ESPECIAL HIPOTECARIO EXPEDIENTE NÚMERO 226/2013
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- Trinidad Castro Muñoz
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1 ESPECIAL HIPOTECARIO EXPEDIENTE NÚMERO 226/2013 SENTENCIA DEFINITIVA Actopan, Estado de Hidalgo a 23 veintitrés de abril de 2013 dos mil trece V I S T O S para dictar Sentencia Definitiva dentro de los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por el * * * *, en contra de * * * *, expediente número 226/2013, y: R E S U L T A N D O UNICO.- Por auto de fecha 28 veintiocho de febrero de 2013 dos mil trece, se tuvo a la C. * * * *, demandando en la vía especial hipotecaria de * * * * las siguientes prestaciones: A).- El pago de la cantidad de $ (QUINIENTOS SESENTA MIL PESOS 00/100), por concepto de capital..... B).- El pago de la cantidad de $ 1, (UN MILLON TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.), por concepto de intereses moratorios a razón del 10 % mensual, por el periodo comprendido del día 15 quince de febrero del año 2011, hasta el día 15 de febrero del año 2013 dos mil trece, así como los que en lo sucesivo, en igual porcentaje, se sigan venciendo hasta la total solución del adeudo.... C).- El pago de la cantidad de $ 50, (CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.), por concepto de gastos y costas a que se refiere la cláusula quinta del contrato de Mutuo materia de este juicio..... D).- El pago de las demás obligaciones que se deriven o pudieran derivarse del presente juicio o del contrato de mutuo que es documento base de conformidad a la cláusula séptima del mismo.... E).- El pago de las rentas vencidas y no satisfechas y futuras, que se hayan generado, se estén generando y se sigan generando desde el momento del vencimiento del contrato de mutuo materia de este asunto, así como las presentes y futuras, hasta la solución del presente juicio. Esto de conformidad a la cláusula séptima del mismo contrato.... F).- El pago en caso de cualquier adeudo fiscal por impuestos que presente el predio que es materia del contrato de mutuo sin interés en su cumplimiento y con intereses moratorios en caso de incumplimiento, que es materia de este 1
2 juicio. Esto de conformidad a la cláusula décima del mismo contrato. Emplazados que fueron los demandados en términos de ley, no dieron contestación a la demanda entablada en su contra y mediante estrito de fecha 08 ocho de marzo de 2013 dos mil trece, el C. * * * *, exhibió un convenio signado por * * * * y * * * *, con el cual pretenden dar por terminado el presente juicio, por lo que ratificado que fue dicho convenio, mediante auto de fecha 12 doce de marzo de 2013 dos mil trece, se ordenó dictar la sentencia definitiva que conforme a derecho proceda, la que hoy se pronuncia y: C O N S I D E R A N D O I.- Que de conformidad con el artículo 279 del Código de Procedimientos Civiles, el actor debe probar los hechos constitutivos de su acción y el reo los de sus excepciones. En ese orden de ideas tenemos que la parte actora en este juicio demanda de su contrario el pago de las siguientes prestaciones: las siguientes prestaciones: A).- El pago de la cantidad de $ (QUINIENTOS SESENTA MIL PESOS 00/100), por concepto de capital..... B).- El pago de la cantidad de $ 1, (UN MILLON TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.), por concepto de intereses moratorios a razón del 10 % mensual, por el periodo comprendido del día 15 quince de febrero del año 2011, hasta el día 15 de febrero del año 2013 dos mil trece, así como los que en lo sucesivo, en igual porcentaje, se sigan venciendo hasta la total solución del adeudo.... C).- El pago de la cantidad de $ 50, (CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.), por concepto de gastos y costas a que se refiere la cláusula quinta del contrato de Mutuo materia de este juicio..... D).- El pago de las demás obligaciones que se deriven o pudieran derivarse del presente juicio o del contrato de mutuo que es documento base de conformidad a la cláusula séptima del mismo.... E).- El pago de las rentas vencidas y no satisfechas y futuras, que se hayan generado, se estén generando y se sigan generando desde el momento del vencimiento del contrato de mutuo materia de este asunto, así como las presentes y futuras, hasta la solución del presente juicio. Esto de conformidad a la cláusula séptima del mismo contrato.... F).- El pago en caso de cualquier adeudo fiscal por impuestos que presente el predio que es materia del contrato de mutuo sin interés en su cumplimiento y con intereses moratorios en caso de incumplimiento, que es materia de este juicio. Esto de conformidad a la cláusula décima del mismo contrato
