AL AYUNTAMIENTO DE MADRID

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1 página 1 de 9-13-A131218a_recurso_bomberos.doc AL AYUNTAMIENTO DE MADRID [...] DIGO: - Que con fecha 17 de diciembre de 2013, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la convocatoria de: "Redacción del proyecto, la dirección de obra y la coordinación de seguridad y salud de la obra de reforma, reparación y conservación del parque 8 de bomberos derivada del Acuerdo Marco de las obras de reforma, reparación y conservación del conjunto de edificios demaniales y patrimoniales incluidos los espacios libres de parcela adscritos a la Subdirección General de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid". - Que por medio del presente escrito, en forma y plazo y en la expresada representación, vengo formular contra la anterior resolución RECURSO, sobre la base de las siguientes ALEGACIONES 1

2 página 2 de 9-13-A131218a_recurso_bomberos.doc PRIMERA: El Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid ostenta plena legitimación para promover el presente recurso conforme establece el artículo 31 de la Ley 30/92, en tanto entre sus responsabilidades se encuentra velar por la defensa de los intereses colectivos de Arquitectos de su circunscripción territorial, por lo que, resultando el pliego de cláusulas impugnado conculcador de principios que condicionan la concurrencia en régimen de igualdad, esta institución tiene interés legítimo en que la desviación administrativa se reconduzca en fase administrativa o judicial. El presente recurso se presenta, en forma y plazo, de conformidad con lo establecido en el artículo 117 de la Ley 30/92, y el procedimiento a seguir será el establecido en los artículos 116 y 117 de la citada Ley, debiendo resolverse el mismo en el plazo de un mes, estimándose, en caso contrario, desestimado por silencio administrativo y abriéndose el plazo para interponer el recurso contencioso administrativo correspondiente. SEGUNDA: LOS MOTIVOS por los que se interpone el recurso son: a) El Artículo 1. Objeto y finalidad del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público determina que: La presente Ley tiene por objeto regular la contratación del sector público, a fin de garantizar que la misma se ajusta a los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, y no discriminación e igualdad de trato entre los candidatos, [...] Asimismo el Artículo 143 del TRLCSP determina respecto a los plazos de presentación de las solicitudes de participación y de las proposiciones. 2

3 página 3 de 9-13-A131218a_recurso_bomberos.doc Los órganos de contratación fijarán los plazos de recepción de las ofertas y solicitudes de participación teniendo en cuenta el tiempo que razonablemente pueda ser necesario para preparar aquéllas, atendida la complejidad del contrato, y respetando, en todo caso, los plazos mínimos fijados en esta Ley. El Artículo PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES del TRLCSP en relación a las características de los procedimientos abiertos como el presente concurso Art En los contratos de las Administraciones Públicas que no estén sujetos a regulación armonizada, el plazo de presentación de proposiciones no será inferior a quince días, contados desde la publicación del anuncio del contrato ( ) Artículo 78. Solvencia técnica o profesional en los contratos de servicios En los contratos de servicios, la solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que podrá acreditarse, según el objeto del contrato, por uno o varios de los medios siguientes: ( ) b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquéllos encargados del control de calidad. e) Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato. ( ) 3

4 página 4 de 9-13-A131218a_recurso_bomberos.doc A) El punto 2 Objeto del Contrato, apartado e) Plazo de ejecución/entrega del anuncio de la licitación publicado el 17 de diciembre de 2013 en el Boletín Oficial del Estado establece: e) Plazo de ejecución/entrega: Dos meses contados desde el día siguiente al que se formalice el contrato administrativo para los trabajos de redacción del proyecto siendo la fecha prevista de inicio el 12 de diciembre de 2013 y los trabajos relativos a la dirección facultativa de la obra (dirección de obra, dirección de ejecución y coordinación de seguridad y salud) tendrán una duración igual al del contrato de obras al que están vinculados más el plazo estimado para proceder a la liquidación de las mismas. Asimismo el punto 8.del anuncio de licitación: Presentación de ofertas o de solicitudes de participación establece: a) Fecha límite de presentación: 10 de enero de 2014, hasta las catorce horas. Es decir, el plazo señalado en la licitación es de quince días a partir de la fecha de anuncio del concurso en el Boletín Oficial del Estado y la fecha señalada como prevista para el inicio del contrato no procede, al ser anterior al plazo e incluso al propio anuncio de licitación. Asimismo en el punto 3. Tramitación y procedimiento del Anuncio de Licitación se especifica: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. d) Criterios de adjudicación: Pluralidad de criterios. Criterios no valorables en cifras o porcentajes (hasta 35 puntos): calidad de la propuesta técnica (hasta15 puntos), programa de las obras a realizar 4

