA CONVOCATORIA 001 2017 CONCURSO PÚBLICO PARA EL REGISTRO DE JUECES SUPERNUMERARIOS EN
Más detallesRESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT CREACION DE LA UNIDAD EJECUTORA MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE INFORMACION DE LA SUNAT - MSI
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 061-2017/SUNAT CREACION DE LA UNIDAD EJECUTORA MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE INFORMACION DE LA SUNAT - MSI Lima, 07 de marzo de 2017 VISTO: El Informe N 005-2017-SUNAT/1K2000
Más detallesLEY. CLASE b): Que se destinará a las Entidades Gremiales Empresarias. CLASE e): Que serán destinadas a grandes empresas.
El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de LEY Artículo 1º.- Modificase los artículos 2, 6, 10º, 11, 12, 14º, 16º, 17º y 20º de la ley 11.560 Fondo de Garantías
Más detallesCOLEGIO TECNÓLOGO MÉDICO DEL PERÚ
1 COLEGIO TECNÓLOGO MÉDICO DEL PERÚ CONSEJO REGIONAL I (Lima Callao Ica) FICHA DE DATOS 1. Datos Personales FECHA:... /... / 1.1 CTMP N :... (Llenado por el CN C.T.M.P.) 1.2 Apellidos:... 1.3 Nombres:...
Más detallesPROCESO CAS N II CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS
PROCESO CAS N II -2012 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS I. GENERALIDADES 1. Objeto de la convocatoria Contratar los servicios de 01 Persona para ser contratadas bajo el régimen
Más detallesREGLAMENTO DEL FONDO DE AYUDA MUTUA DEL COLEGIO PROFESIONAL DE PSICOLOGOS DE COSTA RICA
REGLAMENTO DEL FONDO DE AYUDA MUTUA DEL COLEGIO PROFESIONAL DE PSICOLOGOS DE COSTA RICA MODIFICACION EFECTUADA EN LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA N 71, DEL DIA SABADO 4 DE SETIEMBRE, 2010. INDICE Página
Más detallesLey Nº Entre algunos aspectos relevantes que se establecen a través del artículo 84º-A encontramos:
Ley Nº 29451 Ley que modifica el Decreto Ley Nº 19990, Sistema Nacional de Pensiones de la Seguridad Social, y establece el Régimen Especial de Jubilación para la Sociedad Conyugal y las Uniones de Hecho
Más detallesPROYECTO ESPECIAL PARA LA PREPARACION Y DESARROLLO DE LOS XVIII JUEGOS PANAMERICANOS DEL 2019 PROCESO CAS Nº
PROYECTO ESPECIAL PARA LA PREPARACION Y DESARROLLO DE LOS XVIII JUEGOS PANAMERICANOS DEL 2019 PROCESO CAS Nº 171-2017 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE (01) UN ESPECIALISTA
Más detallesEmpresas Asociativas de Trabajo
Empresas Asociativas de Trabajo Las empresas asociativas de trabajo son organizaciones económicas productivas, cuyos asociados aportan su capacidad laboral, por tiempo indefinido y algunos además entregan
Más detallesDelegación Estatal en Puebla. Jefatura de Servicios de Afiliación y Cobranza
Delegación Estatal en Puebla Jefatura de Servicios de Afiliación y Cobranza 1 2 SITUACION ACTUAL Circunscripción territorial La Delegación Estatal en Puebla cuenta con 5 Subdelegaciones, estas iniciaron
Más detallesPROYECTO ESPECIAL PARA LA PREPARACION Y DESARROLLO DE LOS XVIII JUEGOS PANAMERICANOS DEL 2019
PROYECTO ESPECIAL PARA LA PREPARACION Y DESARROLLO DE LOS XVIII JUEGOS PANAMERICANOS DEL 2019 PROCESO CAS Nº 009-2015 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE (01) UN PROFESIONAL
Más detallesPor ello, y en uso de las facultades que le son propias. LA DIRECTORA GENERAL DE INGRESOS PROVINCIALES RESUELVE:
