Ley 35 de Asistencia Social, la Ley 109 de Salud en el Estado de Sonora y el Reglamento Interior del Organismo.
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- Virginia Sara Gómez Tebar
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1 CAPÍTULO I ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE DIF SONORA, SU FUNCIÓN DENTRO DE LA ASISTENCIA SOCIAL 6
2 CAPÍTULO I ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE DIF SONORA, SU FUNCIÓN DENTRO DE LA ASISTENCIA SOCIAL 1.1. Antecedentes Históricos de DIF Sonora En el Manual General de Organización del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Sonora, se menciona que los orígenes legales del Sistema DIF Sonora, tienen lugar con la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Ley de Beneficencia Privada el 16 de abril de 1928, surgiendo la Asociación de Protección a la Niñez en el Estado de Sonora, como el Organismo encargado de estructurar los Programas de Asistencia Social, siendo éste de carácter privado. El 7 de octubre de 1961 se publicó el decreto Nº 3, en el cual se crea el Instituto de Protección a la Infancia del Estado de Sonora. Asumiendo el Estado la responsabilidad de prestar servicios asistenciales complementarios a los niños de escasos recursos mediante la distribución de desayunos escolares. El 7 de diciembre de 1974 es publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado el Decreto Nº 61, adecuando las funciones del Instituto de Protección a la Infancia del Estado, tratando de cubrir la elevada demanda de los servicios asistenciales, otorgándole al 7
3 Organismo nuevas funciones aparte de los desayunos escolares; entre otros servicios médicos, de higiene familiar, desarrollo de la comunidad y actividades recreativas y servicios de asistencia jurídica. El 31 de enero de 1976 sobre la base del Decreto Nº 136 se amplían los objetivos y atribuciones, denominándosele Instituto Mexicano para la Infancia y para la Familia del Estado de Sonora, y se le adiciona una función más, que es la del fomento y apoyo para la integración familiar. Con la publicación del Decreto Nº 51 el 8 de junio de 1977, este instituto cambia su denominación al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Sonora, y habría de tener como objetivo primordial promoción del bienestar social en el Estado. En noviembre de 1983 el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Sonora, en concordancia con el Sistema DIF Nacional pasa a formar parte del Sector Salud en el Estado, ajustándose a las disposiciones del decreto del 14 de noviembre de 1984, donde se encomienda como función principal la asistencia social en el Estado de Sonora. Asimismo en el Manual General de Organización de DIF Sonora, hace hincapié a los objetivos que se le definieron a la institución, como: promover la Asistencia Social, la prestación de servicios en ese campo, así como la realización de las demás acciones que en la materia le confiera las disposiciones aplicables, como lo establece la 8
4 Ley 35 de Asistencia Social, la Ley 109 de Salud en el Estado de Sonora y el Reglamento Interior del Organismo. DIF Sonora tiene una estructura orgánica para lograr sus objetivos, sobre la base de una planeación, organización, operación, desarrollo, supervisión y evaluación de los servicios internos; así como los de Asistencia Social que brinda a la comunidad Sonorense; esto de acuerdo a las políticas, criterios y disposiciones que establece el Ejecutivo del Estado. En la parte más alta de la jerarquía se encuentra el Patronato, presidido por la esposa del Gobernador del Estado de Sonora en turno, le sigue la H. Junta de Gobierno presidida por el Secretario de Salud y el Director General de la Institución. En el esquema de la organización sigue la Dirección General de quien depende la Dirección de Servicios Asistenciales, Dirección de Desarrollo Comunitario, Dirección de Desayunos Escolares, Dirección Administrativa, Dirección de Planeación y Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia del Estado de Sonora. Dentro del organigrama encontramos además, la Secretaría Particular, Órgano de Control Interno y la Unidad de Comunicación Social, en el mismo nivel de las direcciones antes mencionadas, para posteriormente llegar a los Departamentos y Áreas de la institución. (Vid. anexo II, p.43) 9