3 II.- Al respecto tenemos que el artículo 457 del Código de Procedimientos Civiles a la letra dice: se tramitara en la Vía Especial Hipotecaria todo juicio que tenga por objeto, la constitución, ampliación, división, registro y extinción de la Hipoteca, así como su nulidad, cancelación, o bien, el pago o prelación del crédito que la hipoteca garantiza. Bajo este contexto en evidente que en el presente asunto se busca obtener el pago o prelación de un crédito hipotecario, y por ende se sigue según las reglas establecidas en el numeral invocado, siendo requisito indispensable que el crédito conste en escritura debidamente registrada y que sea de plazo cumplido III.- Ahora bien, la suscrita Juzgadora al entrar al estudio y anales de la presente acción, en primer termino tenemos que de la instrumental de actuaciones, la cual hace prueba plena de conformidad con el articulo 409 del Código de Procedimientos Civiles, se desprende que mediante estrito de fecha 08 ocho de marzo de 2013 dos mil trece, el C. * * * *, exhibió un convenio signado por * * * * y * * * *, con el cual pretenden dar por terminado el presente juicio, al tenor de las siguientes CLÁUSULAS: PRIMERA: Manifiestan las partes reconocerse mutuamente, así como la personalidad con que se ostentan, es decir actor y demandado; para así poder celebrar el presente convenio..... SEGUNDA: Declara la parte demandada los señores * * * *, reconocer el adeudo de las prestaciones reclamadas por la parte actora, en su escrito inicial de demanda, motivo por el cual esta de acuerdo en celebrar el presente convenio, para así dar por terminado el presente juicio Especial Hipotecario, y que se eleve a cosa Juzgada por su señoría.... TERCERA: Declara la parte demandada los señores * * * *, que para satisfacer el pago reclamado por la actora, pagaran en un termino de nueve meses a partir de la firma del presente convenio, la cantidad de $ 2, (DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.), que exhibirán ente este H. Juzgado mediante cheque certificado o billete de deposito a nombre de la actora, a mas tardar el día 09 nueve de diciembre del año dos mil trece..... CUARTA: Declara la parte demandada los señores * * * *, que para el caso de que no realizara el pago en la fecha mencionada en la cláusula que antecede, dará en pago el inmueble materia de la Hipoteca y materia de la documental base del juicio Hipotecario mencionado en la declaración I, de este convenio, así como en el hecho marcado como número 1 (uno), del escrito inicial de demanda (contrato de mutuo sin interés en cu cumplimiento y con intereses en caso de 3
4 incumplimiento con garantía hipotecaria respecto del inmueble denominado * * * *, Hidalgo, con una superficie de 5,911 Metros Cuadrados.... QUINTA: Declara la parte demandada los señores * * * *, que para el caso de incumplimiento del pago en los términos pactados en la cláusula tercera de este convenio, estos se comprometen a desocupar el inmueble descrito en la cláusula cuarta, para así dar la propiedad y posesión física, material, legal y jurídica del mismo tanto de hecho como de derecho corresponda a la parte actora o a su representante legal mencionado en este convenio, sin gravamen alguno y totalmente vació, sin persona, animal o cosa alguna dentro del mismo, salvo los pagados al inmueble materia de este convenio y juicio, a mas tardar el día 09 nueve de diciembre del año 2013 dos mil trece, debiendo en su caso ser lanzados a su costa y perjuicio.... SEXTA: Ahora bien la parte demandada los señores * * * *, manifiestan que para el caso de