UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO Campus Manuel Haz Álvarez SECRETARIA GENERAL
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- Agustín Pereyra Montero
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1 Normativa (Instructivo) que regula las Pasantías de los Estudiantes en la Universidad Técnica Estatal de Quevedo Aprobada en único debate en Sesión Ordinaria Continuada del Consejo Universitario, de fecha nueve, doce y catorce de Enero del dos mil trece, según resolución Trigésima Primera. ELABORADO POR AB. OMAR PICO ZAMBRANO, PROCURADOR UTEQ 1
2 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD TECNICA ESTATAL DE QUEVEDO Considerando: Que, articulo 59 de la Ley Orgánica del Servicio Público establece que las instituciones del sector público podrán celebrar convenios o contratos de pasantías con estudiantes de institutos, universidades y escuelas politécnicas, respetando la equidad y paridad de género, discapacidad y la interculturalidad, así mismo, las instituciones del Estado podrán celebrar convenios de práctica con los establecimientos de educación secundaria. Por estos convenios o contratos no se origina relación laboral ni dependencia alguna, no generan derechos ni obligaciones laborales o administrativas, se caracterizan por tener una duración limitada y podrán percibir un reconocimiento económico, establecido por el Ministerio de Relaciones Laborales. Que, el inciso tercero del artículo 149 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público establece que las instituciones del sector público podrán celebrar convenios de práctica estudiantil con los establecimientos de educación regular de nivel medio. Adicionalmente las instituciones del Estado para contar con pasantes universitarios podrán utilizar los proyectos específicos de pasantías que mantenga el Ministerio de Relaciones Laborales. Que, el Ministerio de Relaciones Laborales mediante Registro Oficial de fecha 29 de noviembre del 2012, expidió a norma técnica que establece las directrices para la elaboración de los convenios de pasantías y prácticas pre profesionales en el sector público. Que, es necesario constar con un marco legal que permita regular y reglamentar las pasantías en la Universidad Técnica Estatal de Quevedo. En uso de las atribuciones que le confiere el numeral 4 del artículo 21 del Estatuto Orgánico de la Universidad Técnica Estatal de Quevedo. Resuelve: Expedir LA NORMATIVA (INSTRUCTIVO INTERNO) QUE REGULA LAS PASANTIAS DE LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDA TECNICA ESTATAL DE QUEVEDO Art. 1.- Del objeto.- El presente reglamento tiene como finalidad, establecer normas que regulen la pasantía en la UTEQ. Art. 2.- Del ámbito.- Las disposiciones de estas normas son de aplicación obligatoria para las y los pasantes que realicen las actividades complementarias a la formación académica en la Universidad Técnica Estatal de Quevedo. 2
3 Art. 3.- De la competencia.- La competencia para la aplicación de este reglamento estará a cargo del Rector o su delegado y la Unidad Administrativa de Talento Humano de la Universidad Técnica Estatal de Quevedo o quien haga sus veces. PASANTÍAS Art. 4.- Base de datos.- Los Decanos de cada Facultad remitirán la nómina de estudiantes aptos para realizar la pasantía cada semestre o año al Rector a su delegado, con la finalidad de tener la respectiva base de datos que facilite dar el trámite correspondiente al pedido de pasantes por los Jefes o Directores departamentales de la UTEQ. Art. 5.- Solicitud de pasante.- El Decano, Director o Jefe departamental; solicitara por escrito al Rector o su delegado el o la pasante que no podrá ser más de uno, describiendo el perfil de la labor a realizar; acto seguido con el visto bueno del Rector o su delegado se dispondrá que la Unidad Administrativa de Talento Humano o quien haga sus veces, realice los tramites determinados por el Ministerio de Relaciones Laborales mediante Registro Oficial de fecha 29 de noviembre del 2012, que expidió la norma técnica que establece las directrices para la elaboración de los convenios de pasantías y prácticas pre profesionales en el sector público. Art. 6.- Suscripción de convenios.- Para la realización de la pasantía, la Universidad Técnica Estatal de Quevedo, suscribirá convenio con la o el pasante. Art. 7.- Credencial.- Una vez que la UTEQ suscriba el convenio con el pasante en veinticuatro horas le entregara la respectiva credencial que lo identificara como tal. Art. 8.- Facilidades para el pasante.