5 página 5 de 9-13-A131218a_recurso_bomberos.doc (hasta 10 puntos), funcionalidad y solución arquitectónica (hasta 10 puntos). Criterios valorables en cifras o porcentajes (hasta 65 puntos): precio. En el apartado PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA del Pliego de prescripciones técnicas particulares especifica: ( ) En un sobre se incluirán, encuadernados en formato DIN A-4, los siguientes documentos: - Una Memoria, en la que se expondrán las necesidades a satisfacer, los factores sociales, técnicos, económicos y administrativos que se tienen en cuenta para plantear el problema a resolver, y la justificación de la solución que se propone desde los puntos de vista técnico y económico, así como los datos y cálculos básicos correspondientes. También se justificarán los precios descompuestos adoptados. Figurará en dicha memoria la manifestación expresa y justificada de que el proyecto comprende una obra completa, en el sentido exigido por el Art. 125 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - Un Presupuesto desglosado por capítulos formado por un estado de mediciones de elementos compuestos, especificando claramente el contenido de cada uno de ellos; un cuadro de los precios adoptados para los diferentes elementos compuestos, que deberán ser necesariamente, los contemplados en el Acuerdo Marco, afectados por la baja de adjudicación ofertada por el contratista adjudicatario de dicho Acuerdo Marco. Se incluirá asimismo, el correspondiente resumen o presupuesto general que comprenda todos los gastos. - Los costes totales (impuestos y tasas incluidos) de todos los proyectos necesarios que se exigen en este Pliego, serán asumidos por cada licitador en su oferta económica. 5

6 página 6 de 9-13-A131218a_recurso_bomberos.doc - Un estudio relativo a la posible descomposición del proyecto en proyectos parciales, con señalamiento de las fracciones del presupuesto que corresponderán a cada uno, y de las etapas y plazos previstos para la elaboración, contratación y ejecución de los mismos. - Una síntesis escrita relativa a superficies útiles y construidas del edificio, con referencia comparativa a lo requerido en el programa de necesidades. Se presentarán, además, por separado, los planos de situación, generales y de conjunto necesarios para la definición de la obra en sus aspectos esenciales y para basar en los mismos las mediciones suficientes para la confección del presupuesto. ( ) Desde el Colegio de Arquitectos se tiene constancia de las dificultades que han encontrado algunos profesionales para acceder a la documentación necesaria para la elaboración de la propuesta arquitectónica y relativa a la obra a realizar: planos, programa de necesidades y relación de espacios existentes con sus usos correspondientes. Por todo lo anterior, aunque el plazo máximo previsto para la presentación de propuestas a concurso cumple con los quince días previstos por el TRLCSP, el hecho de que coincida con las fiestas, no permite el cumplimiento de plazos adecuados de difusión que garanticen una correcta publicidad de la convocatoria de acuerdo a la legislación vigente, vulnerando consecuentemente el principio de concurrencia al que está sometida toda contratación pública. Asimismo, el artículo 143 del TRLCSP arriba citado se refiere a la presentación de proposiciones, pudiéndose entender estas como proposiciones económicas y no aquellas que incluyan propuestas arquitectónicas. Es obvio que para la redacción de la documentación técnica exigida en la licitación, a nivel de Proyecto Básico incluyendo además la programación de las obras, el plazo fijado es claramente insuficiente, siendo necesaria su ampliación al objeto de permitir a los licitadores elaborar sus propuestas con un mínimo nivel de calidad. 6