, 4 de Marzo de 2013. RESOLUCION GENERAL Nº 007/2013 VISTO: La Ley Nº 9342, y: CONSIDERANDO: Que mediante tal disposición se establece con carácter general y obligatorio un Régimen de Re- empadronamiento
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL FONDO PyME 2012 APROBADO POR EL CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO PYME EL 24 DE ENERO DE 2012 ANEXO 1
ANEXO 1 OPERACIÓN Y FUNCIONES DEL SUBCOMITÉ TÉCNICO ESTATAL Página 87 de 97 A. Conformación. ANEXO 1 Operación y funciones del Subcomité La conformación del Subcomité prevé la participación del Secretario
Más detallesRESOLUCIÓN MINISTERIAL No 29. La Paz, 12 de febrero de 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL No 29 La Paz, 12 de febrero de 2016 VISTOS: El Informe Técnico VMTEL DGSTEL No. 0054/2015 de 24 de diciembre de 2015 de la Dirección General de Servicios en Telecomunicaciones del
Más detallesCENTRO DE RECREACION PARA TECNICOS, SUBOFICIALES Y EMPLEADOS CIVILES DE LA FUERZA AEREA DEL PERU
CENTRO DE RECREACION PARA TECNICOS, SUBOFICIALES Y EMPLEADOS CIVILES DE LA FUERZA AEREA DEL PERU REGLAMENTO DE LA JUNTA DE DELEGADOS 2012 REGLAMENTO DE LA JUNTA DE DELEGADOS ÍNDICE Página TÍTULO I GENERALIDADES
Más detallesCOLEGIO QUÍMICO FARMACÉUTICO DEL PERÚ
COLEGIO QUÍMICO FARMACÉUTICO DEL PERÚ NUEVO TEXTO DEL REGLAMENTO NACIONAL DE COLEGIATURA RESOLUCION N 018 2016 DN CQFP Artículo 1º. Finalidad TITULO I GENERALIDADES El presente reglamento, establece las
Más detallesReglamento de Crédito Prendario
Articulo 1: Definición. Reglamento de Crédito Prendario Es un crédito destinado a financiar un porcentaje del valor comercial de vehículos nuevos o usados y motos nuevas, adquiridos de agencias, establecimientos
Más detallesCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PASCO
TERCERA CONVOCATORIA NACIONAL PARA INTEGRAR EL REGISTRO DISTRITAL TRANSITORIO DE JUECES SUPERNUMERARIOS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PASCO La Comisión a cargo de la Selección de Jueces Supernumerarios
Más detallesCIRCULAR N 215 REF.: REQUERIMIENTO DE CUOTAS DE GARANTIA ESTATAL. COMPLEMENTA CIRCULARES N 168 Y N 193.
CIRCULAR N 215 Vistos, las facultades que confiere la ley a esta Superintendencia, se imparten las siguientes instrucciones de cumplimiento obligatorio para todas las Administradoras de Fondos de Pensiones.
Más detalles(Lugar de recepción, fecha, hora y código del derecho minero) PETITORIO MINERO. Llenar con letra imprenta y legible. Presentar un original y 01 copia.
(Lugar de recepción, fecha, hora y código del derecho minero) PETITORIO MINERO Llenar con letra imprenta y legible. Presentar un original y 01 copia. 1.- NOMBRE DEL PETITORIO MINERO: (Si el nombre está
Más detallesCONVOCATORIA N
CONVOCATORIA N 001-2014 CONCURSO PÚBLICO PARA EL REGISTRO DE JUECES SUPERNUMERARIOS EN EL DISTRITO JUDICIAL DE LIMA ESTE La Comisión Distrital para la Selección de Jueces Supernumerarios de Registro de
Más detallesCURSO DE CAPACITACION FORMACIÓN DE AUDITORES INTERNOS PARA ELECTRO SUR ESTE S.A.A.
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA No AMC-0092-2005-ELSE PRIMERA CONVOCATORIA CURSO DE CAPACITACION FORMACIÓN DE AUDITORES INTERNOS PARA ELECTRO SUR ESTE S.A.A. CUSCO-2005 1 BASES GENERALES 1. GENERALIDADES.