- La UTEQ dará todas las facilidades necesarias para que el pasante realice su pasantía y en lo que fuere posible un equipo de computación para que ponga en práctica sus actividades complementarias y los conocimientos adquiridos en la universidad, para ganar experiencia y desarrollarse en el campo laboral vinculado a su futuro profesional. Art. 9.- Control de asistencia.- El pasante efectuara su pasantía a satisfacción de la autoridad responsable de la unidad en la que lleve a cabo, y cumplirá por lo menos un 90% del total de las asistencias durante el tiempo de su pasantía. El control de asistencia corresponderá al Jefe de la Unidad donde se realice la pasantía en coordinación la Unidad Administrativa de Talento Humano, quien elaborará el respectivo formato. Art Duración.- La pasantía tendrá una duración máxima de un año y mínima de tres meses. Art Terminación de pasantías.- Las faltas repetidas de puntualidad y asistencia, la negligencia, la ineptitud o mala conducta del pasante darán lugar a la terminación anticipada de la pasantía, previo informe de la autoridad bajo cuya dirección se lleven a cabo la pasantía. 3
4 Art Certificado de cumplimiento de pasantías.- Los certificados de cumplimiento de la pasantía deberán contener nombres y apellidos del o la pasante, la universidad en la que estudia, el número de horas y el período de la pasantía, con el señalamiento del día y el mes que comenzó y en el que terminó, así como la calificación de 1 a 10 impuesta por la autoridad correspondiente, y la fecha de otorgamiento del certificado; para el efecto la Unidad Administrativa de Talento Humano o quien haga sus veces elaborará el respetivo formato. DISPOSICION GENERAL CONVENIOS El solicitante del o la pasante debe acompañar una planificación de la actividad a cumplir del pasante y que justifique la decisión del pedido. DISPOSICION SUPLETORIA PRIMERA.- En todo lo que no estece previsto en el presente Reglamento se estará a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Servicio Público y su Reglamento General y la Norma Técnica expedida por el Ministerio de Relaciones Laborales mediante Registro Oficial de fecha 29 de noviembre del 2012, mediante la cual se establece las directrices para la elaboración de los convenios de pasantías y prácticas pre profesionales en el sector público. DISPOSICION DE ACCION AFIRMATIVA PRIMERA.- Acción afirmativa.- Se aplicarán medidas de acción afirmativa para promover la igualdad de las y los pasantes; como tal se los eligirá de manera prioritaria; a saber: a) Estudiantes con discapacidad, acreditado mediante el certificado del CONADIS, c) Persona domiciliada durante los últimos cinco años en zona rural, condición que será acreditada con certificado de la junta parroquial; d) Pertenecer a los quintiles 1 y 2 de pobreza, o encontrarse bajo la línea de pobreza, lo que se acreditará con la certificación de la Dirección de Registro Social del Ministerio de Coordinación y Desarrollo Social; y, f)reconocerse como pertinente a una de las comunidades, pueblos o nacionalidades indígenas, afro ecuatorianas o montubias. APROBACION Y VIGENCIA.- La presente NORMATIVA (INSTRUCTIVO INTERNO) QUE REGULA LAS PASANTIAS DE LOS ESTUDIANTES EN LA UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO, fue aprobada por el Consejo Universitario en único debate, mediante resolución Trigésima Primera de sesión Ordinaria Continuada de fecha 9, 12 y 14 de Enero del dos mil trece; y el mismo que entrará en vigencia a partir de la presente fecha. 4
5 Dado y firmado en la ciudad de Quevedo, provincia de Los Ríos, en la Sala de Sesiones del Consejo Universitario de la Universidad Técnica Estatal de Quevedo, a los catorce días del mes de enero del dos mil trece. f) Ing. Zoot. Msc. Roque Luis Vivas Moreira, Rector UTEQ. f) Ab. Francisco B. Pincay Rizo, Secretario General UTEQ CERTIFICACION: Ab. Francisco Pincay Rizo, en mi calidad de Secretario General de la Universidad Técnica Estatal de Quevedo CERTIFICO que la presente NORMATIVA (INSTRUCTIVO INTERNO) QUE REGULA LAS PASANTIAS DE LOS ESTUDIANTES EN LA UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO, fue aprobada por el Consejo Universitario en único debate, mediante resolución Trigésima Primera de sesión Ordinaria Continuada de fecha 9, 12 y 14 de Enero del dos mil trece; y la misma que entrará en vigencia a partir de la presente fecha. Particular que certifico por así constar en los archivos a mi cargo, a los cuales me remitiré en caso de ser necesario. Quevedo enero 14,
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