ABUSO DE LA POSICIÓN DOMINANTE

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1 ABUSO DE LA POSICIÓN DE DOMINIO III III Jornadas de Generación del Sector Eléctrico William Antonio Burgos Durango 2010

2 NORMATIVIDAD APLICABLE Ley 155 de 1959, artículo 1 Ley 155 de 1959, artículo 1 Constitución Nacional, artículo 333 Ley 1340 de 2009, Ley 142 de 1994, artículos 14.13, 34 y 98 Ley 143 de 1994, artículos 3 y 43 Decreto 2153 de 1992, artículos 45 y 50

3 LEY 155 DE 1959

4 ARTÍCULO 1 LEY 155 DE 1959 Quedan prohibidos los acuerdos o convenios que directa o indirectamente tengan por objeto limitar la producción, abastecimiento, distribución o consumo de materias primas, productos, mercancías o servicios nacionales o extranjeros, y en general toda clase de prácticas, procedimientos o sistemas tendientes a limitar, la libre competencia, con el propósito de determinar o mantener precios inequitativos en prejuicio de los consumidores y de los productores de materias primas.

5 CONSTITUCIÓN POLITICA DE COLOMBIA

6 Artículo 333 de la Constitución Nacional (...) La libre competencia económica es un derecho de todos que supone responsabilidades. ( ) El Estado, por mandato de ley, impedirá que se obstruya o se restrinja la libertad económica y evitará y controlará cualquier abuso que personas o empresas hagan de sus posición dominante en el mercado nacional. ( )

7 LEY 1340 DE 2009

8 Artículo 1 de la Ley 1340 de Objeto - Actualizar las normas de competencia - Facilitar a los usuarios su adecuado seguimiento - Optimizar las herramientas con que cuentan las autoridades de competencia para cumplir con el deber de proteger la libre competencia.

9 Artículo 2 de la Ley 1340 de Ámbito de aplicación de la Ley. Las normas de protección de la competencia abarca: - Prácticas restrictivas: Acuerdos, actos y abuso de la posición dominante. - Régimen de integraciones empresariales. - Competencia desleal administrativa (ley 1340, art. 6)

10 Artículo 2 de la Ley 1340 de Sujetos: Todo aquel que desarrolle una actividad económica o afecte o pueda afectar ese desarrollo, independientemente de su forma o naturaleza jurídica.

11 Artículo 3 de la Ley 1340 de Propósitos de las actuaciones administrativas: La libre participación de las empresas en el mercado Bienestar de los consumidores Eficiencia económica

12 Normatividad aplicable Artículo 4 de la Ley 1340 de La Ley 155 de 1959, el Decreto 2153 de 1992, la presente ley y las demás disposiciones que las modifiquen o adicionen, constituyen el régimen general de protección de la competencia, aplicable a todos los sectores y todas las actividades económicas. En caso de que existan normas particulares para algunos sectores o actividades, éstas prevalecerán exclusivamente en el tema específico.

13 Qué es la posición dominante: La posibilidad de determinar directa o indirectamente las condiciones de un mercado. Decreto 2153 de 1992, art. 45. Es la que tiene una empresa de servicios públicos respecto a sus usuario; y la que tiene una empresa, respecto al mercado de sus servicios y de los sustitutos próximos de éste, cuando sirve al 25% o más de los usuarios que conforman el mercado. (se subraya) Ley 142 de 1992, art

14 CÓMO SE CALCULA LA POSICION DOMINANTE???

15 ELEMENTOS: 1. Análisis estructural de mercado. 2. Análisis de comportamiento y resultado. 1. Analizando la estructura del mercado: Se debe tener en 1. Analizando la estructura del mercado: Se debe tener en cuenta: a) Definición del mercado relevante b)cuota de mercado de la empresa, cómo: Teniendo en cuenta las ventas de la empresa y la de los competidores Tamaño de la cuota de marcado de la empresa y su valor

16 Criterio temporal: continuidad de la cuota en el tiempo Las barreras a la entrada: Como: Escalas de eficiencia económica; costos para ingresar al mercado; legales y las creadas por la empresa. c) Estructura de la empresa 2 Análisis de comportamiento y resultados: a)estrategias comerciales: Dos momentos: (i) Formación del poder dominante (ii) Mantener la posición. b) Los resultados

17 ACTOS CONSTITUTIVOS DE ABUSO DE LA POSICIÓN DOMINANTE

18 El abuso de la posición dominante puede ser: 1. Abusos explotativos de posición dominante (impone condiciones) y 2. Abusos exclusorios de posición dominante

19 LEY 142 DE 1994

20 Artículo 34 de la Ley 142 de Prohibición de prácticas discriminatorias, abusivas o restrictivas. Las empresas de servicios públicos, en todos sus actos y contratos, deben evitar privilegios y discriminaciones injustificados, y abstenerse de toda práctica que tenga la capacidad, el propósito o el efecto de generar competencia desleal o restringir en forma indebida la competencia.

