PROYECTO DE ACUERDO No. 25 ( NOVIEMBRE DE 2.014)
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- Luz Rivero Gallego
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1 PROYECTO DE ACUERDO No. 25 ( NOVIEMBRE DE 2.014) POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA LOS LINEAMIENTOS DE LA POLÍTICA PUBLICA DE ATENCIÓN DE DISCAPACIDAD PARA EL EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Municipio de Nariño (N), 20 de Noviembre de Señor: LUIS EDUARDO MEJÍA PRESIDENTE Y HONORABLES CONCEJALES Nariño (N) REF. Exposición de Motivos Proyecto de Acuerdo. Cordial Saludo, El Ente Territorial en su Plan de Desarrollo Experiencia y Trabajo Para Nariño Integra a los Grupos Poblacionales Especiales, como las personas en Situación de Discapacidad, con el objeto de garantizarles derechos fundamentales en todos los ámbitos. Por lo anterior Construir e Implementar la Política Publica de Discapacidad en el Municipio de Nariño es primordial para reconocer, aceptar y concientizar a las Familias, Sociedad y Estado que estas personas hacen parte de la diversidad humana y su
2 Dignidad que está ligada a los principios del respeto por sus diferencias, los que deben ser garantía en una sociedad incluyente. La convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad, promulgada por la Asamblea de Naciones Unidas (ONU) el 13 de Diciembre de y aprobada por Colombia mediante la Ley 1346 de 2009, reconoce a las personas con Discapacidad como aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás. La atención integral de las personas con Discapacidad están dentro de los lineamientos de la Política Publica con la orientación a prevenir y rehabilitar la Discapacidad en la población general, lo que representa un verdadero reto, ya que requiere de un cambio de cultura tanto de las comunidades como de los servidores públicos, adoptando medidas protectoras para prevenir factores de riesgo. Construir la Política de Atención a la Discapacidad para el Municipio de Nariño promoverá en distintos sectores el conocimiento de las de estrategias y líneas de acción para contribuir al disfrute de derechos fundamentales autónomos e independientes. En este orden de ideas se presenta a su consideración el Proyecto de Acuerdo No. 25 de Noviembre de POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA LOS LINEAMIENTOS DE LA POLÍTICA PUBLICA DE ATENCIÓN DE DISCAPACIDAD PARA EL De Ustedes Cordialmente; (Original Firmado) ADRIÁN ALEXANDER BURBANO ENRÍQUEZ Alcalde Municipal Nariño (Nar).
3 PROYECTO DE ACUERDO No. 25 ( NOVIEMBRE DE 2.014) POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA LOS LINEAMIENTOS DE LA POLÍTICA PUBLICA DE ATENCIÓN DE DISCAPACIDAD PARA EL EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE NARIÑO (N) En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en el Artículo 313, Numeral 4 de la Constitución Política, el Numeral 7 del Art. 32 de la Ley 136 de 1.996, y CONSIDERANDO: Que el Plan Nacional de Desarrollo Prosperidad para Todos , plantea en su Capítulo IV. Igualdad de oportunidades para la prosperidad social, la necesidad de consolidar en el marco del sistema de Protección Social, todas las acciones conducentes a garantizar la Inclusión Social de las personas en situación de Discapacidad y sus familias o cuidadores. En este marco y considerando los compromisos establecidos por el País al ratificar la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las Personas con Discapacidad, el Ministerio de Salud y Protección Social de forma coordinada con el DNP y las instancias del Sistema Nacional de Discapacidad ( Concejo Nacional de Discapacidad ) y en el nivel territorial ( Comités departamentales, distritales y Municipales de discapacidad), emprendió durante el año el proceso de formulación de la nueva Política de Discapacidad e Inclusión Social con participación de todas las regiones del país en mesas sectoriales e intersectoriales y una mesa de Conciliación Nacional y un posterior proceso de validación del objetivo, ejes estratégicos y líneas de acción. Esta Política y su inclusión en la agenda del Gobierno Nacional a través del Consejo de Política Económica y Social CONPES, compromete a toda la institucionalidad de todo el territorio Colombiano y toma como referente la Convención de naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Que por los anteriores considerandos, el Concejo Municipal de Nariño (Nar).
4 ACUERDA ARTICULO PRIMERO: Adóptese la Política Publica de Discapacidad en el Municipio de Nariño, con el fin de permitir un Territorio, cultural y socialmente transformado hacia el reconocimiento de la diversidad que garantice el ejercicio pleno de los Derechos Fundamentales con equidad en las oportunidades a todos los ciudadanos con sus diversas capacidades. ARTICULO SEGUNDO: La Política Publica en Discapacidad del Municipio de Nariño acoge como principios generales los establecidos en la convención sobre los derechos de las personas en Situación de Discapacidad, adoptados por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de Diciembre de y ratificados por Colombia mediante Ley 1346 del 31 de Julio de ARTICULO TERCERO: El propósito de la presente Política Publica es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los Derechos humanos y libertades fundamentales para todas las personas en Situación de Discapacidad y promover el respeto de su dignidad. ARTICULO CUARTO: La Política Publica de Discapacidad se articulara con el Plan Territorial de Salud del Municipio con su Eje Programático de Salud Pública, línea de acción que orienta a generar Hábitos y Estilos de Vida Saludables y factores protectores frente al riesgo de adquirir una condición de Discapacidad, se dirigirá a la población en general, a través del uso de mecanismos de intervención, control de factores de riesgo, fomento de autocuidado, canales y estrategias para la trasformación cultural en los espacios ambientales y de relación personal donde se realizan las actividades de la vida diaria. ARTICULO QUINTO: La prioridad de la Política Publica de Discapacidad, será la garantía de Derechos Fundamentales y sociales como. Derecho a la Igualdad sin Discriminación. Derecho a la Vida, la Libertad y la Seguridad a la Persona. Igual reconocimiento como persona ante la Ley e Igual Capacidad Jurídica y Nacionalidad. Derecho al Trabajo. Derecho a un Nivel de Vida adecuado. Derecho a participar en la Vida Política y Pública. Derecho a participar en la Vida Cultural a la Recreación y al Deporte. Derecho a Vivir en la Comunidad. Libertad de Expresión y de Opinión.
5 Respeto de la Privacidad. Respeto del Hogar y la Familia. Derecho a la Educación. Derecho a Gozar de la Salud. Derecho a la Información. Derecho a la Sexualidad. Además estos Derechos estarán en armonía con el RESPETO, la PROTECCIÓN y el goce efectivo de los mismos. ARTICULO SEXTO: En el Marco de la Presente Política se asignaran recursos que estarán inmersos en el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Municipio y en el Plan Territorial de Salud en la Línea de Acción Discapacidad del Eje Programático de Promoción Social, con el objetivo de cumplir con metas e indicadores. ARTICULO SÉPTIMO: El Comité Municipal de Discapacidad y la Dirección Local de Salud serán los Encargados de realizar el Seguimiento al Cumplimiento de las acciones que se adelanten en cumplimiento de la Política Publica en mención. ARTICULO OCTAVO: Facúltese al Señor Alcalde para Reglamentar el Acuerdo por el cual se crea la Política Publica de Discapacidad en el Municipio de Nariño. ARTICULO NOVENO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción y promulgación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, Dado en el Salón de sesiones del Honorable Concejo Municipal de Nariño (N) a los ( ) días del mes de del Año dos mil catorce (2.014). (Original Firmado) ADRIÁN ALEXANDER BURBANO ENRÍQUEZ Alcalde Municipal de Nariño
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