Más detallesREGLAMENTO DEL AUXILIO MUTUAL Y ASISTENCIA SOCIAL
REGLAMENTO DEL AUXILIO MUTUAL Y ASISTENCIA SOCIAL ÍNDICE Página GENERALIDADES 2 SECCIÓN Nº 1 3 FONDO DE AUXILIO MUTUAL 3 5 SECCIÓN Nº 2 5 FONDO DE RESERVA DEL AUXILIO MUTUAL 5 SECCIÓN Nº 3 6 CARTA MUTUAL
Más detalles2. NOMBRE COMERCIAL: DISTRITO:...4. PROVINCIA: CALLE: (Avenida, Jirón, Carretera)... 5a. Urb./AA.HH. :...
FORMATO A-O OFICINA FORMATO FARMACEUTICA A-O ICINA SOLICITUD FARMACEUTICA - DECLARACIÓN JURADA Dirección de Fiscalización Control y Vigilancia Sanitaria Unidad de Registros de Establecimientos Farmacéuticos
Más detallesMODELO DE REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA PARA GOBIERNOS AUTÓNOMOS MUNICIPALES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE NORMAS DE GESTIÓN PÚBLICA MODELO DE REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA PARA GOBIERNOS AUTÓNOMOS MUNICIPALES ESTADO PLURINACIONAL
Más detallesGerencia de Fiscalización Electoral. Expositor: Jorge Antonio Jauregui Mendieta
Gerencia de Fiscalización Electoral Expositor: Jorge Antonio Jauregui Mendieta Estructura de la exposición La exposición desarrollará los aspectos siguientes: a) Definición de conceptos respecto de la
Más detallesSecretaría de la Transformación Productiva FONDO PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO ARGENTINO
Secretaría de la Transformación Productiva FONDO PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO ARGENTINO Resolución 69 - E/2016 Modificación. Resolución Nº 353/2014. Buenos Aires, 15/12/2016 VISTO el Expediente EX-2016-04562952-APN-DDYME#MP,
Más detallesPASANTÍA PASANTÍAS FACULTAD DE GESTIÓN FACULTAD DE GESTIÓN
REGLAMENTO REGLAMENTO DE DE PRÁCTICAS PRÁCTICA Y PASANTÍAS PASANTÍA FACULTAD DE GESTIÓN FACULTAD DE GESTIÓN TITULO I DE LOS FINES Y OBJETIVOS Art. 01. El presente Reglamento General tiene por objeto Normar
Más detallesREGLAMENTO DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. Decreto n.º
Decreto n.º 20-2006 Publicado en La Gaceta n. 7 de miércoles 10 de enero de 2007 NOTA: De conformidad con lo establecido en el inciso f, artículo 7 y el artículo 11 del decreto del TSE n. 03-2014 Reglamento
Más detallesEL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN PORTOVIEJO CONSIDERANDO EXPIDE:
ORDENANZA QUE REGULA EL IMPUESTO DE LAS UTILIDADES EN LA TRANSFERENCIA DE PREDIOS URBANOS Y PLUSVALÍA DE LOS MISMOS, DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PORTOVIEJO EL CONCEJO MUNICIPAL
Más detallesTÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales
Tipo Norma :Decreto 4 Fecha Publicación :08-06-2013 Fecha Promulgación :19-02-2013 Organismo :MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; SUBSECRETARÍA DE Título EVALUACIÓN SOCIAL :APRUEBA REGLAMENTO QUE REGULA EL
Más detallesUNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA FACULTAD DE CIENCIAS
UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA FACULTAD DE CIENCIAS NORMATIVA INTERNA DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CAPÍTULO I DISPOSICIONES
Más detallesNORMATIVO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS DEL COLEGIO DE FARMACEUTICOS Y QUÍMICOS DE GUATEMALA
NORMATIVO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN DE LOS ACTOS Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece el libre acceso a la información y siendo uno de los principios fundamentales de toda
Más detallesINSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES VIGENCIA DEL PRESENTE INSTRUCTIVO: Este instructivo se refiere a las condiciones vigentes
Más detallesReglamento del Centro de Estudios Constitucionales del Tribunal Constitucional
Reglamento del Centro de Estudios Constitucionales del Tribunal Constitucional RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 019-2005-P-TC Lima, 1 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 28301 se promulgó
Más detallesCOLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE LIMA
COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE LIMA DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN DE LA ESPECIALIDAD EN PERITAJE CONTABLE CONVOCATORIA PROCESO DE REVALIDACIÓN REPEJ 2018-2019 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE PROCESO
Más detallesCONCURSO PÚBLICO PARA EL REGISTRO DE JUECES SUPERNUMERARIOS EN EL DISTRITO JUDICIAL DE SULLANA
CONCURSO PÚBLICO PARA EL REGISTRO DE JUECES SUPERNUMERARIOS EN EL DISTRITO JUDICIAL DE SULLANA La Comisión, de conformidad con el Reglamento del Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios
Más detallesFRANQUICIA TRIBUTARIA POR DONACIONES A PROYECTOS DEPORTIVOS
INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES DIVISION DE DESARROLLO DEPARTAMENTO DE EVALUACION DE PROYECTOS FRANQUICIA TRIBUTARIA POR DONACIONES A PROYECTOS DEPORTIVOS Programa de Seminarios para Difusión del Sistema
Más detallesInterés Penal. Multa No 50% % 40% %
CIRCULAR Nº15 SANTIAGO, 09 de Mayo de 2007 1.- MATERIA CONDONACION PERMANENTE Y TRANSITORIA DE INTERESES Y MULTAS A GIROS DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS. ================================= La condonación
Más detallesPODER JUDICIAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PASCO
CONVOCATORIA CONCURSO PÚBLICO PARA EL REGISTRO DE JUECES SUPERNUMERARIOS EN EL DISTRITO JUDICIAL DE PASCO. La comisión de la Corte Superior de Justicia de Pasco, designada de conformidad con el Reglamento
Más detallesCONCEJO EDUCATIVO MUNICIPAL PLAN DE TRABAJO COMITÉ DE AULA DE 5 AÑO SECCION ÚNICA I.- DATOS GENERALES: 1.1 AÑO : 2011 1.2 I.E.P. : SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO 1.3 NIVEL : SECUNDARIA 1.4 GRADO : 5º SECCIÓN:
Más detallesCONCESIÓN DE LOCALES PARA FOTOCOPIADORAS AÑO 2017
UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO BASES ADMINISTRATIVAS CONCURSO ADJUDICACION DIRECTA MENOR CUANTIA Nº 002-DA-UABAST-2017 CONCESIÓN DE LOCALES PARA FOTOCOPIADORAS AÑO 2017 CALENDARIO DEL CONCURSO Nº DESCRIPCIÓN
Más detallesREGLAMENTO DE LOS CONSEJOS REGIONALES DEL EXTERIOR DEL COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERÚ (CRE-CIP)
REGLAMENTO DE LOS CONSEJOS REGIONALES DEL EXTERIOR DEL COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERÚ (CRE-CIP) Aprobado por Unanimidad en la Sétima Sesión Extraordinaria del Congreso Nacional de Consejos Departamentales
Más detallesMUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC PROCURADURIA PÚBLICA MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC PROCESO DE SELECCIÓN DE PRESTADORES DE SERVICIOS SUJETOS AL REGIMEN LABORAL ESPECIAL DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS PROCESO CAS Nº 012-2017 PROCURADURIA PÚBLICA
Más detallesCOMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL
Introducción COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL El Comité de Bienestar Social, creado al amparo de la Asociación de Funcionarios de la Universidad de Los Lagos, nace como una sentida aspiración de todos los miembros
Más detallesINDICE INTRODUCCIÓN. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º. CAPITULO II FINES Y OBJETIVOS Artículo 2º y 3º.
INDICE INTRODUCCIÓN CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º. CAPITULO II FINES Y OBJETIVOS Artículo 2º y 3º. CAPITULO III ORGANIZACIÓN FUNCIONAL Artículos 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10º y 11º. CAPITULO
Más detallesCOLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE AYACUCHO REGLAMENTO DEL COMITÉ DE AUDITORIA
COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE AYACUCHO REGLAMENTO DEL COMITÉ DE AUDITORIA TITULO I DE LA NATURALEZA, FINES Y ATRIBUCIONES DEL COMITÉ CAPITULO I DE LA NATURALEZA Artículo 1.- El Comité de Auditoría
Más detallesSECRETARIA DE ACTAS ACTA No RESOLUCION NO. CU FECHA:
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA En uso de la atribución que le confiere el artículo 14 numeral 28 del Reglamento General de la Institución, R E S U E L V E 1.