que no se de cumplimiento al pago, o en su caso la entrega de la posesión física del inmueble que nos ocupa como se menciona en la cláusula quinta, pagaran además de la ya indicada y como pena convencional la cantidad de $ 500, (quinientos mil pesos a la parte actora.... SEPTIMA: La parte actora esta de acuerdo en las manifestaciones vertidas por la parte demandada, donde su consentimiento y aprobación, para la celebración del convenio Convino que se encuentra obrando a fojas 25 veinticinco y 26 veintiséis de autos, el cual fue debidamente ratificado mediante diligencia de fecha 11 once de marzo de 2013 dos mil trece, en todas y cada una de sus partes por los C.C. * * * * y * * * * en su carácter de apoderado legal de * * * *, tanto en su contenido como en su firma IV.- Bajo ese contexto y atento el contenido literal del convenio debidamente ratificado en autos, en todas y cada una de sus partes, con el cual las partes dan por terminada la controversia, la suscrita Juzgadora una vez analizado el contenido de las cláusulas en las cuales se estipula la voluntad de las partes en el presente juicio y establecen las bases para dar por terminada la presente controversia en términos. Al respecto tenemos que el articulo Artículo 2950 de la Ley Sustantiva Civil establece La transacción es un contrato por el cual las partes haciéndose recíprocas concesiones, terminan una controversia presente o previenen una futura. Ahora bien del contenido de las cláusulas del convenio de transacción se advierten arreglos justos y equitativos que no contrarían a la moral, al derecho o a las buenas costumbres, sino únicamente su voluntad y conformidad con el mismo, es por ello que resulta procedente aprobarlo en todas y cada una de sus partes elevándolo al carácter de sentencia ejecutoriada teniendo respecto a las partes la misma eficacia y 4
5 autoridad de cosa juzgada, condenándolos a su fiel y legal cumplimiento en todo tiempo y lugar Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 78 fracción VI, 79, 80, 83, 85, 89, 90 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles, es de resolverse y se: R E S U E L V E PRIMERO.- Este Juzgado resultó competente para conocer y resolver del presente juicio en términos del considerando I de esta resolución SEGUNDO.- Procedió la Vía Especial Hipotecaria intentada TERCERO.- Se aprueba el convenio celebrado por los Ciudadanos C.C. * * * * y * * * * en su carácter de apoderado legal de * * * *, todas y cada una de sus partes elevándolo al carácter de sentencia ejecutoriada teniendo respecto a las partes la misma eficacia y autoridad de cosa juzgada, condenándolos a su fiel y legal cumplimiento en todo tiempo y lugar CUARTO.- De conformidad con lo establecido por el artículo 23 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental para el Estado de Hidalgo, que establece El Poder Judicial deberá hacer públicas las sentencias que han causado estado o ejecutoria. En todo caso, solo mediante previa conformidad de las partes, se procederá a la publicación de los datos personales, por lo que una vez que la presente resolución haya causado ejecutoria deberá hacerse pública. Hágase saber a el promovente el derecho que les asiste para otorgar su consentimiento por escrito dentro del término de 3 días a efecto de que se publiquen sus datos personales y en caso de no hacerlo, se tendrá por negada dicha autorización QUINTO.- NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE Así definitivamente lo resolvió y firmó la Ciudadana LICENCIADA SONIA AMADA TELLEZ ROJO, Juez Segundo Civil y Familiar de Primera Instancia de 5
6 éste Distrito Judicial que actúa legalmente con Secretario de Acuerdos, que autentica y DA FE En términos de lo previsto en los artículos 23, 42 fracción V y 43 de la ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental para el Estado de Hidalgo, en esta versión se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos. Autorizo la Juez Segundo Civil y Familiar de este Distrito Judicial Licenciada Sonia Amada Téllez Rojo, 30 treinta de abril de 2013 dos mil trece 6
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