21 Artículo 34 de la Ley 142 de Se consideran restricciones a la competencia, entre otras, las siguientes: El cobro de tarifas que no cubran los gastos de operación de un servicio. ( ) El abuso de la posición dominante al que se refiere el artículo 133 de esta ley, cualquiera que sea la otra parte contratante y en cualquier clase de contratos. (se subraya)

22 Artículo 133 de la Ley 142 de Se presume que hay abuso de la posición dominante de la empresa de servicios públicos, en los contratos a los que se refiere este libro, en las siguientes cláusulas: ( ).

23 DIFEREENCIA ENTRE POSICIÓN DIMINANTE CONTRACTUAL Y DE MERCADO La primera hace referencia a la posibilidad de determinar directa o indirectamente las condiciones del mercado. La segunda se refiere a la posición privilegiada que adquiere una de las partes como consecuencia de la negociación de las condiciones que regirán el contrato. Resolución SIC de De esta manera la relación de poder, o el grado de influencia que pueda tener una empresa respecto de sus distribuidores en virtud de una relación contractual, no corresponde a la situación que constituye una posición de dominio en el mercado, y por lo tanto es una cuestión que no afecta por si sola las normas de promoción de la competencia. Resolución SIC de Rad

24 Artículo 98 de la Ley 142 de Prácticas tarifarias restrictivas de la competencia. Se prohíbe a quienes presten los servicios públicos: Dar a los clientes de un mercado competitivo, o cuyas tarifas no están sujetas a regulación, tarifas a los costos operacionales, especialmente cuando la misma empresa presta servicios en otros mercados en los que tiene una posición dominante o en los que sus tarifas están sujetas a regulación. (se subraya)

25 Generador Transmisor Distribuidor Comercializador

26 Artículo 133 de la Ley 142 de Ofrecer tarifas inferiores a sus costos operacionales promedio con el ánimo de desplazar competidores, prevenir la entrada de nuevos oferentes o ganar posición dominante ante el mercado o ante clientes potenciales. (se subraya) Discriminar contra unos clientes que poseen las mismas características comerciales de otros, dando a los primeros tarifas más altas que a los segundos, y aún si la discriminación tiene lugar dentro de un mercado competitivo o cuyas tarifas no están reguladas.

27 LEY 143 DE 1994

28 Artículo 43 de la Ley 143 de Se considera violatorio de las normas sobre competencia, y constituye abuso de posición dominante en el mercado, cualquier práctica que impida a una empresa o usuario no regulado negociar libremente sus contratos de suministro o cualquier intento de fijar precios mediante acuerdos previos entre vendedores, entre compradores o entre unos y otros. Las empresas no podrán realizar acto o contrato alguno que prive a los usuarios de los beneficios de la competencia. (se subraya)

29 DECRETO 2153 DE 1992

30 Artículo 50 del Decreto 2153 de La disminución de precios por debajo de los costos cuando tengan por objeto eliminar uno varios competidores o prevenir la entrada o expansión de éstos. 2. La aplicación de condiciones discriminatorias para operaciones equivalentes, que coloquen a un consumidor o proveedor en situación desventajosa frente a otro consumidor o proveedor de condiciones análogas.

31 3. Los que tengan por objeto o tengan como efecto subordinar el suministro de un producto a la aceptación de obligaciones adicionales, que por su naturaleza no constituían el objeto del negocio, sin perjuicio de lo establecido por otras disposiciones. 4. La venta a un comprador en condiciones diferentes de las que se ofrecen a otro comprador cuando sea con la intención de disminuir o eliminar la competencia en el mercado.

32 5. Vender o prestar servicios en alguna parte del territorio colombiano a un precio diferente de aquel al que se ofrece en otra parte del territorio colombiano, cuando la intención o el efecto de la práctica sea disminuir o eliminar la competencia en esa parte del país y el precio no corresponda a la estructura de costos de la transacción. 6. <Numeral adicionado por el artículo 16 de la Ley 590 de El nuevo texto es el siguiente:> Obstruir o impedir a terceros, el acceso a los mercados o a los canales de comercialización.

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