Más detallesACUERDO MINISTERIAL No
ACUERDO MINISTERIAL No. 134-2016 Guatemala, 25 de abril de 2016 EL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, El Estado
Más detallesEL CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES
CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES NUCLEO DE AUTORIDADES DE POSTGRADO SECRETARIADO PERMANENTE CNU EL CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES En ejercicio de la atribución que le confiere el numeral 19 del artículo
Más detallesDIRECTIVA Nº /CN
DIRECTIVA Nº 011-06-2015/CN PARA: DE: ASUNTO: Gerencia General Gerencia de Riesgos y Finanzas Gerencia de TI y Administración Jefatura de Créditos y Recuperaciones Jefatura de Contabilidad Unidad de Auditoría
Más detallesReforma Ley Orgánica del Colegio de Abogados
Reforma Ley Orgánica del Colegio de Abogados N 9266 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: REFORMA PARCIAL DE LA LEY N. 13, LEY ORGÁNICA DEL COLEGIO DE ABOGADOS, DE 28 DE OCTUBRE
Más detallesCONTRATACION DE PERSONAL EXTRANJERO REQUISITOS: Solicitud según formato adjuntando:
CONTRATACION DE PERSONAL EXTRANJERO REQUISITOS: Solicitud según formato adjuntando: Contrato de trabajo preferentemente según modelo, en tres (03) ejemplares conteniendo las cláusulas según normas vigentes
Más detallesREGLAMENTO DE COMITÉ EVALUADOR DE CARTERA
REGLAMENTO DE COMITÉ EVALUADOR DE CARTERA 1 ACUERDO No. 010 (Julio X de 2.010) Por medio del cual se adopta el reglamento del Comité de Cartera. La Junta Directiva del Fondo de Empleados CRISTAR, en uso
Más detallesMUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC PROCURADURIA PÚBLICA MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC PROCESO DE SELECCIÓN DE PRESTADORES DE SERVICIOS SUJETOS AL REGIMEN LABORAL ESPECIAL DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS PROCESO CAS Nº 008-2017 PROCURADURIA PÚBLICA
Más detallesInstructivo Solicitud de Baja de Sucursal
Instructivo Solicitud de Baja de Sucursal 1 SOLICITUD DE BAJAS Se deberá solicitar por nota con membrete de la agencia (traer con una copia simple, la cual será sellada como constancia de que se ha iniciado
Más detallesREGLAMENTO DE LA OFICINA DE TASAS JUDICIALES TITULO PRIMERO: DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA OFICINA DE TASAS JUDICIALES.
REGLAMENTO DE LA OFICINA DE TASAS JUDICIALES TITULO PRIMERO: DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA OFICINA DE TASAS JUDICIALES. OBJETO: La Oficina de Tasas Judiciales tendrá la organización y competencia
Más detallesREGLAMENTO DE LA UNIDAD ACADÉMICA DEL COLEGIO DE ABOGADOS Y NOTARIOS DE GUATEMALA
REGLAMENTO DE LA UNIDAD ACADÉMICA DEL COLEGIO DE ABOGADOS Y NOTARIOS DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que conforme lo establece el artículo 90 de la Constitución Política de la República de Guatemala, los Colegios
Más detallesLimitaciones para realizar actividades diarias. Área de residencia, región natural, departamento y condición de afiliado a algún seguro.