7 página 7 de 9-13-A131218a_recurso_bomberos.doc B) El punto 7. Requisitos específicos del contratista para la acreditación de solvencia técnica o profesional hace alusión al: Artículo 78 apartado e) del TRLCSP: Requisitos mínimos de solvencia: Los licitadores deberán presentar una declaración expresa en la que se relacionen las personas que intervienen en la ejecución del contrato. Medio de acreditación: Deberán aportar, en relación con cada uno de ellos, los currículos y las titulaciones académicas necesarios para la ejecución del mismo. El grupo de personas intervinientes estará constituido, al menos, por un Arquitecto, un Arquitecto Técnico y un Técnico con la titulación exigible como responsable de Coordinación de Seguridad y Salud, de acuerdo con lo indicado en el apartado 3 del Pliego de Prescripciones Técnicas. Si dicha titulación no hubiera sido expedida por las autoridades académicas Compartimos la idea de que los licitadores que resulten adjudicatarios del Proyecto de Ejecución, la Dirección de las Obras y la Coordinación de Seguridad y Salud, aseguren la calidad de sus trabajos en general y del trabajo objeto de licitación en particular, con la intervención de un equipo técnico acorde a la prestación del servicio, sin embargo ni la identificación de los técnicos ni sus currículos deben ser un requisito para la licitación, bastaría con un compromiso por parte del Arquitecto director del equipo, de aportar ese equipo humano en caso de resultar adjudicatario. TERCERA: De conformidad con lo establecido en el artículo 111 de la Ley 30/92, esta corporación solicita la SUSPENSIÓN CAUTELAR DE LOS ACTOS IMPUGNADOS con fundamento en el perjuicio que pudiera causar al colectivo de Arquitectos la restricción de concurrir a la convocatoria, perjuicios que afectan a derechos constitucionalmente protegidos como es el de igualdad ante la Ley, como son los de Objetividad y Libre concurrencia en términos de Igualdad y no Discriminación. 7

8 página 8 de 9-13-A131218a_recurso_bomberos.doc Que caso de no accederse a la suspensión y continuar la tramitación del procedimiento selectivo, podría perderse la finalidad legítima del recurso con lo que quedaría definitivamente quebrada la aplicación de los principios de objetividad, igualdad, no discriminación y libre concurrencia que se configura como uno de los pilares que deben presidir la contratación administrativa en todo el ámbito de la Unión Europea. Con fundamento, además, y desde el ámbito que afecta a la institución recurrente, en el perjuicio causado al colectivo de Arquitectos a quienes se limita la posibilidad de concurrir a la convocatoria en correctas condiciones de participación, por lo que la ejecución de los actos y la continuación de los procedimientos causarían daños de imposible o muy difícil reparación, pues las circunstancias alegadas suponen un grave perjuicio para la libre competencia. Por otra parte los motivos que aconsejan la presentación del recurso gozan de la apariencia de buen derecho que aconseja la suspensión solicitada que, en último orden, beneficia igualmente el interés público al favorecer la concurrencia de un mayor número de concursantes, plenamente capaces técnica y profesionalmente, con lo que se dispondrá de un mayor número de solicitudes que, indudablemente, deben beneficiar al procedimiento, y en todo caso evitar las consecuencias de una ulterior decisión judicial que, en su caso, pudiera declarar la nulidad del procedimiento de adjudicación. El posible retraso que la tramitación del recurso pudiera suponer, supuesto caso de que ese órgano de contratación coincida en los planteamientos expuestos, como así esperamos que suceda, sería mínimo, lo que igualmente avala la procedencia de la suspensión cautelar de la tramitación del proceso en tanto no se resuelva la presente impugnación. La actuación administrativa es fácilmente convalidable en tanto se ordenen nuevamente las publicaciones pertinentes y éstas respeten los plazos legales. 8

9 página 9 de 9-13-A131218a_recurso_bomberos.doc Por lo anterior SOLICITO AL AYUNTAMIENTO DE MADRID: Que tenga por presentado este escrito y lo admita, y por interpuesto RECURSO, acuerde tramitar el mismo conforme a Derecho y, en virtud de las alegaciones en el mismo contenidas y previos los trámites que se consideren pertinentes, estimar el mismo, ordenando la ampliación del plazo de presentación de las ofertas en la convocatoria de licitación para la Redacción del proyecto, la dirección de obra y la coordinación de seguridad y salud de la obra de reforma, reparación y conservación del parque 8 de bomberos derivada del Acuerdo Marco de las obras de reforma, reparación y conservación del conjunto de edificios demaniales y patrimoniales incluidos los espacios libres de parcela adscritos a la Subdirección General de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, así como, en este sentido se proceda a la suspensión de la ejecución del acto recurrido, en virtud de las alegaciones contenidas en el presente escrito, y previos que sean los trámites que se consideren pertinentes, estimar el mismo, ordenando la anulación de la convocatoria y su posterior publicación una vez se haya ampliado el plazo de presentación de las ofertas. En Madrid, a 3 de enero de [...] 9

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