5 Además, en el Manual General de Organización de DIF Sonora, se menciona que el 09 de junio de 1986 se promulga la Ley Nº 35 de Asistencia Social, en la cual se le asignan y fortalecen atribuciones operativas en materia de asistencia social, señalándose además las alternativas que cada Ayuntamiento podrá seguir para la constitución de sus Sistemas DIF Municipales para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Sonora. El 8 de diciembre de 1992 se promulga la Ley N 74, que crea el Consejo Tutelar para Menores del Estado de Sonora. Ésta publica en su artículo 16 la creación de la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia, la cual tiene personalidad jurídica propia con sede en Hermosillo. El objetivo de la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia es la asistencia, defensa, asesoramiento, protección, vigilancia y orientación del menor y la familia en todo el Estado. El 12 de junio de 1999 se promulga la Ley Nº 186 de Integración Social para Personas con Discapacidad del Estado de Sonora, en la cual se crea el Consejo Estatal para la Integración Social de las Personas con Discapacidad. El Consejo tiene el objetivo de salvaguardar los derechos de las personas con discapacidad y asegurar la atención y prestación de servicios de asistencia social a las personas con discapacidad. 10
6 I.2. Antecedentes Históricos de la Asistencia Social La Ley N 35 de Asistencia Social fue publicada el 16 de junio de 1986, en la ciudad de Hermosillo, Sonora, México, misma que fue aprobada por la Cámara de Diputados del Congreso del Estado, en el mandato del Gobernador Rodolfo Félix Valdés. En la sesión celebrada el 27 de mayo de 1986, se expuso como argumento el proceso de renovación de la sociedad, en congruencia con los valores éticos e históricos de la población, aspira la consecuencia de los derechos sociales y anhela como propósito esencial, igualar a todos los mexicanos en oportunidades; distribuir en forma más equitativa y justa los logros del crecimiento..., garantizar el bienestar del hombre, permitir el mantenimiento o restauración de las condiciones de vida y la promoción de la transformación de nuestro entorno. 3 En perspectiva, la salud es ámbito fundamental de la sociedad igualitaria y el derecho de la protección de ésta, se consolida con la seguridad social y el derecho asistencial contemporáneo. Ante estas circunstancias se debe dar a la Asistencia Social su verdadera dimensión para reconocer todas las demandas que el bienestar de las familias y de los individuos manifiestan Boletín Oficial, Gobierno del Estado de Sonora, 16 de junio de 1986, N 48, Ley N 35 de Asistencia Social, p.2. 4 Ibid. 11
7 La Asistencia Social es un conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social, que impidan al individuo su desarrollo integral, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, desprotección o desventaja física o mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva. 5 Con el fin de optimizar la ejecución de programas interinstitucionales, con criterio precisos de distribución de universo de usuarios y asegurar la atención integral de la familia y de los grupos sociales demandantes, a través de una extensión escalonada de los servicios de Asistencia Social. Esta iniciativa establece en el marco del Sistema Estatal de Salud, las bases para la promoción y prestación de dichos servicios a cargo del Estado y de los Municipios, e igualmente, clarificar las normas y procedimientos para su operación y para su debida armonía con las actividades que dentro de las políticas de los Sistemas Nacionales de Salud y de Asistencia Social, desarrollan tanto el sector público como los sectores social y privado. Como expresión de la preocupación permanente del Gobierno del Estado para convertir a la familia sonorense en el objetivo fundamental de nuestros procesos de desarrollo, este proyecto asigna y fortalece atribuciones operativas en materia de asistencia social, al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Sonora, 5 Ibid, p
8 mismas que deberán ser ejercidas atendiendo la normatividad técnica que se genere dentro de los Sistemas Estatal y Nacional de Salud. La iniciativa prevé la forma en que los diversos sectores de la sociedad podrá conjuntar esfuerzos y recursos, a través de los mecanismos de coordinación y concertación que nuestra Leyes contemplan, con el objetivo de sentar las bases de una evolución integral, caracterizada por una mayor justicia y solidaridad, que redunden en que las acciones en materia de Asistencia Social tengan un impacto resolutivo en favor de las familias y los individuos que las requieran. 6 6 Ibid, p.5. 13
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