100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 100.0 Sí está afiliado 61.2 63.8 63.0 58.0 62.6 59.4 56.7 66.0 No está afiliado 38.2 35.6 36.4 41.3 36.8 40.0 42.9 33.5 No especificado 0.6 0.6 0.6 0.7 0.6 0.6
Más detallesOFICINA DE LOGISTICA Y SERVICIOS GENERALES
PROCESO 002-2015-C-CEPA/UJCM CONCURSO PRIVADO DE ADJUDICACIÓN SERVICIO DE FOTOCOPIADO E IMPRESIONES EN EL CAMPUS SAN ANTONIO DE LA UNIVERSIDAD JOSÉ CARLOS MARIÁTEGUI - 2015 BASES PARA ADJUDICACIÓN DE SERVICIO
Más detallesMINISTERIO DE DEFENSA PROCESO CAS N MINDEF/DGEPREV CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (A) (1) TESORERO
MINISTERIO DE DEFENSA PROCESO CAS N 015--MINDEF/DGEPREV CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (A) (1) TESORERO I. GENERALIDADES 1. Objeto de la convocatoria Contratar los
Más detallesPROYECTO ESPECIAL PARA LA PREPARACION Y DESARROLLO DE LOS XVIII JUEGOS PANAMERICANOS DEL 2019 PROCESO CAS Nº
PROYECTO ESPECIAL PARA LA PREPARACION Y DESARROLLO DE LOS XVIII JUEGOS PANAMERICANOS DEL 2019 PROCESO CAS Nº 024-2015 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE (01) UN ASISTENTE
Más detallesPROCEDIMIENTO OTORGAMIENTO DE BECAS DE ESCOLARIDAD CENTRO DE PADRES Y APODERADOS COLEGIO CUMBRES
PROCEDIMIENTO OTORGAMIENTO DE BECAS DE ESCOLARIDAD CENTRO DE PADRES Y APODERADOS COLEGIO CUMBRES PRIMERO: OBJETIVO El Centro de Padres y Apoderados del Colegio Cumbres, en adelante el Centro de Padres,
Más detallesMinisterio de Economía y Finanzas PROCESO CAS Nº PERÚ COMPRAS
PROCESO CAS Nº 055-2016- BASES PARA LA CONVOCATORIA DE PERSONAL BAJO EL RÉGIMEN ESPECIAL DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS - CAS I. GENERALIDADES 1. ENTIDAD CONVOCANTE. 2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Más detallesROF ACTUAL FUNCION GENERAL SUBGERENCIA DE CONTABILIDAD ROF PROPUESTO CAMBIO FUNCION GENERAL JUSTIFICACION La Subgerencia de Contabilidad es un órgano de la Gerencia de Finanzas, responsable de conducir
Más detallesCOOPERATIVA DE SERVICIOS EDUCACIONALES ABRAHAM LINCOLN LTDA COLEGIO PERUANO NORTEAMERICANO ABRAHAM LINCOLN
COOPERATIVA DE SERVICIOS EDUCACIONALES ABRAHAM LINCOLN LTDA COLEGIO PERUANO NORTEAMERICANO ABRAHAM LINCOLN COMITÉ DE EDUCACIÓN COOPERATIVA REGLAMENTO INTERNO CAPITULO I GENERALIDADES Art 1.- El presente
Más detallesInstituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas AÑO DE LA CONSOLIDACION DEL MAR DE GRAU PROCESO DE CONVOCATORIA N TÉRMINOS DE REFERENCIA
PROCESO DE CONVOCATORIA N 292-2016 TÉRMINOS DE REFERENCIA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) ABOGADO PERFIL DEL PUESTO Requisitos: Experiencia: Experiencia profesional
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE NORMAS DE GESTIÓN PÚBLICA DIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMAS DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN FISCAL REGLAMENTO DEL REGISTRO ÚNICO DE PROVEEDORES DEL
Más detallesCOOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CREDICAFE ACUERDA
COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CREDICAFE RESOLUCION No. 004 POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA UTILIZACIÓN DEL FONDO DE RECREACIÓN E INCENTIVOS Y EL COMITÉ RESPECTIVO EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE
Más detallesCOLEGIO DE ESTADISTICOS DEL PERÚ REGLAMENTO ELECTORAL
COLEGIO DE ESTADISTICOS DEL PERÚ http://www.coespe.org REGLAMENTO ELECTORAL PROCESO ELECTORAL 2013: RENOVACIÓN DEL CONSEJO NACIONAL Y DE LOS CONSEJOS REGIONALES COESPE (2014-2015) Parque Hernán Velarde
Más detallesJUAN CARLOS ZEGARRA AGOSTO
JUAN CARLOS ZEGARRA AGOSTO 2008 1 TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA D.LEG. 1086 2 Principales modificaciones 1. Ámbito de Aplicación 2. Cuota aplicable 3. Libros contables 3 Ámbito de
Más detallesREGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA
REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA Aprobado mediante Resolución de Directorio N 003/2014 de 20/03/2014 Resolución Administrativa N 126/2014 de 21/04/2014 Documento Compatible con las Normas
Más detallesEmpresas Asociativas de Trabajo
Empresas Asociativas de Trabajo Las empresas asociativas de trabajo son organizaciones económicas productivas, cuyos asociados aportan su capacidad laboral, por tiempo indefinido y algunos además entregan
Más detallesCENTRO DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS
UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA (Creado por Ley 25665) FACULTAD DE ENFERMERÍA CENTRO DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS CICLO DE TITULACIÓN VIA TESIS PARA OPTAR EL TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADO (A) EN ENFERMERÍA
Más detallesRESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº PCM-SD
Reconocen a las cinco Comisiones Intergubernamentales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, encargadas de desarrollar los componentes de la gestión descentralizada de los servicios públicos al
Más detalleso Coadyuvar en el desarrollo de los órganos nacionales y estatales encargados de la administración y recursos del partido, y
TESORERIA ESTATAL o Órgano responsable de todos los recursos que por concepto de financiamiento público federal, donativos, aportaciones privadas y otros que ingresen a las cuentas estatales del partido.
Más detallesZonas y departamentos del Perú: información sobre nacidos vivos y ejecución financiera mensual per cápita
Zonas y departamentos del Perú: información sobre nacidos vivos y ejecución financiera mensual per cápita Enero 2018 El Perú hacia el desarrollo La información que se presenta a continuación permite establecer
Más detallesArtículo 193. II. Su conformación, estructura y funciones estarán determinadas por la ley.
Artículo 193 I. El Consejo de la Magistratura es la instancia responsable del régimen disciplinario de la jurisdicción ordinaria, agroambiental y de las jurisdicciones especializadas; del control y fiscalización
Más detallesESTATUTOS DEL CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS INVESTIGADORES, DOCENTES UNIVERSITARIOS, SECUNDARIOS Y PRIMARIOS DE FADIUNC
ESTATUTOS DEL CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS INVESTIGADORES, DOCENTES UNIVERSITARIOS, SECUNDARIOS Y PRIMARIOS DE FADIUNC Fundado el día 2 de diciembre de 2013 en la ciudad de Mendoza, a las 18 horas,
Más detallesH. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE IXTLAHUACÁN
DATOS GENERALES DEL PUESTO NOMBRE DEL PUESTO Tesorero Municipal JEFE INMEDIATO Presidente Municipal OBJETIVO DEL PUESTO Es que dicha dependencia está encargada de recaudar, distribuir, administrar y controlar
Más detallesCOLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE LOS CONSEJOS REGIONALES CAPITULO PRIMERO
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE LOS CONSEJOS REGIONALES CAPITULO PRIMERO De la constitución, fines y de la Administración de los Consejos Regionales. Se establece
Más detalles2 9 AGO 2Dft. Lima, 28 de Agosto del Señor Doctor Q.F. LUIS KANASHIRO CHINEN Decano Nacional del Colegio Químico Farmacéutico del Perú Presente.
Lima, 28 de Agosto del 2014 Señor Doctor Q.F. LUIS KANASHIRO CHINEN Decano Nacional del Colegio Químico Farmacéutico del Perú Presente. Asunto: Remite Proyecto de Reglamento de Auspicios Institucionales
Más detallesGOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Dirección de Regional de Salud HOSPITAL SAN JOSE CONVOCATORIA CAS-CE-HSJ-CALLAO / GRC
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Dirección de Regional de Salud HOSPITAL SAN JOSE CONVOCATORIA 019-2010-CAS-CE-HSJ-CALLAO / GRC BASES DEL PROCESO PARA CONTRATAR PERSONAL PROFESIONAL MEDICO EN LA MODALIDAD
Más detalles