Costa Rica mantiene rezagos que limitan participación ciudadana
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- Ana Belén Miranda Casado
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1 En cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Costa Rica mantiene rezagos que limitan participación ciudadana Defensoría presentó informe independiente ante Naciones Unidas Las deudas en materia de autodeterminación de los pueblos indígenas y afrodescendientes; la ausencia de un marco legal que permita combatir la discriminación; los rezagos normativos en materia de niñez y adolescencia; así como el pendiente del país con respecto a una ley de acceso a la información; son algunas de las observaciones que presentó la Defensoría de los Habitantes respecto de las obligaciones del Estado costarricense contenidas en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Sobre el derecho de libre determinación de los pueblos, la Defensoría sostiene que históricamente, en nuestro país, se ha excluido a los pueblos indígenas y afrodescendientes de los espacios de definición de medidas administrativas y legislativas. Considera la Defensoría, que la falta de mecanismos de consulta, que cumplan como mínimo con los requisitos del Convenio 169 de la OIT -ratificado por Costa Rica en conlleva a una violación por parte del Estado de Costa Rica de su obligación de respetar, proteger y garantizar el derecho a la
2 autodeterminación de los pueblos; pues sus necesidades, prioridades y formas de vida son contestes con su identidad cultural. La Defensoría insiste en que el país carece de un marco legal adecuado que permita combatir la discriminación directa, indirecta y sistemática. Costa Rica no cuenta con mecanismos que faciliten la adopción de acciones afirmativas en favor de grupos históricamente discriminados. Tampoco se cuenta con sanciones contra quienes cometan actos discriminatorios. La Defensoría de los Habitantes presentó una propuesta de proyecto de Ley Marco contra la Discriminación a la Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa, la cual se encuentra en estudio. En cuanto a los rezagos normativos en materia de niñez y adolescencia, la Defensoría ha venido afirmando que las uniones con niñas o adolescentes basadas en relaciones desiguales de poder, atentan contra los derechos humanos de esta población. Si bien en Costa Rica desde el año 2007 se prohíbe el matrimonio con personas menores de 15 años; el país debe legislar para prevenir los matrimonios precoces con adolescentes, en resguardo de la seguridad personal. Los matrimonios a temprana edad generan problemáticas subsidiarias como violencia doméstica, deserción escolar, embarazo precoz, mortalidad prematura asociada con el embarazo y el parto; así como exposición a enfermedades de trasmisión sexual, constituyéndose dichas uniones en una forma de discriminación y de violencia por razones de género. Actualmente en Costa Rica existe el Proyecto de Ley N en corriente legislativa, que prohíbe el matrimonio con personas menores de 18 años y penaliza las relaciones sexuales consentidas con personas menores de 15 años, el cual ya cuenta con dictamen afirmativo de la Comisión de la Mujer y actualmente se encuentra en espera de ser conocido por el Plenario Legislativo.
3 Sobre el derecho a la libertad de expresión, que comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas; la Defensoría muestra su preocupación debido a que Costa Rica se mantiene como el único país de Centroamérica que no cuenta con una Ley de Acceso a la Información. A la fecha, existe un Proyecto de Ley en la corriente legislativa y el Gobierno también ha anunciado que prepara un nuevo proyecto de Ley, y si bien ha señalado que está siendo ampliamente consultado, dichas consultas no han sido ampliamente difundidas, ni hay claridad sobre a quiénes se está consultando. El vacío de la Ley ha tenido que ser cubierto con una amplia y garantista jurisprudencia por parte de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Otras observaciones de la Defensoría presentadas ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Dignidad de las personas privadas de libertad y previsiones contra la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes -A la Defensoría le preocupa la demora en la ejecución del programa para la Prevención de la Violencia y Promoción de la Inclusión Social (financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo). Este proyecto consta, entre otras cosas, de la construcción de unidades productivas como un modelo de oportunidad de reinserción para las personas privadas de libertad y no para establecer solución a la sobrepoblación. -La contratación del personal no ha ido acorde con el crecimiento de la población privada de libertad. -El Estado Costarricense no ha iniciado ningún proceso de cara a la implementación de políticas penitenciarias específicas para la población femenina privada de libertad. Libertad de pensamiento, de conciencia y de religión
4 - Durante una reunión con ocasión de la Semana Mundial de la Armonía Interconfesional, celebrada el 2 de febrero de 2016, en la Defensoría de los Habitantes, representantes de 17 distintas religiones presentes en el país, manifestaron que si bien existe libertad de religión en Costa Rica, es necesario que se enseñe la historia general de las distintas religiones para promover el respeto por la diversidad. Protección del Estado a personas víctimas de trata y tráfico -El Estado costarricense no ha determinado el plazo para utilizar los recursos del fondo gubernamental dedicado a esfuerzos contra la trata y la lucha contra el tráfico de personas. -La Defensoría considera necesario una modificación de la legislación para definir la trata de personas en concordancia con el derecho internacional, y mejorar la eficacia y la aplicación del protocolo de asistencia a las víctimas. Derechos sexuales y reproductivos -El Estado costarricense sigue sin cumplir la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, no se han tomado las medidas para autorizar la práctica de la técnica de fecundación in vitro por lo que se mantiene la prohibición. -A pesar de que se han presentado múltiples proyectos de ley, las y los Diputados aún no aprueban una ley que autorice y regule esta práctica. -La Sala Constitucional no ja incorporado la sentencia de la Corte IDH en la resolución de recursos de amparo y recientemente declaró inconstitucional el decreto que pretendía autorizar y regular la práctica, violentando así los derechos de las y los habitantes, alejándose del ejercicio de control de constitucionalidad ampliamente desarrollado por la jurisprudencia interamericana y por el propio tribunal constitucional de Costa Rica. Informaciones relacionadas con el tema Costa Rica mantiene deuda con compromisos internacionales de derechos humanos (5 de febrero, 2016):
5 Oficina de Prensa Defensoría de los Habitantes
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